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Vida y obra de Fernández Sessarego: una visión más humana del Derecho

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Escrito por Yasser Vichir, comisionado de IUS360

El día de hoy, lunes 29 de julio del 2019 nos llegó la noticia del fallecimiento del distinguido jurista Carlos Fernández Sessarego.

Nacido el 7 de marzo de 1926 en el Callao; fue un alumno destacado durante su etapa escolar e incluso durante sus estudios universitarios. Obtuvo el título de Bachiller en Derecho en el 1950, habiendo estudiado durante 7 años en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Adquirió el título de Doctor en Derecho en el año 1961.

Fernández Sessarego se dedicó a la docencia universitaria desde que se graduó de la universidad, siendo su especialidad el derecho Civil. Dictó cursos de esta rama tanto en la UNMSM y en la PUCP; incluso también tuvo la oportunidad de enseñar Derecho en países como España y Argentina. [1]

En el 2011, fue distinguido como profesor emérito de nuestra universidad, siendo en los salones de esta casa de estudios donde realizó sus primeros trabajos como docente universitario. Contó, en una nota para PuntoEdu que “la última vez que dictó en la PUCP (en el 2003) alcanzó la cifra récord de 95.2% de aprobación en la encuesta de profesores”. [2]

En 1965, fue Ministro de Justicia, hecho por el que fue reconocido en el 2016 por Aldo Vásquez Ríos, quien durante la ceremonia expresó: “Los aportes de su pluma jurídica lo califican como un verdadero maestro y uno de los más notables juristas latinoamericanos”. [3]

Entre sus principales aportes destacan:

Teoría Tridimensional del Derecho: pensar en el derecho como un Pisco Sour

A través de una comparación con el profesor de la Universidad de Sao Paulo, Miguel Reale (quien se enfoca en las normas), Fernández Sessarego comenta que lo más importante en el Derecho es la vida humana. “La vida se valora, la vida se regula normativamente. ¿Y si no hay vida? No hay derecho. El Derecho es la vida humana interactuando» [el énfasis es nuestro] [4].

Fernández Sessarego pensó en la idea tridimensional del Derecho durante una época en la que la mayoría de juristas consideraba que el objeto de estudio del Derecho era la norma jurídica:

“Yo me quedé desconcertado […] Sabía que la norma jurídica era pensamiento puro […] vacía de contenido. Eso, indudablemente, no podía ser objeto de estudio del Derecho […] Después de pensar y reflexionar mucho, me di cuenta de que los tres elementos eran indispensables […] La conclusión a la que llegué en mi tesis […] fue precisamente que el objeto de estudio del Derecho era la interacción de vida humana, valores y normas. Ninguno de ellos era Derecho, pero ninguno de ellos podía faltar” [5].

Como dato curioso de esta anécdota de Fernández Sessarego, pensó en distintas metáforas para poder explicarlo: primero, pensó en el Derecho como Dios (por la idea de la Santísima Trinidad); como un motor, si quitaba una pieza, el motor se paralizaba, pero la pieza no era el motor propiamente dicho; finalmente, se decidió por comparar al Derecho con el Pisco Sour: sin limón, pisco o azúcar, deja de ser Pisco Sour.

“El hombre es libertad que se proyecta”

Nuestra libertad se manifiesta a través de nuestras decisiones, las cuales se convierten en actos o conductas. Es esta última expresión de la libertad con la que “construimos” nuestro proyecto de vida. No obstante, esta es, comenta, la más susceptible a ser dañada.

Comenta que esta consideración ha sido recogida no solo por la doctrina, sino también en la legislación argentina, francesa, o incluso la Corte Interamericana de Derechos Humanos. [6]

Los daños a la libertad personal se subdividen, luego, en daños al ser humano (subjetivo) y a los objetos de su entorno (objetivo). Con esta distinción, se puede definir de manera más clara de qué forma(s) se puede resarcir el o los daños causados. “De la naturaleza del daño depende cuáles serán sus consecuencias”, explica.

Los daños no deberían ser catalogados como “patrimoniales”/”extrapatrimoniales”, sino más bien como “personales” o “extrapersonales”. El ser humano es, pues, el centro del derecho. Y por tanto, el centro de todo estudio y análisis (sobretodo de las consecuencias de los daños y de las formas de resarcirlos) [7].

Aunque lamentamos mucho el fallecimiento de este jurista, su carrera y su ejemplo ha trazado (y seguirá trazando) nuevos aportes para la disciplina jurídica.

Es de esta forma en la que recordamos, con mucha estima, al Doctor Carlos Fernández Sessarego por sus grandes esfuerzos y arduo compromiso en la educación y formación de los profesionales en el derecho.

Finalmente, agradecerle por los aportes que ha realizado, no solo a Ius 360, sino también a la filosofía y teoría del Derecho: la tridimensionalidad del Derecho; y la importancia del proyecto de vida.


[1] 2009-2010. Blog de Carlos Fernández Sessarego.

[2] 2011. PuntoEdu. Carlos Fernández Sessarego es distinguido como profesor emérito.

[3] 2016. El Peruano. Carlos Fernández Sessarego es homenajeado. 13 de marzo.

[4] 2015. Carlos Fernández Sessarego. Aclaración sobre la Teoría Tridimensional.

[5] 2015. Carlos Fernández Sessarego. ¿Cuál es el objeto de estudio del Derecho?.

[6] 2017. Carlos Fernández Sessarego. Daño al proyecto de vida.

[7] 2017. Carlos Fernández Sessarego. Clasificación del daño. 

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