El tema de cómo cuantificamos los daños y que instituciones empleamos en el marco de la responsabilidad civil extracontractual para componer daños es un tema que siempre estará en debate porque siempre será controvertida la forma en la que compensamos de forma dineraria, daños que podemos considerar impagables. ¿Qué monto de dinero sería el indicado para compensar una pierna perdida, una enfermedad contraída o un familiar fallecido?
La cuantificación de daños es pues especialmente controvertida y sobre ella, nos habla el doctor español Joan C. Seuba Torreblanca en su artículo Algunas cuestiones relacionadas con la cuantificación de los daños, que se puede encontrar en la edición número 45 de nuestra revista de publicación semestral.
En este, el autor presenta algunas controversias relacionadas a la cuantificación, tales como la primacía del daño como elemento del sistema de responsabilidad civil. Como indica en su ponencia Seuba: “el daño es el elemento que inicia la pretensión de responsabilidad civil, pero a la vez, es el elemento que colma la pretensión indemnizatoria”[1]. Por otro lado, analiza los problemas relacionados al daño moral, así como las dificultades para valorizar los daños corporales. Además, presenta algunas posibles soluciones a los problemas relativos a la pérdida de oportunidad, para finalizar con una reflexión sobre la función y límites del derecho de daños.
Por otro lado, en la misma edición número 45 podemos hallar la Mesa Redonda: Temas de Responsabilidad Civil en Debate. Nuevas Tendencias. En esta Mesa, IUS ET VERITAS buscó confrontar diversos puntos de vista sobre las nuevas perspectivas en esta materia, convocando a los expertos Alfredo Bullard, Freddy Escobar y Leysser León.
Ante nuestra apertura a la globalización y a un intercambio comercial más fuerte con países con otros sistemas jurídicos, se hace necesario analizar que instituciones jurídicas de la responsabilidad civil extracontractual podrán mantener su vigencia en este contexto cambiante o cuáles deberán ser modificadas o abandonadas por su ineficiencia.
Asimismo, y de igual forma que Seuba, se debate sobre la posibilidad de implantar un sistema de baremos que aumente la predictibilidad de nuestro sistema judicial en cuanto a la determinación y valoración del daño en casos de responsabilidad civil. En el debate entra, necesariamente, el análisis sobre en qué modo podrían afectarse la cuantificación de los daños y la tutela de la víctima con estos baremos.
Es además de especial interés, la discusión de responsabilidad vicaria en casos de tercerización de servicios. La creciente política por parte de muchas empresas de reducir costos tercerizando parte de la estructura societaria hace que nos replanteamos el campo de acción de la responsabilidad vicaria y como funcionan sus incentivos, pues como señala Escobar: “la responsabilidad vicaria se fundamenta en la creación de incentivos apropiados para que los administradores controlen de modo eficiente la forma en la que se realizan las actividades de la empresa”[2].
Terminando esta editorial solo me resta invitarlos a adquirir nuestra última edición, la IUS ET VERITAS 45, en la que podrán revisar estos y otros temas e invitarlos a nuestro seminario “Nuevas Perspectivas de la Responsabilidad Civil en el Perú” este miércoles 17 y jueves 18 de abril, donde notables ponentes disertaran sobre los temas más recientes en este campo del derecho. Para mayor información, pueden acceder al siguiente link: http://www.facebook.com/events/262622630540676/?fref=ts
[1] SEUBA TORREBLANCA, Joan C. Algunas cuestiones relacionadas con la cuantificación de los daños. En: IUS ET VERITAS. No 45. Lima, IUS ET VERITAS, diciembre 2012; p.46.
[2] BULLARD GONZÁLEZ, Alfredo, Freddy ESCOBAR ROZAS y Leysser LEÓN HILARIO. Temas de Responsabilidad Civil en Debate. Nuevas Tendencias. En: IUS ET VERITAS. No 45. Lima: IUS ET VERITAS, diciembre 2012; p. 432