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Como es conocido, en diciembre de 2013, los Países Miembros de la OMC concluyeron, en la Conferencia Ministerial de Bali, las negociaciones en torno al Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC), adoptando el 27 de noviembre de 2014 un Protocolo de Enmienda para insertar el nuevo Acuerdo en el Anexo 1A del Acuerdo sobre la OMC. Dicho Acuerdo sobre Facilitación del Comercio entrará en vigor cuando dos tercios de los Miembros hayan completado el proceso interno de ratificación y contiene disposiciones para agilizar el movimiento, el levante y el despacho de las mercancías, incluidas las mercancías en tránsito, establece medidas para lograr una cooperación efectiva entre las autoridades aduaneras y otras autoridades competentes en las cuestiones relativas a la facilitación del comercio y el cumplimiento de los procedimientos aduaneros, además de contener  disposiciones sobre asistencia técnica y creación de capacidades en este ámbito.

No obstante, siendo este un tema trascendental para reducir los costos logísticos y tiempos de tramitación de las operaciones de comercio exterior en los Países Miembros de la Comunidad Andina, ya el 7 de diciembre de 2011 la Comisión de la CAN aprobó la Decisión 770 sobre Facilitación del Comercio en materia aduanera en la Comunidad Andina; norma que dispuso la elaboración de un Plan Estratégico de la Comunidad Andina sobre Facilitación del Comercio en Materia Aduanera con la finalidad de responder a la necesidad de plantear nuevas iniciativas en el ámbito aduanero comunitario andino, que  contribuyan a facilitar el comercio entre sus Países Miembros y con terceros países; en concordancia con las líneas de acción de la Comunidad Andina y del marco normativo internacional sobre la materia.

En cumplimiento de dicho mandato, el Grupo de Seguimiento y Evaluación sobre Facilitación del Comercio en Materia Aduanera, creado por la comentada Decisión, con la opinión favorable del Comité Andino de Asuntos Aduaneros (Directores de Aduana de los Países Miembros) aprobó la Resolución 1467: Plan Estratégico de la Comunidad Andina sobre Facilitación del Comercio en Materia Aduanera (PEFCMA); la cual incorpora como visión comunitaria “el constituirnos en un bloque comunitario aduanero, con procesos integrados apoyados en sistemas de información común e infraestructura tecnológica adecuada, orientados a facilitar las operaciones de comercio intra-regional, el control aduanero efectivo, y sustentado en recursos humanos altamente productivos”.

Dicho Plan Estratégico que se adelantó a la normativa OMC sobre la materia contiene a su vez veintiocho Proyectos y Acciones específicos. En este punto resulta pertinente recordar que el AFC estableció que un País Miembro debe clasificar cada disposición del Acuerdo según una de las Categorías de implementación (A, B o C) debiendo notificar a los demás Miembros de la OMC esa clasificación.

En tal sentido, se  clasifican en Categoría A: disposiciones que el Miembro aplicará en el momento de la entrada en vigor del Acuerdo (o, en el caso de un país menos adelantado Miembro, en el plazo de un año contado a partir de la entrada en vigor). En Categoría B: disposiciones que el Miembro aplicará tras un período de transición después de la entrada en vigor del Acuerdo. En Categoría C: disposiciones que el Miembro aplicará en una fecha posterior a un período de transición después de la entrada en vigor del Acuerdo y que requieren la prestación de asistencia y apoyo para la creación de capacidad. Se enfatiza que en el caso de las disposiciones que se clasifiquen en las categorías B y C, el Miembro deberá comunicar las fechas en que aplicará las disposiciones.

Por su parte, la priorización y desarrollo de los proyectos y acciones del PEFCMA de la CAN se viene realizando por la Secretaría General en coordinación con las Administraciones Aduaneras Andinas y los Ministerios de Comercio u órganos de enlace correspondientes. Actualmente, el Grupo de Seguimiento y Evaluación sobre Facilitación del Comercio en Materia Aduanera viene trabajando con los Países Miembros un análisis integral de las disposiciones del AFC y del PEFCMA de la CAN, con la finalidad de hallar sinergias y convergencias que permitan unificar y hacer más eficientes los esfuerzos y recursos de los países, en la implementación de mecanismos de facilitación del comercio que representan compromisos internacionales de dichos países andinos en ambos foros de integración (multilateral y subregional).

De un primer análisis somero podemos apreciar que existen importantes similitudes entre los mecanismos de facilitación del comercio planteados en ambos foros; en algunos casos por lo menos uno o dos países de la CAN ya implementaron totalmente algún mecanismo, por lo que resulta alta la probabilidad que notifiquen a la OMC en Categoría A, dichas medidas ya implementadas en el ámbito nacional, mientras en el ámbito comunitario el PEFCMA se orienta en varios de  los proyectos a una implementación nacional en cada país en una primera etapa, incluso con sus particularidades, logrando así garantizar la existencia del mecanismo en los cuatro países, para luego en una segunda etapa evaluar la armonización comunitaria total o parcial del mecanismo si así lo consideran favorable para los operadores de comercio, los países.

Entre los mecanismos de facilitación del comercio que existen en ambos foros de integración y en los que se puede asumir que existen convergencias y sinergias, podemos citar a los proyectos andinos:

  • Implementar un sistema de difusión de proyectos de normas aduaneras y mecanismos de retroalimentación de dichos proyectos; desarrollar y difundir herramientas virtuales de comunicación con los operadores de comercio exterior; implementar procesos de resoluciones anticipadas sobre clasificación arancelaria y criterios de valoración, así como apoyar los procesos de resoluciones anticipadas en materia de origen; armonizar los requerimientos de información electrónica anticipada de carga para envíos dentro y fuera de la subregión andina; implementar un sistema electrónico de envío de información anticipada para que las administraciones aduaneras identifiquen envíos de alto riesgo y faciliten envíos de bajo riesgo.
  • Implementar o potenciar el pago electrónico de las obligaciones aduaneras (incluye también la implementación de garantías globales y específicas); implementar sistemas de inspección no intrusiva; desarrollar un manual comunitario de gestión de riesgos; desarrollar y adoptar metodologías sistematizadas de gestión de riesgo, apoyadas en herramientas informáticas; estructurar un mecanismo sistematizado de intercambio de información en materia de valoración aduanera; implementar la figura del Operador Económico Autorizado Andino; modernizar la infraestructura de las administraciones aduaneras en los pasos de frontera, en el marco de la Decisión 502 (CEBAF); implementar un sistema de medidas en frontera que cumpla con los estándares internacionales; implementar un sistema de digitalización y automatización de documentos aduaneros con un enfoque al comercio sin papeles.
  • Implementar mecanismos de evaluación del servicio aduanero por parte de los operadores de comercio exterior; implementar un sistema electrónico que permita la corrección o rectificación de los errores cometidos en el cumplimiento de las obligaciones aduaneras; optimizar los procesos de autorización y seguimiento de los operadores de comercio exterior; automatizar el régimen de tránsito aplicando tecnologías de información; contribuir a la implementación de Ventanillas Únicas de Comercio Exterior nacionales y promover la interoperabilidad entre las mismas; fortalecer los mecanismos de aplicación de la Decisión 728 sobre Asistencia Mutua y Cooperación entre las Administraciones Aduaneras; facilitar y promover el diálogo y la cooperación entre las Administraciones aduaneras y las Instituciones públicas y privadas que contribuyen a mejorar la integración intra regional e inter institucional en la región; elaborar e implementar un Plan de Capacitación orientado a la formación aduanera, comunitaria y de comercio internacional, a través de modalidades virtual, presencial y pasantías.

Adicionalmente, existen proyectos andinos que no tienen un correlato directo con algún mecanismo del AFC, como contribuir a mejorar los procesos de exportación fácil orientados a micro y pequeños empresarios y contribuir a la implementación del proceso de emisión de certificados de origen digital, pero que también están orientados a promover la facilitación del comercio, por lo que su implementación aporta en la misma finalidad del AFC.

Como se evidencia existe una mayoritaria convergencia y posibilidades de sinergia entre los mecanismos de facilitación del comercio de la CAN y los mecanismos del AFC, por lo que si bien existen particularidades propias de las necesidades de los Países Miembros en varios de sus mecanismos comunitarios, ello en conjunción con los mecanismos del AFC que también tendrán que implementar los países, no se contraponen sino contribuyen a generar elevados estándares de facilitación del comercio en el ámbito subregional en beneficio de los operadores de comercio de la subregión andina.


Fuente de imagen: hondudiario.com

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