Escrito por José Domingo Pérez (*)
- El Lava Jato peruano
El año 2017 la Fiscalía de la Nación encargó a un grupo de fiscales investigar los actos de gran corrupción que se develaron con el caso Lava Jato que involucraba a la brasileña Odebrecht. Así, fiscales especializados formaron el denominado Equipo Especial de Fiscales del Perú.
El Equipo Especial es una manifestación de la política institucional del Ministerio Público para luchar contra la corrupción, por la que se conforma un grupo de fiscales de élite [1] y cuyo objetivo es afrontar una sofisticada criminalidad de corrupción trasnacional aplicando metodologías de investigación modernas.
El Equipo Especial peruano adoptó buenas prácticas de países, como el Brasil, en los que se ha presentado el fenómeno criminal del Lava Jato. La Fuerza Tarea del Ministerio Público Federal del Brasil marcó un hito importante al descubrir el mecanismo de gran corrupción trasnacional que se extendía en Latinoamérica y, a su vez, trazó el camino para que las fiscalías latinoamericanas puedan investigar los alcances de esa corrupción en aquellos países en donde, a decir de Janot (2019):
Lava Jato jugó un papel crucial [al] mostrar la vasta cadena de corrupción que ha atrapado a empresarios y políticos (…) desde siempre. Todos conocíamos las desviaciones en las licitaciones ilegales y el financiamiento de campañas electorales. Pero cuando los actores claves en esta trama histórica se hacen públicos e informan en primera persona cómo y cuánto se embolsaron, adquiere una dimensión épica. Allí se originó a partir del terremoto político que siguió a la narrativa de los narradores y toda la documentación probatoria obtenida por los frentes de investigación más diversos. (pp. 249-250).
Sin embargo, el Lava Jato trajo a nuestra memoria que el país es endémico a la corrupción y que la primavera anticorrupción a inicios del presente siglo, con la creación de fiscalías y juzgados anticorrupción para afrontar la corrupción del régimen del expresidente Alberto Fujimori, no había sido suficiente para desterrarla de nuestra historia.
Esta red, también conocida como “Fujimori-Montesinos”, copó todas las estructuras del poder público e incluso incursionó en el privado, logrando la captura del Estado. Salvo algunas excepciones, no hubo espacio de poder público que no fuera cooptado por la organización. (Ugaz, 2020, p. 69).
Como en el pasado, en la referida primavera anticorrupción, el Lava Jato peruano originó una nueva versión de equipos de fiscales especializados que, en esta ocasión, debía acometer al mega fenómeno criminal de la corrupción orquestada por empresas transnacionales coludidas con altos funcionarios de los Gobiernos democráticos de los últimos tiempos. Esta nueva versión de equipos de fiscales especializados ha generado que Pásara (2019) afirme que:
(…) el viejo orden se ha descocido gracias al desempeño de actores disidentes –jueces y fiscales que, no habiendo sido apresados por la dinámica con la que se encontraron, descubrieron maneras distintas de ser magistrados-. Las rupturas que han producido consisten, principalmente, en el procesamiento de personajes de la escena oficial, usualmente favorecidos por la impunidad. A partir de esas costuras abiertas –en medio del escándalo Odebrecht- se señalarán algunos de los principales puntos de actuación posible con el fin de alcanzar una transformación radical, eficaz y duradera del sistema de justicia (p. 16).
- La colaboración eficaz como parte de la lucha contra la corrupción
Los serios problemas de corrupción no han sido obstáculo para institucionalizar la lucha contra corrupción como un valor constitucional [2]; con ello, se ha logrado reconocer el deber del Estado de evitar o controlar la corrupción en el aparato estatal. De esta manera, se justifica que la Política Criminal del Estado de los últimos años ha estado orientada en dotar de normas trascendentales para el combate a la corrupción.
Sin lugar a duda, la que más resalta es la colaboración eficaz como un mecanismo de persecución estratégica del delito y que ha logrado mayor éxito en los acontecimientos de gran corrupción que afectaron al país. Pues, es un mecanismo establecido en la Ley que estimula a quien delinquió a que delate a sus cómplices del crimen. No es un perdón judicial, por el contrario, es un compromiso y obligación del delator para que colabore con la justicia.
Un claro ejemplo, es el caso de la colaboración eficaz de la empresa Odebrecht y sus exdirectivos [3] que, como bien comenta Durand (2020), ha permitido obtener importantes avances en las investigaciones de la megacorrupción del Lava Jato peruano.
(…) las investigaciones se han iniciado en varios países al mismo tiempo y avanzan porque cuentan con nuevos mecanismos jurídicos que hacen hablar a los responsables al ofrecerles una reducción de pena a cambio de información. Este mecanismo, desarrollado primero en los Estados Unidos y luego adoptado en Italia con gran efectividad para luchar contra las mafias –Operación Manos Limpias- está internacionalizándose (p. 25).
A pesar de ello, llegar a ese resultado no ha sido fácil para los fiscales del Equipo Especial, porque tuvieron que sortear una presión inusitada de las más altas jerarquías de la institución que cuestionaban el acuerdo de colaboración eficaz con la empresa Odebrecht.
El Lava Jato develó a los grupos de poder estructurados bajo actividades ilícitas de corrupción que buscando protección e impunidad se infiltraron en la fiscalía para capturar la institución y tener injerencia en ella.
Es por ello que, para afrontar las presiones internas, los fiscales del Equipo Especial tuvieron que buscar legitimidad ante una sociedad que se encontraba vigilante que supo manifestarse ante los abusos del poder; tal como ocurrió la nochevieja del 2018, cuando, congregándose en las calles del centro de Lima, mostraron su rechazo ante la decisión del fiscal de la Nación Pedro Chávarry quien, en contubernio con los intereses de los grupos políticos investigados, pretendió obstruir las investigaciones del Lava Jato arguyendo una arbitraria aplicación del principio de jerarquía institucional para separar a los fiscales del Equipo Especial.
Afortunadamente, el escenario de presión institucional que soportaron los fiscales del Equipo Especial, en aquella oportunidad, se conjuró cuando la Junta Nacional de Justicia destituyó a los fiscales supremos que buscaron frustrar el acuerdo de colaboración eficaz con Odebrecht.
- La destitución de los fiscales supremos Chávarry y Gálvez
El escándalo de corrupción judicial develado con los “CNM audios” o “Lava Juez” es trasversal a las investigaciones del Lava Jato, porque los audios de jueces y fiscales traficando con la justicia explicaban el porqué de la actuación irregular e ilícita de parte de las jerarquías altas de las entidades del sistema de justicia frente a la criminalidad de la clase política.
La difusión de los audios de la vergüenza permitió que los actores políticos consensuaran en la desactivación del Consejo Nacional de la Magistratura [4] y su sustitución por la Junta Nacional de Justicia (en adelante JNJ) [5].
La nueva JNJ ha aplicado sanciones administrativas severas y drásticas a los fiscales supremos Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos y Tomás Gálvez Villegas quienes, desde sus posiciones de poder en el Ministerio Público, pretendieron afectar averiguación de la verdad del Lava Jato.
En el caso de Pedro Chávarry, la JNJ lo destituyó con la Resolución No. 007-2021-PLENO-JNJ del P.D. Nº 005-2020-JNJ del 02 de febrero de 2021, señalando entre sus cargos haber interferido en el Equipo Especial, según el siguiente fundamento:
5.105 Estas extrañas situaciones, permiten inferir que se realizaron acciones destinadas a facilitar el deslacrado y retiro de cosas de dicha oficina, siendo que el investigado tenía especial interés en ello, pues la investigación del fiscal Pérez Gómez pretendía relacionar al señor Chávarry con los sucesos investigados por dicho Fiscal.
Pedro Chávarry no solamente compartirá el triste honor de los fiscales supremos que fueron destituidos y que ocuparon asiento en el cargo de Fiscal de la Nación, sino que se suma a la escueta lista de exfiscales supremos condenados penalmente. En efecto, el 03 de setiembre de 2021 [6], el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria condenó al exfiscal a 4 años de cárcel suspendida, señalando que su conducta de afectar la labor de los fiscales en el caso Lava Jato:
(…) produjo una afectación al normal desarrollo de la investigación y el proceso especial (que, si bien se retomaron las diligencias poco tiempo después, la intención de frustrar y obstaculizar la investigación fue evidente). (f. 28)
En cuanto a Tomás Gálvez, se lo destituyó con la Resolución No. 025-2021-PLENO-JNJ del P.D. Nº 002-2020-JNJ del 23 de abril de 2021, siendo la JNJ que dejo constancia sobre sus alegaciones ofensivas a los fiscales del Equipo Especial:
(…) En referencia a los fiscales Pérez y Vela, lo que hace es una evaluación de la actuación de los citados fiscales en el marco del Acuerdo de Colaboración suscrito entre el Ministerio Público y la Empresa Odebrecht, la misma que considera que es “una vergüenza en los anales del Ministerio Público”. (p. 72)
En ambos casos la JNJ ha considerado que la destitución es una sanción proporcional al perjuicio ocasionado, porque la conducta de los fiscales supremos fue contraria a los valores constitucionales, en especial, al de la lucha contra la corrupción pues han ocasionado que la sociedad desconfíe del Ministerio Público, porque los ciudadanos y ciudadanas esperan que los fiscales enfrenten el delito como los socios de la verdad y no como los cómplices del encubrimiento de los investigados.
- Conclusión
La crisis de corrupción que es endémica en el país, no solamente compete afrontarla en las primaveras anticorrupción con equipos o grupos de fiscales especializados, como fue para la corrupción fujimorista de los 90s o el Lava Jato, sino obliga a que la JNJ sea ejemplificadora al sancionar inconductas funcionales como lo fue en el caso de los exfiscales supremos Chávarry y Gálvez.
(*) Sobre el autor: Abogado por la Universidad Católica Santa María. Fiscal provincial y miembro del Equipo Especial Lava Jato. Actualmente, se desempeña como docente del curso Delitos contra la Administración Pública en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú.
[1] Artículo 80-A Ley Orgánica del Ministerio Público
[2] Sentencias de Tribunal Constitucional 019-2005-PI/TC, 006-2006-PCC/TC, 009-2007-PI/TC y 010-2007-PI/TC
[3] Expediente 0035-2018-2-5201-JR-PE-01
[4] Ley 30833
[5] Ley 30904
[6] Expediente 04615-2019-0-5001-SU-PE-01-A.V. 01-2019
Referencias bibliográficas
Durand, Francisco. (2020). Odebrecht – La empresa que capturaba gobiernos. Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Lima.
Janot, Rodrigo & De Carvalho, Jailton. (2019). Nada menos que todo – Detrás de escena de la operación que puso el sistema político bajo control. Editora Planeta do Brasil Ltda. Sao Paulo.
Pásara, Luis. (2019). De Montesinos a los Cuellos Blancos – La persistente crisis de la justicia peruana. Editorial Planeta Perú S.A. Lima.
Ugaz, José. La Gran Corrupción. (2020). El abuso sistemático del poder en perjuicio del bien común y su impacto en los derechos fundamentales de los más vulnerables. Planeta. Lima.