Escrito por Beatriz Franciskovic Ingunza (*)
Hace 4 días, en el distrito de Chilca, provincia de Huancayo, Maycol Curasma De la Cruz, en plena vía pública agredió cruelmente a una pequeña oveja llamada Lilo. Le propinó alrededor de 21 patadas causándole la muerte. Lilo era considerada como un integrante más de su familia. Este hecho fue captado y grabado por todos los vecinos.
La cuidadora de Lilo denunció al sujeto por lo que fue detenido y trasladado a la comisaria para ser investigado por la Policía Nacional del Perú. Según su declaración, éste actúo así debido a que tuvo un mal día.
Qué culpa tuvo la indefensa oveja Lilo para que su agresor se desfogue con el pobre animal. La dueña de Lilo llora su pérdida, señaló que Lilo no era agresiva, que no molestaba a nadie y permanecía afuera de su casa gran parte del día sin molestar a nadie.
El tío del agresor estuvo pidiendo que la denuncia contra su sobrino sea retirada, sin embargo, la cuidadora de Lilo se mantiene firme en su decisión y, el proceso legal continua por el acto cruel y despiadado en contra de un animal doméstico e indefenso que era tratado como un animal de compañía. Los vecinos del lugar han realizado plantones para que el agresor sea sancionado conforme a ley.,
El Ministerio Público y la defensa legal del agresor han acordado tres años de prisión suspendida y una reparación civil de 3,000 mil soles además que el agresor lleve una terapia psicológica por un tiempo de seis meses aproximadamente. Este acuerdo será presentado al Juzgado de Investigación preparatoria.
Esperemos que el Juez del Juzgado de Investigación preparatoria no apruebe dicho acuerdo y tenga en cuenta que se trata de un acto que constituye delito de crueldad animal y no un acto maltrato animal. Al ser un delito debe aplicarse el artículo 206 A del Código penal cuya segunda parte de dicho artículo señala “Si como consecuencia de estos actos de crueldad o del abandono el animal doméstico o silvestre muere, la pena es privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años, con ciento cincuenta a trescientos sesenta días-multa y con inhabilitación de conformidad con el numeral 13 del artículo 36”
Esperemos se haga justicia con Lilo y, de esa forma, las personas comprendan que los animales merecen respeto y consideración.
(*) Sobre la autora: Magíster en Derecho Civil. árbitra y conciliadora adscrita a la Cámara de Comercio de Lima, especialista en temas de protección animal. Docente de la Universidad Científica del Sur.
