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Empresas y derechos humanos: Hacia la Conducta Empresarial Responsable CER | Gustavo Zambrano

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Escrito por Gustavo Zambrano Chávez

Cuando hablamos de los avances en materia del respeto a los derechos humanos por parte de las empresas, comenzamos a adentrarnos en lo que se conoce como Conducta Empresarial Responsable CER (en adelante CER). Esta puede ser entendida como ya un siguiente paso (considerando la lógica de los derechos humanos) frente a lo ya alcanzado y logrado respecto al rol empresarial para con su entorno social y ambiental. En la práctica además engloba tanto a la debida diligencia como a la Responsabilidad Social Empresarial (RSE), no descartándolas sino ampliando la solidez de la base desde donde actuarlas, y direccionándolas hacia la CER.

Pero hablar de CER no solo es el referirnos a seguir siendo responsables. Es cómo entender el incorporar los derechos humanos en la acción empresarial, tanto a su cadena de producción como de suministro. Ello implicará sumar a lo que ya se ha venido haciendo una mirada que permita evaluar los escenarios de trabajo e impacto, para que -sobre la base de herramientas de medición- quede evidenciado que se respetan los derechos humanos y así evitar escenarios de vulneración de los mismos. Lo anterior además requiere de una mirada técnica al establecer la necesidad de volver operativos desde lógicas de gestión y procesos, tanto marcos regulatorios como estándares en la materia.

Para comenzar, la CER considera un conjunto de normas de carácter mundial respecto a la conducta esperada por parte de las empresas para respetar los derechos humanos. Para ello deben asumir independientemente de su tamaño, sector, estructura o producción una serie de compromisos. Es decir, corresponde a cada empresa la tarea de evaluar de qué manera sus acciones repercuten tanto en personas e instituciones, pero entendiendo que sus labores respeten el ejercicio de los derechos humanos, y adecuar su gestión hacia el respeto de estos marcos normativos. Para ello hay que considerar tanto el contenido de estas normas en la gestión, pero sobre todo hacer el ejercicio de volverlos operativos y medibles. Este conjunto normativo considera los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, las Líneas Directrices de la OCE para Empresas Multinacionales, así como la posterior Guía de Debida Diligencia, y la Declaración sobre las Empresas Multinacionales de la OIT. De manera adicional, hay que tomar en cuenta las Normas de Desempeño de la Corporación Financiera Internacional, las normas de la Iniciativa Mundial de presentación de informes (GRI por sus siglas en inglés), así como la ISO 26000 para la Orientación sobre Responsabilidad Social. Asimismo, considerar de qué manera los Objetivos de Desarrollo Sostenible ODS de Naciones Unidas, objetivos globales para erradicar la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos como parte de una nueva agenda de desarrollo sostenible, conversan con el respeto empresarial a los derechos humanos y cómo aportan en ese camino, en el marco de la Declaración de Baherin. Hablamos entonces de un ya existente marco normativo que pautea conductas imperativas de respeto empresarial a los derechos humanos.

Un segundo es el indudable avance alcanzado por la RSE en materia de respeto empresarial a sus grupos de interés, lo que ha venido a asentar las bases para hablar de CER. Este camino debe continuarse, considerando las bases sólidas ya construidas y globalmente compartidas. Los siguientes pasos -ahora- van desde un ejercicio cada vez más práctico para operativizar los derechos humanos desde y para la lógica empresarial, hasta alcanzar compromisos de carácter nacional. Esto último exige como consecuencia dar un paso adelante frente a la RSE, para salir del círculo de la empresa hacia contextos más amplios de interacción. Siendo avances que muestran las tendencias globales, la CER -como representación de ese paso hacia adelante- pretende entonces coordinar las iniciativas tanto del sector público, el sector privado y la sociedad civil para conseguir que la sostenibilidad sea un elemento holístico. El ejercicio está en integrar las prácticas responsables en las operaciones y a través de las relaciones de las compañías con las cadenas de suministro[1].

En este último escenario es que en el caso peruano se viene realizando aun el proceso de elaboración de un Plan Nacional de Acción de Empresas y Derechos Humanos PNA. Los PNA son documentos que contienen la estrategia política del Estado para proteger los derechos humanos contra los posibles impactos negativos generados por las empresas, articulando las prioridades y acciones a adoptar. En estos se presentan compromisos por parte de las empresas vinculados al deber de respetar el ejercicio de los derechos humanos. Estos compromisos deberán ser entendidos desde la CER, con lo que se daría articulación y coherencia entre lo que se hace por el lado empresarial con lo que se hace desde las políticas públicas estatales.  En ese sentido las empresas:

  • Deben evitar que sus actividades provoquen o contribuyan a provocar consecuencias negativas sobre los derechos humanos.
  • Deben hacer frente a las consecuencias negativas sobre los derechos humanos de terceros que provoquen.
  • Deben tratar de prevenir o mitigar las consecuencias negativas sobre los derechos humanos directamente relacionados con sus operaciones o servicios.
  • Deben contar con políticas y procedimientos apropiados en función de su tamaño y circunstancias.

Esta comunicación entre lo que un PNA establece para que las empresas asuman compromisos imperativos de respeto de los derechos humanos y aquello que internamente realizan para incorporar el enfoque de derechos humanos en sus procesos, es lo que permite afianzar el camino hacia una Conducta Empresarial Responsable. Con ello lo que vemos es que cada vez existe una mayor articulación entre la labor que se hace dentro de las empresas con su entorno y luego con objetivos nacionales, no solo los establecidos por ejemplo en la ODS, sino con finalidades nacionales de gobernabilidad. Con ello, la labor empresarial al respetar los derechos humanos alcanza mejoras tanto económicas como aquellas atractivas para consumidores y mercados, pero sobre todo para el país.

[1] Llorente y Cuenca (2017) La nueva conducta empresarial responsable. Nada cambia, todo cambia. En https://www.fundacionseres.org/Repositorio%20Archivos/170425_DI_Articulo_Todo_CAmbia1.pdf

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