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El caso de la República de Rodesia: Un Estado sin reconocimiento internacional | Leonardo Barco Hidalgo

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Escrito por Leonardo Barco Hidalgo (*)

Palabras clave del artículo: internacional – reconocimiento – relaciones diplomáticas – independencia – pueblo

La Gran Bretaña estaba dispuesta a establecer la independencia de sus colonias africanas, siempre y cuando cumplan con objetivos claros que aseguren el gobierno de las mayorías y la eliminación progresiva de la discriminación racial. Sin embargo, la colonia de Rhodesia del Sur, gobernada por Ian Smith, un hombre blanco, no estaba de acuerdo con dichas condiciones, por lo que decidió autoproclamar la independencia de la nueva República de Rodesia en 1965.

Gran Bretaña, inmediatamente, no reconoció a Rodesia como un Estado independiente y las Naciones Unidas apoyaron tal decisión. A partir de esto se pueden analizar ciertos aspectos referentes al nacimiento de un nuevo Estado como Rodesia y a las consecuencias de la falta de reconocimiento internacional.

Según Áviles (2012), un Estado necesita de cuatro elementos constitutivos: una población permanente, un territorio determinado, un gobierno que ejerce autoridad y capacidad para relacionarse con otros Estados (p. 2). En el caso de la República de Rodesia, los cuatro elementos estaban presentes, a pesar del gobierno basado en un modelo racista. Es decir, si bien la autoridad ejercida por la cúpula de Ian Smith como gobierno era basada en un criterio ilegal, como lo es la diferenciación por razas, la autoridad sobre la población y el territorio estaban presentes.

El problema con la declaración unilateral de independencia de Rodesia se da por la falta de reconocimiento internacional. Antes bien, se debe entender al reconocimiento de Estados cuando un sujeto de Derecho Internacional realiza un acto en el que se manifiesta que otro Estado posee los elementos esenciales para ser reconocido” (Avilés, 2012, p. 4). Es importante mencionar que el dicho reconocimiento no es constitutivo para la conformación de un Estado. Si bien sirve para establecer relaciones diplomáticas, no es necesario. El Estado existe y ya.

Naciones Unidas, no reconoció la declaración unilateral de independencia de Rodesia e instó a los Estados que formaban parte a no reconocer a la nueva entidad. El Consejo de Seguridad de la ONU condenó la situación de Rodesia del Sur por medio de diversos instrumentos, con destaque para las Resoluciones 216, S/RES/216 (1965), y 217, S/RES/217 (1965). A pesar de ello, Estados que no formaban parte como de la ONU establecieron lazos comerciales con Rodesia, de modo tal que esta pudo empezar a establecer una economía que avanzaba a pasos agigantados a comparación de los demás países africanos.

Es importante entender el porqué de la decisión de la ONU de no reconocer a Rodesia como Estado. Esto tiene que ver con el principio de autodeterminación de los pueblos. Según este principio un pueblo tiene el derecho a elegir su forma de organización política y económica, respetando la igualdad y el gobierno de la mayoría (Rocangliolo,2015, p. 477). Respecto a la consagración de la autodeterminación de los pueblos, ésta se encuentra presente recogida en los arts. 1º, 55 y 73 de la Carta de Naciones Unidas.

Precisamente, en Rodesia el gobierno era liderado por una mayoría blanca descendiente de los invasores de Gran Bretaña. Había una segregación racial, pues no se les permitía a las personas negras votar o ejercer cargos públicos. Este también es el motivo por el cual el Reino Unido nunca aceptó la independencia de su colonia de Rodesia del Sur. Siguiendo a Novak y Pardo (1992), “las Naciones Unidas no sólo tienen el derecho sino el deber de adoptar medidas contra los Estados que se opongan a este derecho” (p. 25).

Es a partir del ejercicio de ese derecho y deber que la ONU decide tomar medidas de bloqueo económico contra la nueva nación rodesiana. Efectivamente, la resolución 217 (1965) y la resolución 232 (1966) establecieron sanciones selectivas obligatorias para prohibir a los Estados comercializar determinados productos con Rodesia, asfixiando económicamente a dicha nación.

Lo curioso es que algunos Estados que no formaban parte de la ONU y que sí comercializaban y colaboraban con la economía rodesiana empezaron a sufrir reformas políticas trascendentales que no les permitieron continuar apoyando al nuevo Estado (es el caso de Portugal).

La completa ausencia de reconocimiento internacional, debido a las denuncias contundentes acerca de la legalidad de su independencia y la inminencia de una guerra civil llevaron a la opinión internacional a no reconocer a la República de Rodesia como un Estado (Dal Ri y Carnesella, 2017, p. 534). Rodesia sufrió las consecuencias de la falta de reconocimiento de la comunidad internacional: el bloque económico y la nueva incapacidad de relacionarse con la mayoría de los Estados marcó el inicio del fin de la nación.

Finalmente, en 1979 la República de Rodesia desaparece, dando inicio a un nuevo Estado denominado Zimbabue, creado en 1980. Este último cuenta, con un gobierno que representaba a la mayoría de la población negra del territorio y que gozó de reconocimiento internacional.

A modo de reflexión, si bien no es necesario el reconocimiento de otros Estados para determinar la existencia de otro, parece ser que al final si resulta ser necesario para establecer relaciones internacionales que permitan la comercialización y el desarrollo de la economía nacional. La mera imposición de gobiernos ilegales basados en segregación racial permite a la ONU a establecer barreras económicas en pro de la libre determinación de los pueblos y el mantenimiento de la paz y seguridad internacional.


Imagen obtenida de https://bit.ly/3ypKphO

(*) Estudiante de noveno ciclo de Derecho de la PUCP, practicante profesional en Sunarp y actual director de la comisión de Recursos Humanos en la asociación civil IUS ET VERITAS.

Bibliografía

Áviles, F. (2012). Reconocimiento de estados y reconocimiento de gobiernos: tendencias actuales en el Derecho Internacional. Revista de Derecho Puertorriqueño, 51, 1-24. Recuperado a partir de https://heinonline.org/HOL/LandingPage?handle=hein.journals/rvdpo51&div=4&id=&page=

Cheikh, M. (2015). Zimbabwe de ayer a hoy: desafíos y perspectivas de desarrollo político y económico. España. Instituto Español de Estudios Estratégicos. Recuperado a partir de http://www.ieee.es/Galerias/fichero/docs_opinion/2015/DIEEEO84-2015_Mamadu_Zinbawe.pdf

Dal Ri, J. y Carnesella, A. (2017). El reconocimiento de nuevos Estados como sujetos en la ciencia del derecho internacional a partir de la deflagración de la Segunda Guerra Mundial: abordajes doctrinarios de la Convención de Montevideo a la “Opinión Consultiva Kosovo” (1933-2010). Anuario mexicano de derecho internacional, 17, 513-546.  Recuperado a partir de https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=5893242

Mairata, J. (1972). La cuestión de Rhodesia del sur, a la luz de las Naciones Unidas. Revista de Política Internacional, 122, 177-191. Recuperado a partir de https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=2493758

Novak, F., & Pardo, F. (1992). El Principio de No Intervención en el actual contexto internacional. IUS ET VERITAS, 3(4), 20-29. Recuperado a partir de http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/article/view/15325

Roncagliolo, I. (2015). El principio de no intervención: consagración, evolución y problemas en el Derecho Internacional actual. Ius et Praxis, 21, 449-502. Recuperado a partir de https://scielo.conicyt.cl/pdf/iusetp/v21n1/art13.pdf

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