Por Alejandra Alejos, miembro de la comisión de SIEMBRA
El 2 de Octubre, día del nacimiento de Mahatma Gandhi, se conmemora el Día Internacional de la no violencia. A través de una resolución aprobada el 27 de junio de 2007 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas se reafirma la búsqueda de la tolerancia, el pleno respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos, la democracia, el desarrollo, el entendimiento mutuo y el respeto de la diversidad.
A la luz de este día buscamos reflexionar sobre la “política” de esterilizaciones forzadas dadas entre los años 1996 y 2000. Pues es importante recalcar la importancia de los métodos usados por los órganos de poder al intentar realizar grandes cambios sociales. Este día nos recuerda especialmente que la no violencia es una forma efectiva de dar respuesta a un problema social, respetando los derechos humanos de las personas.
Implementación y objetivos del Programa de Salud Reproductiva y Planificación Familiar 1996 – 2000
La esterilización se había mantenido como un método de planificación familiar vedado durante las décadas anteriores al 90. Sin embargo, desde 1992 se dispuso que podía ejercerse en casos de riesgos de salud, por ejemplo, el riesgo de un embarazo que pudiese causar la muerte de la paciente. Más adelante (a partir de 1995). A través de la ley número 26530, se dio la modificación del artículo VI del Título Preliminar la Ley de Política Nacional de la Población, la cual anteriormente impedía la esterilización y el aborto como método de planificación familiar.
La alteración de esta ley permitió que el 6 de febrero de 1996 se emitiera la Resolución Ministerial Nº 071-96 SA/DM, mediante la cual se aprobó el Programa de Salud Reproductiva y Planificación Familiar 1996- 2000 (en adelante PNSRPF). Este fue elaborado por la Dirección de Programas Sociales del Ministerio de Salud, la cual promovió el uso de métodos anticonceptivos irreversibles o definitivos (esterilización) por sobre los métodos reversibles (pastillas anticonceptivas, inyecciones, parches, etc).
Cuando se instauro el PNSRPF, Fujimori hizo uso de discursos que exaltaban como objetivo la defensa de los derechos reproductivos de la mujer e incluso estableció relación con asociaciones feministas que luchaban por la autonomía sobre sus funciones reproductivas [1]. Se sostenía que el propósito del programa era modificar, el deficiente servicio de métodos anticonceptivos gratuitos brindado por el MINSA los años anteriores (en el programa de planificación 1992-1995). A su vez, fundamentaban el programa en el artículo 11 de la Constitución, el cual indica que el Estado garantiza el libre acceso a las prestaciones de salud, así como, el derecho de las parejas a la planificación familiar (artículo 6), incluidos los más pobres, como establece el artículo 2 inciso 2) que defiende el principio de igualdad.
Sin embargo, durante la instalación del programa se manifestaron intenciones encubiertas de reducción de pobreza a través de un reajuste poblacional. Una primera acción que respalda la tesis sobre el uso del discurso maltusiano durante este programa, es la existencia de algunos escritos oficiales. Uno de ellos fue el documento presentado por el Ministerio de la Presidencia llamado “Elements of the Focalized Strategy to Combat Extreme Poverty 1996-2000”. En este se expresó el objetivo de reducir en 50% la pobreza extrema, mediante la reducción del “número de pobres extremos” haciendo un estudio detallado de los departamentos más indigentes y el costo de inversión [2]. Dicho Plan estuvo en vigencia durante al segundo gobierno de Fujimori, lapso de tiempo en el que se iba desarrollando paralelamente el PNSRPF.
Así mismo, el documento oficial, “Política social: situación y perspectivas”, mostraba la preferencia del gobierno por el uso de la esterilización el cual es un método irreversible.
De esta manera, por más que se negó el objetivo de reducción poblacional y mejoramiento económico del programa, muchos documentos respaldan esta visión, que a su vez permitió una serie de atropellos de los derechos reproductivos de las mujeres.
Violación de Derechos Reproductivos
El derecho a la salud reproductiva, es según la Declaración y Programa de Acción de Beijing: el estado general de bienestar físico mental y social, y no de mera ausencia de enfermedades o dolencias, todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo, sus funciones y procesos (párrafo 94). Es decir una política nacional de planificación debe mantener servicios adecuados que aseguren el bienestar de la vida reproductiva de la mujer, en todos los aspectos.
En esta línea, las campañas de ligaduras vulneraron, en primer lugar, el derecho a la salud de las mujeres. El personal médico “de Lima” intervenía a las mujeres en carpas o postas en condiciones inadecuadas, así mismo no se brindaban la atención gratuita de complicaciones post-operatorias, ya que principalmente se buscaba cumplir de manera cabal las cuotas de esterilización establecidas [3].
La mujer debe analizar su estado de salud para poder proceder a una operación quirúrgica. Era muy riesgoso desarrollar este tipo de intervenciones en las mujeres de zonas rurales, ya que para ellas no era una práctica común llevar un control médico sobre su sistema reproductivo (lavado intrauterino, Papanicolaou, etc). Lo cual podía significar un riesgo de desarrollar infecciones luego de una operación de la magnitud de la AQV.
Una vez ejecutada la operación, el personal médico se deslindaba de sus labores establecidas por el Manual de Reglas y Procedimientos para la Anticoncepción Quirúrgica Voluntaria (AQV).De este modo, la atención posterior del paciente era también deficiente. La ausencia de despistajes, recetas e indicaciones desembocaba en dolores, infecciones en el cuello uterino, sangrados u otras complicaciones. En consecuencia, se generaba un debilitamiento perpetuo de la mujer, la cual no podía continuar con sus labores cotidianas (trabajo, cuidado de sus hijos, etc).
En segundo lugar, se vulnero el derecho la información adecuada y oportuna. Este derecho es esencial ya que permite la toma de decisiones respecto a la vida reproductiva de cada mujer y el respeto de la autonomía de voluntad. En este caso, la falta de información esencial fue vulnerada desde dos aspectos: la limitación de métodos ofrecidos en el programa y la falta de consejería previa para adquirir el consentimiento informado, lo que en muchos casos trajo como consecuencia el caso de las esterilizaciones forzadas.
La limitación de métodos ofrecidos se presentó en el ofrecimiento predilecto de esterilizaciones. Como resalta la Defensoría del Pueblo los folletos sobre ligaduras de trompas ofrecidos por los centros médicos del programa mencionaban la irreversibilidad del método, pero en ninguno la posibilidad de adquirir otros métodos anticonceptivos [4].
Otro aspecto importante fue el del consentimiento informado, documento que firma el paciente para someterse a una operación o tratamiento quirúrgico. En muchos casos este fue firmado bajo presión, sin saber que hoja se firmaba, o firmado después de la intervención médica.
En tercer lugar, se vulnero el derecho a una vida libre de discriminación por razones de género, así como el derecho a la integridad. El hecho de dirigir una política a una zona específica, la cual era pobre (demostrado por las campañas masivas de ligaduras en Chimú, Acombaba, Huancavelica, Ayacucho) y exclusivamente a la mujer, por su función reproductiva permitió una serie de actos discriminatorios en el sector salud.
Como menciona Esperanza Reyes en una entrevista al viudo de una fallecida, el personal de salud la exhortaba a esterilizarse, le decían que: ya tenía bastantes hijos, que le faltaba dinero para mantenerlos, que había empobrecido a sus hijos. De este modo, las mujeres entrevistadas por Reyes sostenían haberse “ligado” y haber firmado bajo ofrecimiento de alimentos, insistencia del personal así como por comentarios denigrantes (“Como perro andas dando crías”) [5]. Se manipulo psicológicamente a estas mujeres, no se les dio un ambiente apto para que estas pudiesen decidir sobre sus vidas reproductivas.
Como señala Julissa Mantilla, en muchos casos el médico pedía el permiso de los esposos, lo cual es una práctica discriminatoria por razones de estado civil [6].Este tipo de accionar durante el PNSRPF demostró la falta de una cultura ética y respetuosa por parte del sector de salud, el cual denigro en muchos casos a sus usuarias, vulnerando su derecho a la no discriminación.
¿Cómo quedo todo esto impune?
El debilitado estado de derecho durante la aplicación del PNSRPF , así como los objetivos neoliberales que se persiguieron a través de este , dieron paso a los vacíos de supervisión institucional, así como los serios abusos e irregularidades que desembocaron en demandas por esterilizaciones sin consentimiento, las cuales carecieron de la correcta investigación debido principalmente a 3 factores.
1. La concentración del poder en el ejecutivo, llevo a un desbalance de poderes, lo cual no permitió la refutación de las decisiones tomadas por el presidente. Debido a ello la implantación del PNSRPF estuvo firmemente respaldada por muchos funcionarios y las metas impuestas por el gobierno no fueron fuertemente criticadas a pesar de ir en contra de los principios de los médicos y personal encargado , los cuales conformaban el MINSA , IPSS y Fuerzas Armadas.
2. La falta de autonomía del poder judicial, la corrupción, la manipulación de los jueces e impunidad hacia los funcionarios no permitió una canalización adecuada de las investigaciones sobre los casos de esterilizaciones forzadas. De este modo, los constantes cambios del gobierno, dirigidos por el poder ejecutivo, frenaron todo aspiración de justicia para las víctimas del programa.
3. El Perú hizo caso omiso a su compromiso defender, promover y vigilar la protección de los derechos reproductivos dentro de sus políticas nacionales, como había ratificado en diferentes tratados internacionales como el CEDAW, CIPD o la Conferencia de Beijing de 1995.
Conclusión
El Perú necesita una política de planificación alineada con los derechos reproductivos. Esta debe ofrecer una gama de métodos anticonceptivos variados que permitan a la mujer decidir el número de hijos el cual tener, bajo condiciones saludables y de manera informada. Solo cuando los funcionarios encargados sean capaces de interpretar correctamente las necesidades de la mujer en la esfera reproductiva relacionada con sus derechos humanos, construiremos una política de planificación familiar adecuada.
El día de la no violencia es un espacio para reflexionar el modo de lograr grandes cambios sociales a través de la tolerancia, empatía y sobre todo el respeto de los derechos fundamentales del grupo en donde se busca incidir.
[1]Ewig, C. (2014). La economìa polìtica de las esterilizaciones forzadas en el Perù. En Memorias del caso peruano de esterilizacion forzada / compilacion e investigaciòn. Lima: Biblioteca Nacional del Perù, Fondo Editorial, pp. 57.
[2]Parodi, C. (2000). Polìtica econòmica y social en el Perù: 1980-2000. En Polìticas Sociales en el Perù: Nuevos Aportes. Lima: Pontificia Universidad Catòlica del Perù, pp. 33.
[3] Tamayo, G. (1999). «Nada Personal»: Reporte de Derechos Humanos sobre la aplicaciòn de la Anticoncepciòn Quirùrgica en Perù. Lima: Comité de América Latina y del Caribe para la Defensa de la Mujer (CLADEM), pp.72 – 75.
[4] DEFENSORIA DEL PUEBLO. (1998). Anticoncepcion Quirùrgica Voluntaria I : Casos investigados por la Defensorìa del Pueblo. Lima: Defensorìa del Pueblo.
[5] Reyes, E. (2000). «No somos bultos para ser tratados asi…». Allpanchis, 117-120.
[6] Mantilla, J. (2000). El caso de las esterilizaciones forzadas en el Perù como una violaciòn de los derechos humanos. IUS ET VERITAS, pp 19.