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Origen, evolución y rol del Jurado Penal en Estados Unidos | Jazmín López

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*Escrito por Jazmín López

  1. El Jurado: definición

El jurado es una institución propia del Common Law. Constituye una forma de participación ciudadana en las sentencias emitidas por las diferentes cortes (Poder Judicial del Perú 2010: 13). Es un sistema de enjuiciamiento penal y civil (Fierro-Méndez 2006: 61) empleado mayormente en Inglaterra y Estados Unidos. Consiste en someter la culpabilidad y responsabilidad de los procesados al veredicto de un grupo representativo del pueblo, para lograr ello, cada miembro del jurado emite un voto en base a los hechos del caso específico acorde a su conciencia, es decir, sin el empleo de ningún material jurídico, ya que el uso del mismo solo puede ser usado por el juez. (Fierro-Méndez 2006: 62)

Su funcionamiento sigue un proceso, el cual consiste en determinar, en primer lugar, la viabilidad de proceder o no con la acusación –Rol del Gran Jurado –. Si el voto del jurado determina la culpabilidad del procesado, corresponde realizar un segundo juicio, en el cual, se emitirá el veredicto final que servirá de fundamento para la sentencia –Rol del pequeño Jurado – (Fierro-Méndez 2006: 61). Aquellos ciudadanos que participan en la primera parte del proceso no pueden participar en la última. (Fierro-Méndez 2006: 62)

Existen dos tipos de jurados: El Gran Jurado y el pequeño jurado o simplemente el jurado. El Gran Jurado, a diferencia del pequeño jurado, no determina la culpabilidad o inocencia del procesado, su rol fundamental es decidir si existen evidencias suficientes para que este sea sometido a un juicio. Los procesos que implican Grandes Jurados se llevan a cabo sin la presencia de los abogados defensores y sin la participación de los acusados, a diferencia del pequeño Jurado (Poder Judicial del Perú 2010: 12)

  • Origen del Jurado

El sistema anglosajón adoptó dos tipos de Jurado: Uno encargado de la acusación, es decir, el Gran Jurado, y otro encargado de emitir un veredicto sobre la misma. El primero de estos tiene como antecedente al Shiregemot[1] y estaba compuesto por los principales miembros del condado (Pérez 2015: 382)

El origen del Gran Jurado data desde la invasión normanda a Gran Bretaña por parte del rey Guillermo en el año 1066 (Pérez 2015: 382). Luego de esta conquista, el monarca ordenó la continuidad de la práctica del derecho anglosajón, es así como este implantó en Inglaterra el sistema feudal con costumbres francas, y estableció una serie de tribunales en Londres que, a medida que transcurría el tiempo, fueron elaborando reglas de carácter judicial (Pérez 2015: 382).

Fue solo con la conquista de Normandía por parte de la corona francesa y con la introducción de su derecho, que el derecho anglo-normando pasó a convertirse en netamente un derecho inglés (Van Caenegem 2011: 125). Es así como, a partir del primero, se desarrolló el Common Law inglés.

En los inicios de esta institución, los integrantes del jurado acudían al lugar del juzgamiento del procesado en calidad de testigos, no de juzgadores, estos acompañaban a la víctima durante todo el proceso acusatorio (Fierro-Méndez 2006: 62). El jurado cumplía un rol consultivo. Los integrantes del mismo se distinguían de los demás testigos únicamente porque estos debían realizar un juramento si es que conocían los hechos del caso, fue por ello que fueron denominados “jurados”. (Pérez 2015: 383) Posteriormente serían los encargados de analizar el delito y, tras una labor deliberativa, emitir un veredicto final concerniente al caso (Pérez 2015: 383).

Cuando alguien era acusado de cometer algún delito, el medio probatorio utilizado para verificar la veracidad de la acusación eran las ordalías y el combate judicial (Van Caenegem 2011: 125). Si el acusado era inocente, se creía que el cielo no sería ajeno a obrar a través de un milagro para salvaguardar la vida de este, por el contrario, si era culpable, el cielo no obraría en favor del mismo, y de esta manera permitiría el castigo y muerte del acusado (Poder Judicial del Perú 2010: 5). Es así como el Jurado se constituyó como el medio de prueba estándar, reemplazando a las ordalías o “Pruebas de Dios” y al combate judicial. (Van Caenegem 2011: 125).

Durante el reinado de Enrique II se realizaron algunas reformas en la organización del derecho inglés con la finalidad de modernizarlo. Uno de estos cambios fue la generalización del Gran Jurado (Fierro-Méndez 2006: 66-67) en la resolución de casos civiles y penales entre particulares, (Novo; Arce; Martínez 2002: 337) en el año 1166 mediante la ordenanza Assize de Clarendon (Pérez 2015: 382). La ordenanza estipulaba la elección de 12 personas encargadas de acusar los delitos cometidos ante el juez o Sheriff[2](Pérez 2015: 382)

Si bien esta institución fue creada para fines de la Corona, es decir, controlar a los señores feudales impidiendo que sean estos los encargados de administrar justicia (Pérez 2015: 382), el Jurado fue ganando independencia poco a poco hasta convertirse en garante de los derechos individuales. (Fierro-Méndez 2006: 66). Su función consistía en autorizar la acusación penal, ya que esta no podía ser llevada a cabo sin un consentimiento previo por un grupo de ciudadanos pertenecientes a la misma comunidad que el acusado. (Fierro-Méndez 2006: 66 – 67).

Asimismo, facultó la elaboración de una barrera al poder del monarca, ya que las decisiones judiciales no podían ser revocadas por nadie, eran los integrantes de un determinado pueblo los encargados de impartir justicia a sus pares. (Fierro-Méndez 2006: 62)

El juicio por Jurado alcanzó su plenitud con la firma de la Carta Magna, el 12 de junio de 1215 (Novo; Arce; Martínez 2002: 337). El rey Juan “Sin tierra” fue obligado a firmar este documento con la finalidad de reconocer una serie de beneficios a los señores feudales de la época. Uno de estos beneficios fue el juicio por jurado compuesto solo por los “pares” de estos nobles (Pérez 2015: 384). La Carta Magna mencionaba lo siguiente:

A los condes y a los barones no se les multará sino con intervención de sus pares y según la calidad de la ofensa” (Sutherland 1972: 37)

En el año 1352, a través de un estatuto, el jurado fue dividido en dos: el juicio era llevado a cabo frente a un jurado integrado por 12 personas, y la acusación era realizada por un jurado compuesto por 24 nobles escogidas a nivel de todo el condado. (Pérez 2015: 385). En 1368, Eduardo III expandió la institución del Jurado a todas las partes del reino, a partir de este momento se estableció de manera perpetua el número de los integrantes del Jurado encargado de emitir el veredicto final, es decir, 12 personas. (Pérez 2015: 385)

  1. Influencia del Jurado inglés penal en el derecho norteamericano

El Gran Jurado fue introducido al Nuevo Mundo con la llegada de los inmigrantes ingleses. Esta institución empezó a funcionar en las primeras colonias a partir de 1635 (Fierro-Méndez 2006: 66). Su rol no se limitaba a emitir una acusación penal contra un acusado, sino que trascendía a otras áreas estatales en las que la opinión del pueblo era fundamental (Fierro-Méndez 2006: 66-67)

La institución del Jurado representaba para los primeros migrantes un escudo contra la opresión británica (Graham 2009: 4), ya que estos continuamente enjuiciaban a los colonos norteamericanos por el delito de comercialización con navíos no británicos (Graham 2009: 4) La importancia de esta institución era tal, que una de las razones por las que los colonos americanos buscaron la independencia de Gran Bretaña se debió a que esta última, en múltiples ocasiones, privaba a los primeros al acceso a un juicio por jurado (Graham 2009: 4). La metrópoli evitaba la participación de los colonos americanos mediante los nombramientos de jueces reales con la finalidad de ser estos los encargados de resolver conflictos y administrar justicia, esto generaba una clara oposición del pueblo norteamericano (Novo; Arce; Martínez 2002: 337)

Es por ello que, al obtener la independencia, los americanos fijaron por escrito la permanencia de esta institución en la Declaración de Derechos y la Constitución de 1791 en su enmienda VI:

“En toda causa criminal, el acusado gozará del derecho de ser juzgado rápidamente y en público por un jurado imparcial del distrito y Estado en que el delito se haya cometido, Distrito que deberá haber sido determinado previamente por la ley; así como de que se le haga saber la naturaleza y causa de la acusación, de que se le caree con los testigos que depongan en su contra, de que se obligue a comparecer a los testigos que le favorezcan y de contar con la ayuda de un aboga do que le defienda”

Es así como se demuestra que, en un principio, esta institución era aprobada por el total de la población norteamericana libre y con facultad de emitir su voto, es decir, hombres blancos.

En los inicios de la vida republicana, esta institución solo podía estar conformada por hombres blancos terratenientes, dueños de muchas propiedades y campos de cultivo de algodón; sin embargo, a lo largo del tiempo esta institución ha abierto sus puertas tanto a las minorías raciales así como a las mujeres (Graham 2009: 4).

Pese a que en 1933 Inglaterra contaba con dos instituciones para la administración de justicia, es decir, El Gran Jurado, compuesto por 24 miembros, y el pequeño jurado compuesto por 10 jueces legos y un juez encargado de la presidencia, fue en este año en el que se abolió la institución del Gran Jurado por considerarse que este repetía las labores del pequeño jurado (Pérez 2015: 383). No obstante, este cambio no influenció de manera plena a las cortes de los Estados Unidos.

  • Rol del Jurado Penal en Estados Unidos

En los Estados Unidos, la institución del Jurado se ha mantenido muy arraigada en el derecho procesal penal (Fierro-Méndez 2006: 62) Ser miembro del jurado es considerado un privilegio. Este país se caracteriza por ostentar un alto porcentaje de educación cívica en el que la mayoría de ciudadanos posee un sentimiento por el deber social (Fierro-Méndez 2006: 63), por lo que ser miembros del Jurado no constituye una situación engorrosa.

El Jurado se divide en El Gran Jurado y el pequeño jurado. El proceso de selección de los integrantes que conformarán ambas instituciones es estrictamente al azar. Los empleados de los sistemas judiciales son los encargados de compilar una serie de nombres registrados en el empadronamiento electoral, mas no solo se limitan a esta, ya que son considerados incluso el registro de personas con licencia de conducir y aquellas que poseen título de propiedad de automotores. (Fierro-Méndez 2006: 64).

Cuando son utilizadas varias listas, se necesitan computadoras que ayuden a detectar y anulen los nombres de aquellas personas que se repiten dos o más veces, de esta manera se garantiza que todos tengan la misma probabilidad de ser elegidos como miembros de esta institución. (Munsterman 2000: 87)

El Gran Jurado está integrado entre 16 a 23 personas, luego de analizar las pruebas presentadas por el fiscal, los integrantes emiten su voto. Se necesitan solo 12 votos favorables para que el acusado pase a ser juzgado en otra corte. Durante el tiempo en el que el jurado delibera, tanto el juez como el fiscal, así como todos los presentes en la corte deben retirarse de la sala del jurado. (Guía sobre los procesos penales en los Estados Unidos: 10). Los integrantes del mismo deben basar su decisión solo en las pruebas presentadas. Es el juez el que determinará cuáles serán aquellas. (Guía sobre los procesos penales en los Estados Unidos: 11)

En el caso del pequeño jurado, el juez y los abogados realizan una serie de preguntas a los potenciales miembros para escoger a sus integrantes. Este interrogatorio tiene por nombre voir dire (Poder Judicial del Perú 2010: 12) Las preguntas típicas que se realizan son: “¿habla y comprende el inglés?”; “¿ha sido usted víctima de algún delito?”, entre otras. Los abogados de ambas partes ejercen el derecho de recusación, de esta manera van seleccionando a los miembros que puedan fallar a su favor (Poder Judicial del Perú 2010: 12) Este proceso es realizado sin la necesidad de brindar explicación alguna respecto a la decisión tomada.

Finalmente, los abogados de ambas partes llegan a un acuerdo de 12 integrantes, y seleccionan a 3 suplentes que reemplazarán a algún miembro oficial si durante el proceso uno de estos necesita retirarse. (Fierro-Méndez 2006: 65).

En principio, cualquier ciudadano estadounidense que tenga 18 años de edad y que no posea en su registro ningún antecedente penal puede ser llamado para integrar cualquier institución, por lo que debe presentarse al tribunal el día citado para ser parte del proceso de selección del mismo. (Fierro-Méndez 2006: 64). No obstante, no siempre se cumple esta disposición, debido a las razones que serán explicadas posteriormente (Poder Judicial del Perú 2010: 9)

Los procesos en los que se requiera la participación del Gran Jurado deben ser realizados en secreto, esto con la finalidad de proteger la reputación del acusado si es que el jurado decide no emitir una acusación en su contra y, a su vez, para alentar a los testigos a declarar sin ningún tipo de presiones. En muchos estados no se requiere el empleo de esta institución, en su lugar son utilizadas las audiencias preliminares. En algunos casos, si el acusado renuncia a su derecho a ser acusado por un jurado, es el juez el que realizará dicho proceso. (Guía sobre los procesos penales en los Estados Unidos: 11)

El rol fundamental del Gran Jurado o las audiencias preliminares es evitar sentencias que impliquen acusaciones mal planteadas. Esta protección que obtiene el acusado evita que este espere en la cárcel por un juicio que no contiene los fundamentos y la evaluación necesaria de las evidencia para llevar a cabo el proceso.

Por su parte, el pequeño jurado (petit jury), a diferencia del Gran Jurado, que puede ser reemplazado por una audiencia preliminar, este no puede ser omitido –a menos que tanto el acusado, como el fiscal y el juez estén de acuerdo (Poder Judicial del Perú 2010: 12) –ya que es un Derecho Fundamental de toda persona acusada por un delito que constituye una pena mayor o igual a los 6 meses, es una garantía del debido proceso. (Fierro-Méndez 2006: 70)

Algunos estados requieren que los integrantes del Jurado o pequeño jurado retornen a la corte todos los días de duración del proceso, otras, por su parte, llevan a cabo el sistema “un día o un juicio”, en el que después de haber cumplido con su deber, se excusa al ciudadano de seguir participando en el mismo. Al haber sido miembro del jurado, el ciudadano queda eximido de participar en un proceso judicial como integrante del mismo durante muchos años. (Fierro-Méndez 2006: 64)

En la mayoría de casos criminales de mucha controversia y publicidad, con la finalidad de preservar la imparcialidad del jurado, se realiza el procedimiento llamado “secuestro del jurado”. Este consiste en mantener a los miembros del mismo en un hotel sin servicio de telefonía fija, televisión o radio para que, al momento de emitir su veredicto, estos no se vean influenciados por la opinión pública. (Fierro-Méndez 2006: 65)

Los miembros del pequeño jurado deben ser instruidos respecto cómo tratar las pruebas presentadas y las declaraciones de los testigos expertos, es decir, peritos especializados en una determinada materia relevante para la resolución del caso. Del mismo modo, se les explica la definición del delito que juzgarán (Fierro-Méndez 2006: 70). Los encargados de brindar las instrucciones a los miembros del jurado son el juez y los abogados de ambas partes. (Fierro-Méndez 2006: 65).

Cuando el Jurado o el pequeño jurado procede a deliberar en privado para emitir un veredicto final, sus integrantes escogen a un presidente quien tendrá la labor de mediador en el debate que se suscitará. El presidente permite que cada miembro del jurado exprese sus opiniones y orienta a los mismos a llegar a un común acuerdo, ya que el veredicto debe ser realizado en unanimidad. Las deliberaciones pueden llegar a demorar desde algunas horas a varios días. Si es que no es posible llegar a un acuerdo, el juicio es declarado nulo.

Por el contrario, si es que se llega a una decisión común cuyo veredicto es declarar al acusado culpable, es el juez el encargado en dictaminar la condena en una fecha posterior. (Fierro-Méndez 2006: 66). Para condenar al acusado, el jurado debe estar seguro de su culpabilidad convenciéndose de la inexistencia de cualquier duda razonable (Poder Judicial del Perú 2010: 10)

Si bien es cierto que el veredicto final será emitido por el jurado, el juez presente en el caso no cumple un mero rol presencial, este, además de dictaminar la condena que recibirá el culpable, es el encargado de encaminar el debate así como de mantener la moderación de los interrogatorios. Es él quien decide qué pruebas y declaraciones pueden ser presentadas y tomadas en cuenta por el jurado. Si es que no hubiese un jurado encargado de determinar la culpabilidad o no del procesado, sería el juez el que llevaría a cabo esta labor, tal como lo hacen sus pares pertenecientes a países de tradición del Civil Law. (Fierro-Méndez 2006: 63-64)

  • Posiciones en contra de la permanencia del Jurado

El grado de aceptación que tenía el jurado en los Estados Unidos ya no es el mismo. Muchas personas consideran que esta institución debería dejar de ser empleada para la resolución de casos en materia penal.

Una de las razones por las que existe oposición se debe al gasto que genera mantener a esta institución. Los tribunales pagan una cantidad de dinero a cada miembro del jurado, esta cantidad incluye gastos en alimentos, estancia y transporte, en algunos estados también se incurre en un gasto por el cuidado de los hijos de los miembros del jurado. (Munsterman 2000: 88)

Otra de las razones por las que existen personas en contra de esta institución, se debe a la creciente lista de exenciones respecto a los individuos que conformarán el Jurado (Munsterman 2000: 88). Esta situación transmite la sensación de no ser considerado por todos los ciudadanos una institución a la que se debe acudir de manera obligatoria, ni mucho menos un deber serio (Munsterman 2000: 88).

De las 32 millones de citaciones emitidas anualmente, 4 millones de estas no son entregadas a su destinatario y son devueltas al servicio de correo. 3 millones de personas no están habilitadas para ser parte del jurado debido a que no cuentan con residencia, no son ciudadanos o están condenados por delitos graves. 2 millones de personas están exentas de ser parte de esta institución debido a su participación reciente en la misma o a la profesión estudiada. 3 millones de ciudadanos están exentos debido a problemas médicos o económicos. 8 millones son exentos por el tribunal debido a la cancelación o postergación del proceso. 3 millones de personas no se presentan a prestar su servicio como jurado (Graham 2009: 8)

Son solo 8 millones de personas las que se aproximan a prestar su servicio como jurado, es decir, solo el 25% de norteamericanos responde a la citación judicial (Munsterman 2000: 85), de estas, solo 1,5 millones son seleccionados anualmente como miembros del jurado.

El número aproximado de juicios por jurado anual es de 154 000 (149000 en los tribunales estatales y 5000 en los federales). Del número total de juicios, el 66% corresponde a juicios penales (47% por delitos graves y 19% por delitos menores). El 31% corresponde a juicios civiles y el 4% a otros juicios. (Graham 2009: 6)

Asimismo, los opositores recalcan que la mayor exposición que tienen los miembros del jurado a los comentarios, la presión pública o amenazas (Poder Judicial del Perú 2010: 14), así como su falta de preparación profesional, hace que peligre la seguridad jurídica.

Del mismo modo, los opositores recalcan que el jurado favorece a ricos y famosos cuando estos son juzgados por un delito. Un claro ejemplo de esta situación fue el juicio de Michael Jackson en el año 2005. La mayor parte de los potenciales jurados hacían todo lo posible para ser seleccionados, y muchos de estos actuaban de manera extraña durante el juicio. (Graham 2009: 6)

El jurado absolvió de todos los cargos al famoso cantante; sin embargo, luego de culminado el juicio, dos de ellos aparecieron en un programa de televisión afirmando la culpabilidad de Jackson, por lo que mencionaron su interés en escribir un libro narrando su experiencia. La publicación de libros es una problemática constante en los juicios de famosos; sin embargo, la primera enmienda otorga a los ex miembros del jurado el derecho a la libertad de expresión para escribir y narrar su experiencia con la mayor libertad posible. (Graham 2009: 6)

Es por ello que, pese a ser una institución muy reconocida por la mayoría de la población estadounidense, las críticas respecto a la forma de proceder, continúan. No cabe dudas de que esta institución continuará siendo materia de estudio por ambas posturas.


BIBLIOGRAFÍA

FIERRO-MÉNDEZ, Heliodoro

2006    Sistema procesal penal de EE.UU: Guía elemental para su comprensión. Bogotá́, D.C: Grupo Editorial Ibáñez

“Guía sobre los procesos penales en los Estados Unidos” https://www.oas.org/juridico/mla/sp/usa/sp_usa-int-desc-guide.pdf

GRAHAM, Fred

2009   “Anatomía de un juicio por Jurado”. eJournal USA. Washington DC, 15 julio, pp. 4-12.

QUIROZ SALAZAR, William

2015     El sistema de audiencias en el proceso penal acusatorio. Lima: Instituto    Pacifico.

MONTOYA, Carlos

1982    “El Juez en el Perú”. Derecho PUCP. Lima, número 36, pp. 149-159.

MORALES GODO, Juan

2009    “Discrecionalidad e independencia del juez como base para la reforma judicial en el Perú”. Derecho PUCP. Lima, número 62, pp. 129-142.

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1994    La investigación del delito. Lima: Rhodas S.A

MUNSTERMAN, Thomas

2002    “La realidad del Jurado en los Estados Unidos”. Psicología Política. Virginia, número 20, pp. 85-92.

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2001    “Un científico en la política peruana. Mariano H. Cornejo, la república aristocrática y la patria nueva, 1895-1920”. Revista Complutense de Historia de América. Madrid, número 27, pp. 163-189

PÉREZ CASAVERDE, Javier

2015      Derecho Constitucional y derecho procesal constitucional. Lima: Adrus Editores, pp.341-448.

PODER JUDICIAL DEL PERÚ

Juicio por Jurados: Un Examen desde el derecho comparado. Consulta: 25 de junio del 2017


[1] El Shiregemot era el encargado de ver solucionar conflictos en materia civil. Era considerado por los anglosajones libres como el máximo ente encargado de repartir justicia y defender sus derechos civiles. (349: derecho constitucional y derecho procesal constitucional, Efraín Javier Pérez Casaverde)

[2] Fue el encargado de comunicar y hacer que la voluntad real se cumpla. (Pérez 2015: 385)

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