Los efectos del cambio climático por la acción del ser humano tienen causas y consecuencias globales, por lo que se trata de uno de los principales desafíos que afronta la comunidad internacional. Una de sus principales causas es la emisión de Gases del Efecto Invernadero (GEI) y, por lo tanto, se hacía necesario idear mecanismos multilaterales para reducir estas emisiones. Esto llevó a la elaboración, en 1992, del principal tratado sobre cambio climático: la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC)[1], la cual entró en vigor en 1994 y, a la fecha, cuenta con la adhesión de 195 países. Como señala su artículo 2, su objetivo es “la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático”.
Del 1 al 12 de diciembre se llevará a cabo en nuestra ciudad la COP20. Se trata de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. El artículo 7.2 de la CMNUCC establece que la Conferencia de las Partes es el “órgano supremo” de la Convención y le corresponde examinar su aplicación, tomar decisiones para que ésta sea eficaz, así como negociar nuevos compromisos de las partes que coadyuven a la consecución de los objetivos de este tratado. La Convención establece que las partes tienen «responsabilidades comunes, pero diferenciadas» y es en base a ellas, así como al “carácter específico de sus prioridades nacionales y regionales de desarrollo, de sus objetivos y de sus circunstancias”, que asumen compromisos para lograr la reducción en la emisión de GEI.
Uno de los primeros logros en el marco de la CMNUCC fue la firma del Protocolo de Kioto[2] durante la COP3 en 1997. En este protocolo se estableció como meta la reducción a nivel global en 5% de las emisiones de GEI en el periodo de 2008 al 2012 en comparación con las emisiones de 1990. Esto no implica que cada país deba reducir sus emisiones en 5%, sino que cada país que ratifica el protocolo tiene sus propios porcentajes de reducción. Sin embargo, ya desde aquí se pudo observar que muchos de los países desarrollados son renuentes a comprometerse, pues estiman que las acciones necesarias para frenar el cambio climático afectarán sus economías. Así, tenemos que el Protocolo de Kioto recién entró en vigencia en el 2005, pues para ello era necesario que sea ratificado por al menos 55 partes de la CMNUCC (entre las que se debía incluir a países industrializados cuyas emisiones totales representen el 55% del total de emisiones de dióxido de carbono en 1990)[3]. Esto recién se logró tras la ratificación de Rusia, en octubre de 2004[4]. Además, el principal emisor de GEI, Estados Unidos, no ha ratificado el Protocolo de Kioto.
Estos hechos hicieron evidente la necesidad de lograr un nuevo acuerdo sobre el cambio climático. En ese sentido, durante la COP17 se estableció la “Plataforma de Durban para la Acción Reforzada”[5] y se dio inicio a un proceso encaminado a lograr este acuerdo en el año 2015, de modo que entre en aplicación en el año 2020. La urgencia de este nuevo acuerdo se hizo manifiesta en la COP18, en la cual se ratificó el segundo período de vigencia del Protocolo de Kioto hasta el año 2020, pero esta prórroga no fue respaldada por países industrializados como Rusia, Japón y Canadá[6] (descontando, además, a Estados Unidos que, como ya se ha señalado, no ratificó el protocolo).
En este escenario, la COP20 se presenta como una reunión en la cual se deberán delinear los principales elementos que tendrá el acuerdo climático que deberá ser aprobado en la COP21 de París; lo que ocurra en los próximos días será fundamental para ello. Entre los principales objetivos de la COP20 está el establecimiento de los planes de acción de los países para alcanzar las metas globales, los mecanismos para supervisar su cumplimiento y el financiamiento del Fondo Verde para el Clima que permita su implementación[7]. Con todo ello, se busca que el borrador del Acuerdo de París incluya también acciones conjuntas que trasciendan el control en la emisión de GEI y se pase a transformar modelos económicos, de modo estos promuevan el desarrollo sostenible. Hechos como el reciente acuerdo entre China y Estados Unidos[8] nos permiten mirar con optimismo lo que ocurrirá en la COP20.
A manera de cierre, podemos señalar que el hecho de que un evento tan importante -por el impacto que tendrá para el futuro del planeta- se lleve a cabo en nuestro país ha traído la atención de la prensa. Sin embargo, ello también debe llamar nuestra atención sobre otros hechos que vienen ocurriendo en nuestro país y no reciben la misma atención por estos días o, inclusive, son señalados por la prensa extranjera antes que por la local. Entre ellos tenemos la deforestación de la selva[9], la reciente flexibilización en materia ambiental como parte de un paquete para reactivar la economía[10], la catalogación de nuestro país como uno de los más peligrosos para defensores del ambiente[11] y el incendio en los Pantanos de Villa[12] -un área natural protegida- a sólo días del inicio de la COP20. Todo ello nos debe llevar a una mirada más crítica en la cual analicemos cuáles son los compromisos ambientales que debe asumir el Perú, más aún cuando, debido a su diversidad biológica, es uno de los países más vulnerables a los efectos del cambio climático.
[1] http://unfccc.int/resource/docs/convkp/convsp.pdf
[2] http://unfccc.int/resource/docs/convkp/kpspan.pdf
[3] El artículo 25.1 del Protocolo de Kioto establece que “El presente Protocolo entrará en vigor al nonagésimo día contado desde la fecha en que hayan depositado sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión no menos de 55 Partes en la Convención, entre las que se cuenten Partes del anexo I cuyas emisiones totales representen por lo menos el 55% del total de las emisiones de dióxido de carbono de las Partes del anexo I correspondiente a 1990.” En el Anexo I se incluye a países industrializados o “en proceso de transición hacia una economía de mercado”.
[4] http://unfccc.int/files/kyoto_protocol/status_of_ratification/application/pdf/kp_ratification.pdf
[5] http://unfccc.int/portal_espanol/newsletter/items/6753.php
[6] http://www.publico.es/447061/doha-prorroga-el-protocolo-de-kioto-hasta-el-ano-2020
[7] http://gestion.pe/economia/cop-20-cinco-objetivos-que-marcaran-exito-cumbre-lima-2115088
[8] http://gestion.pe/politica/cambio-climatico-acuerdo-entre-china-y-eeuu-2113670
[9] http://www.larepublica.pe/28-10-2013/deforestacion-por-mineria-ilegal-se-triplica-en-selva-peruana
[10] https://ius360.com/editorial/reformas-en-materia-ambiental-flexibilizacion-por-un-peru-mejor/
[11] http://www.nytimes.com/2014/11/28/opinion/in-peru-a-fight-over-land-rights.html
[12] http://www.larepublica.pe/28-11-2014/incendio-se-registra-en-los-pantanos-de-villa
