El pasado 16 de febrero, a través de la Resolución Administrativa No. 023-2012-CE-PJ, se aprobó el calendario de implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (en adelante, “la NLPT”) en los distritos judiciales de Lima. En dicha resolución, se dispone que en el distrito judicial de Lima Sur, la NLPT empezará a regir desde el 2 de julio de 2012 y en el distrito judicial de Lima desde el 5 de noviembre del mismo. En consecuencia, para fines de este año, la NLPT será aplicable en todos los distritos judiciales de Lima.
La implementación de la NLPT supone, como bien lo han señalado distintos abogados especialistas en la materia, un cambio significativo en la manera en la que hasta hoy se ha estructurado el proceso laboral. La característica principal que marca la diferencia es la oralidad, la cual surge a fin de cumplir con otros dos principios procesales: la celeridad y la economía procesal.
No obstante, existen posiciones encontradas respecto a la NLPT. Por un lado, un sector señala que la norma es totalmente adecuada y que ello se ve reflejado en los distritos judiciales en los cuales ya se viene aplicando la NLPT –por ejemplo, en Cusco, Ica, Trujillo-, pues el tiempo promedio de un proceso laboral con la NLPT es de un año y medio, a diferencia de los cerca de seis años que dura un proceso con la antigua Ley Procesal del Trabajo.
Por otro lado, otro sector considera que si bien la NLPT tiene como objetivo dotar de mayor rapidez al proceso, a fin de resolver una controversia laboral en el menor tiempo posible, algunas de sus disposiciones no son del todo correctas, llegándose a mencionar que se establece una presunción de laboralidad extrema que genera una carga de la prueba muy dificultosa para las entidades empleadoras y que inclusive se llegaría al extremo de imponerse una presunción de que cualquier prestación de servicios es de orden laboral.
Es por ello que, estando tan próxima la implementación de la NLPT en Lima, resulta de importante trascendencia analizar los aciertos y desaciertos de dicha norma. Por tal motivo, en esta oportunidad, IUS ET VERITAS les recomienda la lectura de dos valiosos artículos, que abordan los aspectos más importantes del nuevo proceso laboral.
El primero de ellos es del doctor Germán Lora, quien realiza una aguda crítica al nuevo modelo del proceso laboral, y; el segundo es una Mesa Redonda en la que participaron los doctores Hugo Fernández Brignoni, Fanny Ramírez Araqui y Mario Pasco Cosmópolis, la cual recopila las opiniones de estos tres especialistas en la materia, quienes exponen cuáles son los retos del nuevo proceso laboral. Estamos convencidos que con la lectura de los mismos nos encontraremos mucho más preparados al momento de que todos los distritos judiciales en Lima adopten la NLPT. Esperamos que sean de su agrado.
Referencias bibliográficas
LORA ALVAREZ, Germán. “La desigualdad de la relación laboral y su impacto en el proceso. A propósito de la entrada en vigencia de la Nueva Ley Procesal del Trabajo”. En: IUS ET VERITAS. Año XXI. No. 41. Lima: Asociación Civil IUS ET VERITAS, Enero 2011.
Mesa Redonda con FERNÁNDEZ BRIGNONI, Hugo, RAMÍREZ ARAQUE, Fanny y PASCO COSMÓPOLIS, Mario. “Los retos del nuevo proceso laboral”. En: IUS ET VERITAS. Año XXI. No. 40. Lima: Asociación Civil IUS ET VERITAS, julio 2010.