IUS360 – El portal jurídico de IUS ET VERITAS

Escrito por Gustavo Zambrano Chávez[1]

¿A nadie le interesa el tema PIACI? Parece duro preguntarlo así. Pero es una duda de la que quiero hablar.

Recientemente se aprobó en la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuano, Ambiente y Ecología del Congreso de la República un dictamen favorable sobre una propuesta de ley para modificar la aun vigente Ley 28736, Ley para la protección de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial PIACI, o Ley PIACI. Para la aprobación de la propuesta, el debate se centró en la necesidad de modificar el artículo 5 inciso c)[2] de la mencionada ley. Con ello se busca -principalmente-pasar de una situación de intangibilidad relativa a una de intangibilidad absoluta para las Reservas Indígenas que el Estado crea, espacios territoriales destinados para garantizar las condiciones de vida de los PIACI que ahí habitan. No cabe duda la importancia del cambio, tomando en cuenta que tarde o temprano la balanza se inclinará hacia la intangibilidad absoluta; basta con solo ver de qué manera se viene realizando el debate internacional en los órganos de los sistemas de protección de derechos humanos, para encontrar visos de que ello ocurrirá pronto. Pero como parte de este escenario de incidencia, se exhibieron una serie de cuestionamientos -de todo tipo- sobre la manera cómo se vienen garantizando los derechos de estos pueblos. La estrategia se basa en la desconfianza: cuestionar cualquier actuación estatal, en quien además no hay que confiar de origen, para en base a ello conseguir la modificación. A pesar de los avances, estos no son reconocidos, y el debate en materia de PIACI termina generando posicionamientos que se confrontan y que no permiten alcanzar puntos de acuerdo mínimo.

El punto es que este debate, que no es nuevo, termina polarizando -más- la relación entre una parte de la actuación estatal y los reclamos de organizaciones indígenas y de sociedad civil. Y es que en materia de PIACI ha quedado claro que no existe el punto medio. Por un lado los ataques, por el otro la defensa. Pareciera que cualquier cosa que se haga desde el Estado, está mal. Ello sostenido en desconfianzas históricas, pero también en la limitada capacidad de respuesta estatal que se ha demostrado en varias oportunidades, y la poca propuesta técnica y concreta de gestión por el otro lado, que no se limitan para nada a un solo sector. El punto es que debido a este escenario de posiciones tan poco dialogantes, no se alcanzan propuestas viables: los discursos que aparecen se basan en todo lo que se proponga está mal, donde el espíritu es que la única propuesta válida es la mía; solo hay una salida y una respuesta, no hay equilibrio, lo cual no permite tener margen de negociación. Pero el escenario se complementa además cuando al aceptar esa única propuesta, se pregunta luego cómo se hace, frente a lo cual no hay respuesta, o solo una frase acompaña, ese es tu problema, ya no el mío. En este tira y afloja no se puede avanzar, ya que no existe una mirada de equipo (ni que decir país), solo es buscar que el otro pierda (que suele significar iniciarle algún proceso).

Esta situación puede ser percibida fácilmente, y es parte de la razón de los retrasos que existen. Pero podemos mencionar otros. Cierto es que en materia de PIACI se habla tanto de garantizar derechos (lo jurídico), como de entender a estos pueblos y sus condiciones de vida (lo antropológico). Pero para garantizar ambos lo que se requiere es un cambio en el abordaje, o al menos complementarlo. No se puede avanzar si es que no se tiene claro una mirada de gestión. En ese sentido es necesario tener en cuenta dos cosas.

Lo primero es que no se puede seguir abordando el tema PIACI solo desde el discurso normativo. Necesitamos reenfocarnos para saber cómo atender a esta población. Estamos frente al siguiente paso, al próximo nivel. ¿Cuál es? Debemos pensar desde un enfoque socioterritorial, una mirada del espacio amazónico, que no se quede solo en garantizar derechos, sino que pueda dar el salto a cómo entender el territorio en su integralidad e interacción social, cultural, política, geográfica, ambiental. Es la necesidad de revisar la manera cómo y desde dónde se trabaja el tema PIACI y considerar si ese enfoque o mirada ha sido y es suficiente. Ello refiere revisar desde dónde se hacen las propuestas, pero también la viabilidad de las mismas; y sobre la base de ello, reformar.

Lo segundo, sostenido en lo anterior, el modelo institucional que tenemos actualmente es insuficiente para abordar la problemática de los PIACI. Ello pasa por cambios drásticos y reales. Es necesario construir una unidad técnico – administrativa que tenga real capacidad de actuación y respuesta en esta materia. El modelo actual de gestión que se encuentra arrinconado en el Ministerio de Cultura es insuficiente. Ya no se puede seguir sosteniendo el manejo de cerca de 7 millones de hectáreas de la Amazonía donde viven los PIACI,[3] en un modelo organizativo que no resulta adecuado para esta realidad. Quienes pensaron que ese era el modelo, no conocían del tema; funcionó para lo suficiente que se ha hecho, pero ahora estamos viendo la imperiosa necesidad de reformarlo, ya que esa mirada reducida de la realidad PIACI es la que no permite seguir para adelante. No deja de ser un tema de personas; pero, es un tema de contar con un organismo público, una autoridad técnico – normativa e independiente, con suficiente mirada técnica, logística, con presupuesto, y capacidad operativa de carácter nacional y descentralizada para atender esta realidad desde los estándares internacionales en materia de PIACI. Debe contar con cierto grado de autonomía, pero sobre todo que sea el brazo técnico que articule todo lo que debe hacerse desde el ente rector. Una opción es contar con un Programa para PIACI.[4]

La agenda en materia PIACI es amplísima, y pareciera que cada vez que se quiere hacer algo, aparecen grandes dificultades. La institución no tiene capacidad real, el enfoque debe ser revisado, y el escenario donde esto se mueve está representado por el ataque desenfrenado. El resultado -entre otros- es que hay cada vez menos personas interesadas en trabajar el tema PIACI en el Estado; hacerlo es casi una sentencia de ostracismo, ya que se ha generado una imagen del sector que termina por afectar cualquier interés o iniciativa. Ello además se presenta en el resto del aparato público: se ve el tema PIACI como un tema complicado, difícil, que hace bulla; y muchas personas pensando desde lo político, no quieren abordar un tema que les complique la existencia, que lo vea el que sigue, se escucha en los pasillos. Por ello es que el tema PIACI, ¿interesa? Y ello repercute en no cambiar el enfoque, no pensar fuera de la caja y la zona de confort para realmente tener una entidad que sea capaz de responder a la dimensión del problema, y sobre todo, mantener oficinas que sirven de porfiado.

Lo que se necesita es volver a generar interés en el tema. Se pueden adecuar las reservas, se puede hacer operativo el régimen transectorial, se puede contar con una política en la materia, se puede hacer efectivo el régimen sancionador, se puede tener puestos de control armados y operativos, se pueden tener proyectos de inversión PIACI, se puede tener una mirada desde las regiones con participación de organizaciones indígenas, se puede articular con las autoridades para detener el avance de prácticas ilegales, se puede tener apoyo de la cooperación internacional, etc. Todo si se puede, pero la capacidad estatal instalada el día de hoy no tiene el apoyo de nadie como para poder avanzar más. Y sin apoyo político y sustento técnico, la cosa seguirá igual. Cual es la sugerencia, generar real interés sostenido en propuestas que se construyan sobre la base de evidencia, propuestas técnicas que sean viables y que sean el justo punto medio, y no la búsqueda por hacer que el otro tropiece, propuestas que además permitan consolidar una figura institucional nueva que en efecto pueda responder a la situación de los PIACI. Caso contrario, el tema seguirá sin generar el debido interés, y finalmente ello afectará como siempre, a los invisibles, en este caso los PIACI del país, los y las más vulnerables de entre los pueblos indígenas del país.

[1] Quiero agradecer a Augusto Arrasco por sus gentiles y precisos comentarios para la redacción de esta nota.

[2] Ley 28736
Artículo 5.- Carácter intangible de las reservas indígenas Las reservas indígenas para los pueblos indígenas en situación de aislamiento o de contacto inicial son intangibles en tanto mantengan la calidad de tales. En ellas:
a) No podrán establecerse asentamientos poblacionales distintos a los de los pueblos indígenas que habitan en su interior;
b) Se prohíbe la realización de cualquier actividad distinta a la de los usos y costumbres ancestrales de los habitantes indígenas;
c) No se otorgarán derechos que impliquen el aprovechamiento de recursos naturales, salvo el que con fines de subsistencia realicen los pueblos que las habiten y aquellos que permitan su aprovechamiento mediante métodos que no afecten los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial, y siempre que lo permita el correspondiente estudio ambiental. En caso de ubicarse un recurso natural susceptible de aprovechamiento cuya explotación resulte de necesidad pública para el Estado, se procederá de acuerdo a ley.

[3] Las reservas ya creadas representan 2.8 millones de hectáreas (2.2.% del territorio nacional), y las solicitudes de reservas suman 4.2 millones de herctáreas (3.3% del territorio nacional). Esos 7 millones de hectáreas, a lo que habría que sumar lugares donde hay presencia de PIACI que no son si reservas ni solicitudes, como algunas ANP, representan el 5.5% del territorio nacional. Para más detalle ver los cuadros anexos.

[4] Decreto Supremo 54-2018-PCM Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado (18.05.18)
Artículo 17.- Programas
17.1 Un programa es una forma de organización sin personería jurídica que adopta una entidad para resolver un problema, una situación crítica o implementar una política específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenece.
17.2 Cuenta con ámbito de competencia para adoptar decisiones técnicas vinculadas al seguimiento y evaluación, mejora de procesos, emisión de normas técnicas, entre otras de similar naturaleza.
17.3 Sólo por excepción, cuando se prevé que la misión es de tipo permanente o que la intervención a desarrollar para dar solución al problema o situación crítica es de largo plazo, la creación de un programa conlleva a la formación de un órgano o unidad orgánica en una entidad. Asimismo, excepcionalmente su creación implica la creación de una categoría presupuestal.
17.4 Cuentan con una estructura funcional que se desarrolla en un Manual de Operaciones y se representa mediante un organigrama.

ANEXOS

RESERVAS INDÍGENAS Y RESERVAS TERRITORIALES

SOLICITUD DE RESERVAS INDÍGENAS

 

Deja una Respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Copyright © 2025 - IUS 360 | Todos los Derechos Reservados | Diseño por: CYBERNOVA