En el marco de la celebración de la semana temática «Minería, energía e hidrocarburos», un evento colaborativo entre los portales jurídicos de Conexión Ambiental del Equipo de Derecho Ambiental e IUS 360 de Ius Et Veritas de la Pontificia Universidad Católica del Perú, se llevó a cabo una entrevista realizada por Silvana Domínguez, miembro del Consejo Editorial de Conexión Ambiental, a una especialista en el campo de energía e hidrocarburos.
En esta ocasión, tenemos el placer de contar con la presencia de Daniela García Belaunde, abogada graduada de la Pontificia Universidad Católica del Perú y con una maestría en Derecho de la Empresa por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. En la actualidad, es socia del Área de Recursos Naturales: Energía e Hidrocarburos de la prestigiosa firma de abogados «Rubio, Leguia, Normand & Asociados», y posee una amplia experiencia en la asesoría legal y estratégica en la solución e impugnación de controversias en el sector eléctrico, así como en procesos de licitación de contratación de potencia y energía.
INTRODUCCIÓN
Esta entrevista tiene por finalidad ahondar en el estudio del sistema de precios del sector eléctrico vigente en el Perú. Este tema es de suma importancia porque nos permite comprender el funcionamiento del sistema eléctrico y la regulación tarifaria respectiva, lo que a su vez es primordial para la toma de decisiones y la implementación de políticas públicas en el sector energético.
Además, el conocimiento de la regulación tarifaria en el sector eléctrico es relevante tanto para los consumidores finales como para los agentes económicos que participan en la generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, pues permite comprender el aspecto de los costos asociados y los precios que se deben pagar por el servicio eléctrico.
Así, se pretende concretar una comprensión completa y actualizada del marco regulatorio del sector eléctrico, lo que permite tomar decisiones informadas, promover la eficiencia en la prestación del servicio eléctrico y contribuir al desarrollo sostenible del país.
Dicho ello, se comentarán concisa y brevemente aspectos centrales del Sistema de precios del sector eléctrico. En el caso del Perú, la regulación del sector eléctrico está a cargo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), entidad encargada de supervisar, regular y controlar las actividades del sector energético y minero del país.
Entre las regulaciones más importantes del sector eléctrico en Perú, resaltan las tarifas eléctricas, que son fijadas por OSINERGMIN para cada periodo tarifario y que abarca los precios en barra y los peajes de transmisión y distribución. Estos precios son establecidos con el objetivo de garantizar un suministro eléctrico eficiente, sostenible y a precios justos para los consumidores.
De igual manera, cabe precisar que el sector eléctrico peruano ha experimentado un gran crecimiento en los últimos años, especialmente en el ámbito de la generación de energía renovable, lo que ha permitido una diversificación de la matriz energética y una mayor independencia de los combustibles fósiles. También, el sector eléctrico peruano ha incorporado diversas medidas para garantizar la seguridad del suministro eléctrico y para mejorar la eficiencia energética en el país.
A continuación, se procederá al desarrollo de la entrevista con la experta en la materia Daniela García Belaunde. En este proceso, se plantearán diversas preguntas de interés sobre el sistema de precios y regulación tarifaria del sector eléctrico en Perú, y se complementarán con las respuestas obtenidas.
PRIMERA PREGUNTA: ¿Cómo se fijan los precios en las actividades de la industria eléctrica?
Las actividades eléctricas se dividen en tres categorías: generación, transmisión y distribución. La generación es una actividad que está sujeta a la oferta y demanda, y cuyos precios son iguales a los costos marginales, los cuales se fijan en función del costo variable de la unidad generadora más cara que haya sido ordenada a despachar en un momento determinado por el COES.
Los costos marginales tienen un impacto directo en el mercado eléctrico de corto plazo, que se define como el lugar físico donde los generadores compran y venden principalmente dos productos: (i) energía, que se entiende como la producción real de electricidad, y (ii) potencia, que se refiere a la capacidad disponible de la central ante el sistema. Todo esto se efectúa para satisfacer la demanda comprometida con sus clientes.
Para determinar el precio que debe pagar el usuario regulado, el OSINERGMIN establece el Precio a Nivel Generación de acuerdo con el promedio de los precios resultantes de los contratos suscritos entre las distribuidoras y generadores, ya sea como resultado de una licitación o no. Este precio no puede diferir en más de diez por ciento (10%) del Precio en Barra, que también es fijado por el OSINERGMIN.
Por otro lado, las actividades de transmisión y distribución son monopolios naturales, y sus precios son determinados administrativamente por el OSINERGMIN. El precio se basa en la remuneración de la inversión y los costos de operación y mantenimiento de una empresa eficiente, utilizando el modelo de regulación por comparación o Yardstick Competition.
Respecto a la transmisión, OSINERGMIN es quien establece los peajes y compensaciones correspondientes a cada titular de transmisión, así como las fórmulas de reajuste que deberá pagar tanto la generación como la demanda para el uso de las instalaciones, sean pertenecientes al Sistema Garantizado o Principal de Transmisión, o al Sistema Secundario o Complementario de Transmisión.
En cuanto a la distribución, OSINERGMIN define el Valor Agregado de Distribución que deben pagar los usuarios dentro de la zona de concesión de cada empresa de distribución. Para ello, elabora un estudio de costos que considera los sistemas eléctricos agrupados por sectores típicos que conforman dicha zona, y que reconoce los costos de inversión, operación y mantenimiento para cada empresa de distribución.
En último lugar, OSINERGMIN dispone de otros cargos que deben ser pagados, sean estos libres o regulados, según corresponda, y que son incluidos en su factura. Estos cargos incluyen el Cargo de Electrificación Rural, FOSE y FISE (este último solo aplicable para usuarios libres). Cabe resaltar que, estos cargos están destinados a la ejecución de políticas orientadas a la masificación del gas natural y acceso universal al servicio público de electricidad, entre otros objetivos.
SEGUNDA PREGUNTA: ¿Cuál es la relevancia de la racionalidad del Sistema de Precios?
La racionalidad del sistema de precios en los mercados es un aspecto relevante que garantiza su funcionamiento eficiente. En particular, en el mercado eléctrico, la fijación idónea de los precios es fundamental para que reflejen los costos reales de producción, inversión y mantenimiento, así como los niveles de demanda, de tal forma que se logre consolidar una asignación eficiente de los recursos y se generen señales adecuadas de inversión.
La eficiente asignación de recursos y la innovación en tecnología y operación son importantes aspectos que resultan de la fijación adecuada de precioso en el mercado eléctrico. Una correcta asignación de precios promueve una mayor eficiencia en la utilización de los recursos, así como un uso adecuado y eficiente de las instalaciones.
Asimismo, la fijación de precios adecuada tiene un impacto en las decisiones que toman tanto los productores como los consumidores. En caso de existir precios más elevados en el mercado, los productores estarán más interesados en incrementar su nivel de producción, mientras que los consumidores buscarán soluciones de eficiencia energética y comprar precios con otros proveedores para reducir su consumo y mantener expectativas razonables sobre los precios a futuro.
De esta forma, tanto los productores como los consumidores tomarán decisiones adecuadas acerca de su nivel y tipo de producción y consumo. Dado que, en caso existan precios más elevados en el mercado, los productores se mostrarán más interesados en incrementar su nivel de producción, en tanto los consumidores buscarán soluciones de eficiencia energética, que les permita reducir su consumo, comparar precios con otros proveedores, así como mantener expectativas razonables sobre los precios a futuro.
TERCERA PREGUNTA: ¿Qué debe entenderse por precios libres y regulados?
Dentro del mercado eléctrico, es posible distinguir entre dos tipos de consumidores: aquellos que se encuentran regulados y aquellos que son considerados libres. En cuanto a los consumidores regulados, se trata de aquellos que registran un consumo igual o menor a los 200 kW y que, en consecuencia, deben pagar un precio regulado que es establecido por la autoridad administrativa encargada del sector, OSINERGMIN. Dicha tarifa regulada comprende todas aquellas actividades que están involucradas en la prestación del servicio público de electricidad al usuario final. En este sentido, para formalizar dicho acuerdo, los consumidores regulados suscriben un contrato con la distribuidora eléctrica que corresponda, con la tarifa que ha sido establecida por OSINERGMIN.
Para la fijación de la tarifa regulada, OSINERGMIN considera tres componentes fundamentales: el Precio de Nivel de Generación, los peajes de transmisión y el Valor Agregado de Distribución (VAD), los cuales remuneran las actividades de generación, transmisión y distribución, respectivamente.
Por otra parte, se encuentran los consumidores libres, los cuales son aquellos usuarios cuyo consumo de energía eléctrica oscila entre los 200 kW y 2500 kW, y que optan por dicha condición, así como aquellos cuya máxima demanda anual supere los 2500 kW. En este caso, los consumidores libres negocian libremente con el suministrador de su preferencia los precios de energía y potencia (precios libres). Para ello, deben considerar obligatoriamente la separación de los precios de generación acordados a nivel de la barra de referencia de generación y las tarifas de transmisión y distribución, que son tarifas fijadas por el OSINERGMIN.
En consecuencia, es posible afirmar que tanto los precios libres como los regulados dependen del tipo de consumidor y su consumo máximo de energía.
CUARTA PREGUNTA: ¿Cuáles son las tarifas en Generación, Transmisión y Distribución?
Las tarifas correspondientes a las actividades de Generación, Transmisión y Distribución en el sector eléctrico son establecidas mediante la aplicación de distintas metodologías y factores. Con excepción del Precio a Nivel de Generación, las tarifas de transmisión y de distribución se determinan en función del tipo de instalación, su clasificación, la asignación de responsabilidad de pago, la demanda, entre otros aspectos relevantes. Para conocer las tarifas que corresponden al usuario final, es necesario revisar las Resoluciones emitidas por el OSINERGMIN, las cuales regulan y actualizan dichas tarifas para el periodo tarifario respectivo.
En relación a ello, las tarifas son precisadas por el OSINERGMIN bajo el marco del “Procedimiento para Fijación de Precios Regulados”, el cual fue aprobado por la Resolución N°080-2012-OS/CD.
Cabe destacar que la actividad de generación se desarrolla en un mercado competitivo, donde los generadores y distribuidores acuerdan los precios a pagar por suministro de potencia y energía para el mercado regulado. No obstante, el Precio a Nivel de Generación, que se traslada al usuario regulado, es determinado por OSINERGMIN en base al promedio ponderado de los precios resultantes de los contratos suscritos entre los generadores y distribuidores. Cómo se ha mencionado anteriormente, dicho precio es aprobado trimestralmente y se encuentra establecido en la Resolución Nº 015-2023-OS/CD correspondiente al trimestre febrero-abril de 2023.
Los valores unitarios de los peajes del Sistema Principal, así como del Sistema Garantizado de Transmisión, son establecidos anualmente por cada titular de transmisión y se encuentran vigentes desde el 01 de mayo hasta el 30 de abril del siguiente año tarifario. La determinación de los Precio en Barra y sus fórmulas de actualización son fijadas conjuntamente con los cargos tarifarios mediante Resolución N° 057-2022-OS/CD, que ha sido modificada por la Resolución N° 129-2022-OS/CD y se aplican al periodo comprendido entre el 01 de mayo de 2022 y el 30 de abril de 2023.
Por otra parte, los peajes y compensaciones del Sistema Secundario y Complementario de Transmisión son establecidos cada 4 años sobre la base del Costo Medio Anual de las instalaciones. El cálculo del peaje único se realiza para cada área y nivel de tensión, considerando la demanda de dicha área durante un periodo no menor de cuatro años. La última fijación de tarifas ha sido aprobada mediante la Resolución N° 070-2021-OS/CD, correspondiente al período 2021-2025.
En lo que respecta a la distribución, también existe un precio regulado denominado el Valor Agregado de Distribución, que es fijado por OSINERGMIN y se encuentra vigente durante un periodo de cuatro (4) años. Este valor es determinado para cada empresa de distribución a partir del estudio de costos de la totalidad de sus sistemas eléctricos agrupados por sector típico de distribución y considerando la máxima demanda total del sistema de distribución. La última fijación de tarifas ha sido aprobada mediante la Resolución N° 189-2022-OS/CD, que ha sido modificada por la Resolución N° 224-2022-OS/CD y se encuentra en vigencia para el período 2022-2026.
CONCLUSIONES
Sin lugar a dudas, la regulación tarifaria es una herramienta fundamental en la industria eléctrica de cualquier país, dado que permite establecer un marco de referencia que garantiza la rentabilidad de las empresas del sector y al mismo tiempo protege los intereses de los usuarios. En este mismo sentido, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) tiene la importante tarea de regular los precios de la generación, transmisión y distribución de electricidad en Perú.
Para cumplir con su misión, OSINERGMIN emplea diferentes metodologías y factores para la determinación de las tarifas de generación, transmisión y distribución, según corresponda. En el caso de la generación, el mercado es competitivo y existe libertad de precios, pero el Precio Nivel de Generación es determinado por OSINERGMIN. Por su parte, los valores unitarios de los peajes del Sistema Principal y del Sistema Garantizado de Transmisión, así como los cargos tarifarios, son fijados anualmente y vigentes desde el 01 de mayo hasta el 30 de abril del año siguiente. Mientras que, los peajes y compensaciones para el Sistema Secundario y Complementario de Transmisión se fijan cada cuatro años sobre la base del Costo Medio Anual de las instalaciones.
De igual manera, respecto a la distribución, OSINERGMIN regula el Valor Agregado de Distribución, el cual tendrá una vigencia de cuatro (4) años y será determinado para cada empresa de distribución, a partir del estudio de costos de la totalidad de sus sistemas eléctricos agrupados por sector típico de distribución y considerando la máxima demanda total del sistema de distribución.
En síntesis, la regulación tarifaria del sector eléctrico es un tema complejo que demanda de la participación de diversas instituciones y profesionales especializados. En Perú, OSINERGMIN desempeña un papel fundamental en la fijación de los precios de generación, transmisión y distribución de electricidad, y su labor es de prioridad para garantizar la rentabilidad de las empresas del sector, de modo que se protejan los intereses de los usuarios.