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Entrevista a César Delgado Barreto sobre el escenario luego del fallo del corte de la Haya

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Entrevista realizada por Luis Mena a César Delgado Barreto sobre el escenario que se presenta luego de emitida la sentencia de la Corte de la Haya sobre el diferendo marítimo entre Perú y Chile. 

IUS 360: ¿Cuáles son sus impresiones después del fallo?

Mi impresión es positiva en la medida que estamos cerrando las cuestiones relativas a la frontera del Perú. Después de haber tenido los problemas con el Ecuador y firmado la paz con el Ecuador – lo que fue en realidad uno de los puntos más importantes de la política exterior en que tuvo un papel preponderante un profesor nuestro: el doctor Trazegnies que era Canciller de la República – quedaba pendiente el tema marítimo con Chile. Era un tema que se encontraba pendiente y que habíamos tratado nosotros de resolverlo en base a conversaciones, sin embargo la posición chilena era clara: no hay nada que discutir, existe un tratado, y en consecuencia si ustedes quieren, vayan a La Haya. Nosotros, como ellos no querían discutir, fuimos a La Haya. Claro, después consideraron que nuestra actitud no era amistosa ¿pero que podíamos hacer? Además esto se encuentra en el marco legal ya que de acuerdo a los convenios internacionales, como el Pacto de Bogotá, si los países no se ponen de acuerdo lo que se debe hacer es ir a la máxima autoridad jurisdiccional de las naciones unidas que es la Corte Internacional de Justicia.

Ahora bien, es un punto interesante recordar el artículo 38° del estatuto de la Corte. Este se refiere a cuál es la jerarquía de las fuentes y con ello a cómo debe fallar la Corte. En este sentido, la Corte debe fallar en primer lugar en base a tratados o convenios internacionales. En segundo lugar en base a la costumbre. En tercer lugar en base a los principios generales del Derecho. También puede utilizar como fuete subsidiaria la jurisprudencia, pero añade que esto tiene que hacerse de acuerdo con el artículo 59° del estatuto, el cual señala que la sentencia solo es obligatoria para el caso sub iudice, no es vinculante. Claro, se supone que ante la misma razón existe el mismo derecho; sin embargo la Corte no está obligada a fallar de la misma manera. Por último, dice que si las partes acuerdan la corte puede resolver en equidad ex aequo et bono, buscando lo que es justo. Ahora, hay un punto que no me parece muy lógico. Acabamos de hablar sobre las fuentes del Derecho en el Estatuto de la Corte y decíamos que las principales son los tratados. La Corte dice que la declaración de Santiago de 1952 no es un tratado. La corte dice que la delimitación marítima de 1954 tampoco es un tratado. Pero se fija la frontera y se le da las 80 primeras millas y las 120 restantes en base a qué, si no hay tratado. Claro, ellos dicen que hay un acuerdo tácito. El acuerdo tácito se basa en que esa zona ha tenido el utipossidetis Chile. En base a eso la Corte ha resuelto salomónicamente. Yo creo que este  es un punto jurídicamente y lógicamente discutible. ¿Puede haber frontera sin tratado?

IUS 360: Hay algunos temas que parecen haber quedado pendientes. ¿Considera esto usted también así?

En efecto los hay. Sin embargo, los temas pendientes son en realidad bastantes pequeños en comparación con el problema que ya se ha resuelto. La corte sobre lo principal ya ha tomado una decisión. Lo que se discute ahora es el tema del triángulo terrestre, vale decir, si la frontera comienza en el Punto de Concordia, como nosotros sostenemos, o en el Hito 1, como sostienen los chilenos. Sobre eso la Corte no ha dicho nada porque ha dicho que su problema es resolver el problema marítimo y no terrestre de tal manera que no lo ha tratado. Así que es un tema de debate que todavía puede quedar pendiente. Recordemos que de acuerdo al tratado de 1929 todo problema que se pueda presentar con relación a éste se someterá a un arbitraje obligatorio ante el gobierno de los Estados Unidos. De esta forma, si no nos ponemos de acuerdo habría que ir a donde el presidente Obama para que mediante un arbitraje se resuelva este asunto. Sin embargo, no perdamos de vista que hablamos de 2500 metros de una zona sumamente árida. El otro problema es el del triángulo externo,  que nosotros sostenemos que según la sentencia de la Corte también nos corresponde, mientras que Chile considera que se trata de aguas internacionales.

IUS 360: Frei, el ex presidente chileno, consideró absurdo que el triángulo terrestre sea peruano. ¿Cabe la posibilidad que dicho triangulo terrestre sea chileno?

Como mencioné, eso está en debate. Ellos se basan en que el punto de la frontera marítima se comienza a delimitar desde el Hito 1 y no desde el Punto de Concordia. Pero la misma Corte señala que esto no significa que se está reconociendo que éste es el límite de la frontera terrestre. Es decir, la Corte aclara que son dos cosas que no tienen nada que ver – yo no sé por qué -. Dice la Corte claramente que una cosa es el límite marítimo, y otra cosa el límite terrestre, que no le correspondía tratar.

IUS 360: ¿Debemos firmar la Convención del Mar?

Sí, debemos firmar. Creo que nos hemos atrasado mucho al no haberlo hecho. Debemos recordar que históricamente cuando nuestros gobiernos – el del Perú, Chile y Ecuador – plantearon las 200 millas fue algo totalmente revolucionario. No se admitía, se pensaba que atentaba contra el Derecho Internacional del Mar. Pero poco a poco se fue tomando en cuenta. Claro, se distinguió que en 200 millas no había una soberanía sino un mar patrimonial. En todo caso lo que interesa es el aprovechamiento económico de esta región. Ahora se ha reconocido que en las 200 millas las riquezas que existen en el mar y en subsuelo pertenecen al país que esta adyacente a estas costas.

IUS 360: ¿Han quedado determinadas las delimitaciones de la frontera con Chile?

Como hablábamos, aún queda la discusión sobre el triángulo interno, aunque bien se trata de una cosa mínima. Yo creo que a partir de la resolución de la Corte hemos dado un paso cualitativo muy grande para un trabajo mucho más conjunto de integración, no solo con Chile sino con todos nuestros vecinos. Recordemos una cosa muy importante: La Alianza del Pacífico, en la que intervienen México, Colombia Perú y Chile. Yo creo que este punto debe servirnos para avanzar en el plano de la integración. El mundo va hacia las grandes unidades. Si los alemanes y los franceses han llevado 3 guerras (la Guerra del 70, la Guerra del 14 y la Segunda Guerra Mundial) y han formado la base de la Unión Europea ¿por qué nosotros no hacemos lo mismo? Creo que también es el momento de incorporar a Bolivia. Hay muchas cosas que podemos hacer juntos. Es un problema de equidad que Bolivia salga al mar. Y para eso debemos encontrar la fórmula adecuada. Está la altura del lago Titicaca y la necesidad de Chile por agua; podemos encontrar compensaciones. Nosotros tenemos el gas el cual en lugar de venderlo a México, con todo el dinero que nos cuesta llevarlo allá, se lo podríamos vender a chile. Yo creo que todas esas puertas deben abrirse.

IUS 360: ¿Puede exigirle Chile a Perú que cambie su legislación?

Bueno, cada país es soberano de su legislación. Una ley es una expresión de su soberanía. Indudablemente toda nuestra posición ha estado en base a la Convención del Mar. Buscar la equidistancia, el mar patrimonial y todo esto. Podríamos decir que tal como se sostiene que existe un acuerdo tácito de frontera a pesar de no haber tratado, nosotros tácitamente hemos aceptado la convención del mar. Y si tácitamente la hemos aceptado ¿por qué no la vamos a aceptar expresamente?



Profesor principal de la facultad de Derecho de la PUCP. Abogado por la PUCP. Doctor por la Universidad Complutense de Madrid. Estudios Superiores de Derecho en la Universidad Sorbona de Paris.

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