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Elementos fundamentales para una abnegada reinserción social y laboral | Anthony Romero

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El objeto de nuestro sistema penitenciario nacional consiste, fundamentalmente, en brindar, llevar y otorgar un implementado tratamiento penitenciario acorde a una esperada reeducación, rehabilitación y reincorporación del interno e interna a la sociedad. Es así que, dentro de este proceso, se da la utilización de diversos métodos que tienen que ser brindados por la Administración Penitenciaria, estando entre ellos, los concernientes a la educación y trabajo penitenciario, que cumplen un papel de suma importancia para el objetivo de la reinserción social. En ese sentido, contrastando con la realidad, se pretende plasmar por medio del presente trabajo una visión real, con miras a la solución y mejoramiento de estos ámbitos que son influyentes para el proceso de todo privado o privada de libertad.

I. EDUCACIÓN PENITENCIARIA

De acuerdo a la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, la educación es un instrumento primordial de derechos humanos de América Latina, pese a que no es mencionada específicamente como un derecho. Por otra parte, la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su articulo 26° indica que toda persona tiene derecho a la educación, en ese entendimiento, nuestra Constitución Política busca prevalecer el desarrollo armonioso de todas las facultades del ser humano a través de un Estado que garantice su disposición en la educación de todo ciudadano.

Partiendo de esas premisas, es necesario observar la calidad de vida con la que viven los internos en su estancia de reclusión donde si bien hay varios oficios y servicios que pueden realizar y mantenerse ocupados, ocurre que, aparte de que no todos los internos optan por ello, toda vez que es de carácter opcional, estos oficios y servicios no retroalimentan el nivel de cultura bajísimo, que padecen gran parte de los internos —situación que está comprobada según cifras estadísticas del INPE—, por lo que hace unos 5 años atrás se intentó adicionar un programa educativo para mejorar la calidad de vida y con esto, proveerle de herramientas útiles al interno a su egreso del penal, ya que un gran porcentaje de la población penal resulta ser analfabeta.

Por lo tanto, cabe preguntarse ¿Se realiza y ayuda al interno, en su proceso de tratamiento penitenciario, a tener una adecuada educación?

Ante lo formulado, es necesario enfatizar en dos puntos:

  • Primero, que la intención de la pena privativa de libertad es privar de su libertad al interno, pero muchas veces significa la violación y privación de los Derechos Humanos, incluyendo el Derecho a la Educación.
  • Segundo, que la función y la razón de ser del INPE es administrar penales y amparar las cuestiones de seguridad y tratamiento, más no de las cuestiones de educación, por lo que al ser una institución que depende de un ministerio, éste debe de brindar el apoyo correspondiente para complementar las funciones y los tratamientos que se desarrollen dentro.

En tal sentido, a la fecha, el Ministerio de Educación —en adelante MINEDU—, no se encarga concretamente del proceso educativo de los privados de libertad. Por ejemplo, en la anterior gestión del INPE, en el año 2015 se instó a que el MINEDU asuma las labores educativas en ayuda a esta institución, de la cual, no asumió el factor educación, pero ayudaron bastante, llegándose a implementar el programa de Analfabetismo 0 para contrarrestar la falta de educación que caracteriza a la mayoría de las personas privadas de la libertad y que tienen un nivel trivial de cultura y, por tanto, proclividad al delito —miremos, a manera de ejemplo, la cantidad de internos que purgan condenas por robos agravados[1]— además de la gran cantidad de internos que no tienen secundaria completa, ni primaria completa y un grupo importante, como ya se mencionó, es analfabeto.

I.1. PROGRAMA EDUCATIVO CARCELARIO

Los programas educativos que se ofrece y se brinda en nuestro sistema penitenciario peruano, toma en cuenta la estructura educativa nacional —Educación Inicial, Primaria, Secundaria y Superior— y se organiza en función de una serie de factores compuestos por etapas, niveles, modalidades, ciclos y programas educativos, siempre que estos sean convenientes y exista la correspondiente demanda educativa en los E.P. de las ocho oficinas regionales del país —ya que, en cada recinto carcelario, los internos son distintos—, siendo así que en el caso de los programas de educación carcelaria peruana se divide de la siguiente manera:

En relación con el esquema esbozado, tiene que agregarse la realidad que aqueja a estos programas educativos dados a la interna de los penales, toda vez que en la práctica tienen serias deficiencias debido al escaso presupuesto asignado, y que, por ende, involucra y perjudica al pago del personal, a los espacios e instalaciones que se requieren y, sobre todo, al material pedagógico-instructivo que se demanda, tales como útiles de escritorio, útiles escolares, láminas, fotos, vídeos, libros y en especial, una biblioteca para que los internos puedan enriquecerse —o por lo menos ojear ante la curiosidad que puede despertar—.

Siendo así que, no se puede entrar a sostener que el servicio educativo penitenciario es el adecuado por los siguientes motivos:

  1. Escasa partida presupuestaria para materiales e implementos de pedagogía para la enseñanza en los distintos niveles.
  2. Escaso personal profesional para la enseñanza.
  3. Desactualizadas metodologías para enfrentar óptima e integralmente los desafíos que imperan en la nueva sociedad del conocimiento —por más mínimo que sean—.
  4. Falta de manejo de las nuevas tecnologías y comprensión lectora de la información; es decir, no hay estrategias de enseñanzas y de aprendizaje eficaces por lo que se complica llegar al entendimiento del interno estudiante.
  5. Nivel de abandono por falta de motivación y estímulos para que los internos se inscriban en los programas educativos —menos del 50% de la población penal nacional está inscrita en estos servicios—. Por ejemplo, hasta diciembre del 2019[1] se registró la inscripción de 619 internos en el Nivel 01, 8 351 internos en el Nivel 02, 9 372 internos en el Nivel 03 y 59 internos en el Nivel 04.

En consecuencia, resulta difícil pensar —teóricamente— que estos programas y/o servicios educativos pueden dar una educación y reeducación en un contexto de encierro en el que están sujetos los privados de libertad. Al respecto, Sáez Carrera sostiene que por el contexto pareciera que se trata cuando la lógica discursiva a la que se remiten aparenta reflejar mucho más un deseo que una realidad: «Metas altisonantes, cargadas de retórica y formuladas con un lenguaje trascendental que las hace poco creíbles a la hora de evocarlas[2]».

Aunado a ello, actualmente en las cárceles se encuentran drogodependientes, ladrones, asesinos, traficantes, prostitutas, entre otros y otras más, sujetos que en la mayoría de los casos, ya sea por sus situaciones vividas, por su convivencia con ciertos estereotipos de familiares o porque no se les ha brindado la oportunidad, no han recibido una educación básica antes de su ingreso a un penal como son la lectura o la escritura para poder expresarse con los demás, motivo palpable por el que acarrean carencias educativas y como es de esperarse, culturales, convirtiéndose en uno de los grandes problemas caseros que se dan dentro de las cárceles, lo cual al no tener un buen servicio de programas educativos hace que las intervenciones —centradas, individuales y grupales— resulten complejas, y más aún, al momento de incorporar activamente al interno en la sociedad pues se tiene que lidiar con la situación de que el recluso no choque con el rechazo social.

No obstante, por los estragos mencionados es que se produce la analfabetización donde uno de los principales factores resulta ser la situación económicamente baja —pobre— que padecen los internos, lo que ocasiona que el aprendizaje para leer y escribir puede tomar un tiempo prolongado. Al respecto, ha habido algunos avances significativos en este sector —reducidos pero representativos— como el mencionado Analfabetismo 0, que gracias al trabajo articulado entre instituciones públicas se logró paliar en algo la falta de educación que caracteriza a las personas privadas de libertad e impactar, de cierta forma, en su reinserción social.

Atendiendo a estas consideraciones, concurrentemente, se manifiesta que la educación de las personas adultas en las cárceles debe ir más allá de una mera capacitación, toda vez que la demanda de oportunidades de aprendizajes en los recintos debe abastecerse apropiadamente, porque si bien están sujetos a un encarcelamiento, esto no significa que ello sea una respuesta suficiente al fenómeno de la delincuencia. Ya que, en un mediano o largo plazo —tarde o temprano—, todos los reclusos son puestos en libertad en la sociedad en que han delinquido y dejan de ser delincuentes, siendo entonces que el propósito de estos programas es prepararlos para la participación social al quedar en libertad.

II. TRABAJO PENITENCIARIO

Los estudios sobre materia penitenciaria —y quizá sea de real conocimiento por la opinión pública— han señalado que en un espacio físico delimitado, como resulta el ambiente carcelario, puede presentar y/o potenciar el aspecto físico y mental del interno o interna, ya que se reúnen personas que presentan caracteres diversos que van desde la violencia hasta patologías agravadas por situaciones sociales y/o culturales que han vivenciado; circunstancias a las que éstas personas tienen que enfrentarse en su día a día, sumado a su situación de encarcelamiento y convivencia con las conductas desviadas, los miedos, los odios, la ansiedad y las tensiones.

En efecto, factores que recrudecen y castigan a los reclusos más allá a veces, del propio castigo que la ley impone por la conducta delictual cometida, en ese sentido, uno de los principales servicios carcelarios de mayor importancia es el correspondiente al trabajo al interior de los recintos carcelarios por los siguientes motivos:

  • Previene y evita el deterioro físico y psicológico propio del encarcelamiento.
  • Promueve el sentimiento de valoración como ser humano —como persona—.
  • Impulsa el sentimiento de valoración en su rol productivo.
  • Permite adquirir hábitos y costumbres laborales.
  • Ofrece una posibilidad de ingreso económico para el interno lo que fomenta la autosuficiencia al interior del sistema penitenciario y el aprendizaje de oficios.
  • En base a la idea anterior, permite brindar apoyo económico a la familia del interno.

Resultando entonces que, el aprendizaje, la instrucción y ejercicio de una ocupación es, sin duda, para el recluso, una herramienta positiva, eficaz y, sobre todo, rehabilitadora. En tal sentido, nuestro Código de Ejecución Penal, en su articulo 65° nos expresa que el trabajo penitenciario es considerado un derecho y un deber del interno, que contribuye a su rehabilitación, organizándose y planificándose una aptitud y calificación laboral compatible con la seguridad del E.P.

Siendo así que, el Instituto Nacional Penitenciario, promueve en los diferentes recintos carcelarios, la oportunidad de desarrollar el trabajo a través de una mixtura de actividades laborales de nivel profesional, técnico, artesanal, productivo, artístico y de servicios auxiliares, aquellos que deben ser proporcionados por la Administración Penitenciaria acondicionando adecuados talleres laborales.

Ante ello, es inevitable preguntarse ¿Cómo es la realidad de este sector a la interna de los recintos carcelarios? A pesar del escaso presupuesto que es un problema constante y limitante para esta institución, podemos sostener que ha habido cambios significativos en este rubro de trabajo en pro de la resocialización del interno; toda vez que, el trabajo penitenciario es proporcionado por la Administración del penal a través de la implementación de los talleres laborales al interior de éste, en los que con ayuda y mediante alianzas estratégicas con empresas pequeñas y microempresas se busca habilitar espacios e instrumentos para que los internos e internas puedan realizar sus productos/trabajos —bienes muebles— con costos cada vez más competitivos y en base a esto, poder incentivar y generar confianza para que empresarios privados puedan apostar por sus empresas para que sean instaladas en el INPE.

Al respecto, es necesario mencionar los cambios positivos que ha habido con la entrada y puesta en práctica del programa Cárceles Productivas, aquella política pública decretada con el Decreto Legislativo N° 1344 que ayuda, regula y fortalece el tratamiento penitenciario, donde por el cual el INPE ha instaurado alrededor de 234 talleres productivos para que los internos puedan reinsertarse laboral y socialmente a nivel nacional, donde a raíz de la maquinaria, equipo e implementos se ha podido tecnificar la mano de obra de los internos —previa capacitación— desarrollando una productividad propia, y conllevando a que sea bien vista por los empresarios externos.

Sin embargo, también es necesario acentuar que se tiene que evaluar la demanda y la población penal por cada penal ya que no existe una sola clase de interno sino una gama y variedad. Por ejemplo, en el E.P. de Jauja, casi la mayor cantidad de sus internas sufren de problemas mentales por lo que la implementación en este penal de talleres productivos no es lo más prudente salvo exista un seguimiento riguroso y cercano a las internas, toda vez que éstas utilizan el más mínimo e inofensivo instrumento para dañar a otra interna por las enfermedades mentales que padecen, en ese sentido, la Administración Penitenciaria tiene que velar de que con la instalación e implementación de un taller productivo salga ganando el interno, y no que termine perjudicando ni mucho menos dañando a otro interno(a) o servidor penitenciario.

II.1. ESTRUCTURA LABORAL CARCELARIA

A nivel de los talleres productivos, el Instituto Nacional Penitenciario cuenta con la siguiente clasificación[3]:

1. Actividades de talleres, que impulsan la fabricación, elaboración, confección y/o producción de bienes en talleres que tienen que estar debidamente implementados, como:

    • Carpintería en madera
    • Trabajo de cuero
    • Confección, costura y sastrería.
    • Telares, otro

2. Actividades mediante convenios, realizados con empresas públicas y privadas como:

  • Tejido a máquina
  • Zapatería
  • Otros

3. Actividades artesanales o manuales, que realizan productos manuales con o sin uso de maquinas domesticas o artesanales en ambientes adecuados para tal fin, como lo son:

  • Manualidades
  • Bisutería
  • Juguetería
  • Tejidos manuales
  • Bordados, otros

4. Actividades comerciales o de servicios, prestados a fin de satisfacer alguna necesidad como:

  • Economato
  • Cocina
  • Economato apoyo

En paralelo, en una mirada nacional respecto a los distintos talleres que existen al interior de los recintos carcelarios tenemos:

Carpintería, computación, confección textil, confitería, cuero y calzados, electricidad, electrónica, tejidos artesanales, manualidades, construcciones metálicas, zapatería, tallado de piedra, tallado en madera, artesanía en acero, soldadura, estructura metálica, repostería, entre otros.

III. CONSIDERACIONES FINALES

En relación con las contemplaciones esbozadas, sostenemos que tanto los programas de educación y trabajo penitenciario son de vital importancia para la reinserción social y laboral del privado o privada de libertad a su salida del establecimiento penitenciario.

En primer lugar, con referencia a la educación penitenciaria, es necesario acentuar que la educación es imprescindible como necesidad social para poder socializarnos. Como lo sostuvo Durkheim, la educación cumple la función de integrar a los miembros de una sociedad por medio de pautas de comportamientos comunes, a la que el individuo no podrá acceder de forma espontánea.

En ese orden de ideas, es que este servicio tiene que estar al alcance del privado o privada de libertad de una forma bien implementada y metodológica, ya que al final los resultados que ofrece y conlleve la educación penitenciaria, se pueden traducir en oportunidades u ocasiones, que más allá de las habilidades lectoras, de escritura o de matemática básica que se adquiera, lo sustancial e importante de este programa es que permite enriquecer al interno e interna y, de esta forma, convertir su encierro en aprendizaje, así como una posibilidad o alternativa para cambiar sus vidas, libres del estigmas, discriminaciones y marginaciones.

Y, en segundo lugar, respecto al trabajo penitenciario, es necesario recalcar que este tipo de programas trabaja mediante alianzas con empresas pequeñas y microempresas, donde se ha podido tecnificar la mano de obra del interno, permitiéndoles mostrar su arte a través de los programas como cárceles productivas, lo cual ha hecho que en la práctica, 9 de cada 10 internos tengan un trabajo productivo como oficio, dejando a la Administración Penitenciaria tener que impulsar la perfección del mismo ya que una de las directrices de este programa es que el ganador sea el interno —de igual forma el INPE y el empresa que apuesta por la institución— para que se pueda reinsertar social y laboralmente a su egreso del penal.

En esa línea es necesario reajustar y hacer un seguimiento en cada región ya que la metodología es distinta, toda vez que el interno o interna no es igual en la costa, sierra o selva. Por ejemplo; en el norte, se apuesta más por el cuero o zapatería; en la sierra, por las telas o piel de alpaca; mientras que, en la selva, por la madera.

Es por ello, que se tiene que seguir trabajando en que esos oficios adquiridos al interior de los recintos carcelarios se vuelva un tema realmente productivo para que ante el subconsciente colectivo de la comunidad que considera a la cárcel como el último eslabón pase a considerarla como una cárcel productiva. Por consiguiente, y para finalizar este rubro, es inevitable dejar de comentar que los productos finalizados son expuestos en fechas determinadas en ferias de talleres productivos, por lo que si alguno tiene la oportunidad de asistir a una, podrá darse cuenta que se trata de productos con buenos acabados y que vale la pena colaborar —si ves un producto de un interno y tienes la posibilidad de colaborar, hazlo, porque le das esperanza de que su reinserción es bien vista y valorada—.

Finalmente, debemos reconocer que el sistema penitenciario ha de ampliar sus horizontes a otros entornos y realidades en pro de su interno o interna, como una comunidad educativa que ni puede ni debe aislarse de la sociedad y como una comunidad laboralmente productiva generando que su interno salga con un oficio para continuarlo afuera y crear una cadena de producción para los reclusos que permanezcan aún en prisión.


Imagen obtenida de https://cutt.ly/lyZiz5w

[1] Según el informe de la Oficina de Tratamiento Penitenciario realizado en el último trimestre del 2019.

[2] SÁEZ CARRERAS, J. (2010). ¿Existe una educación especifica para las mujeres en prisiones? Algunas reflexiones desde la lógica profesional. En: F. Añaños Bedriñana (COORD.) Las mujeres en prisiones. La educación social en contexto de riesgo y conflicto, págs. 101-122, Barcelona: GEDISA.

[3] Según el informe de la oficina de Tratamiento Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario.

[4] Según estadísticas del INPE, la población penal de los delitos de robo agravado representa el 25,6% y en grado de tentativa, el 5.4% que asciende a una cantidad de cerca de 30 000 internos.

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