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El delito de abandono y crueldad animal: a propósito de los 9 años de vigencia

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Beatriz Franciskovic Ingunza (*)

El 8 de enero de 2016 se promulgó la Ley de Protección y Bienestar Animal – Ley 30407. Esta ley derogó el artículo 450-A del Código Penal, que tipificaba como falta contra las buenas costumbres (inciso 4) los actos de crueldad contra los animales, el maltrato o someterlos a trabajos manifiestamente excesivos. La sanción consistía en la prestación de servicio comunitario de 10 a 30 jornadas.

La segunda disposición complementaria de la citada ley incorporó el apartado A al artículo 206 del Código Penal, tipificando como delito el abandono y los actos de crueldad contra los animales domésticos y silvestres. La sanción establecida es una pena privativa de libertad no mayor de 3 años, con 100 a 180 días multa y con inhabilitación de acuerdo con el inciso 13 del artículo 36. Si como consecuencia de dichos actos el animal muriese, la pena es de no menos de 3 ni más de 5 años, con 150 a 360 días multa y con inhabilitación conforme al inciso 13 del artículo 36.

Desde el año 2016, se considera delito abandonar a un animal, causar actos de crueldad contra los animales y, si como consecuencia del abandono o crueldad el animal muriese, se aplican sanciones más severas.

En nuestro país, se han considerado como delitos los siguientes actos:

  • Arrojar a un can desde un quinto piso de una vivienda.
  • Acuchillar a un can en la vía pública (Corte Superior de Lima, Juzgado de Investigación Preparatoria, 2023, Sentencia 01128-2023).
  • Lanzar una piedra sobre el ojo de un can, causándole una hemorragia interna y días de tratamiento (Corte Superior de Lambayeque, Juzgado Penal Unipersonal Supranacional de Chiclayo y Ferreñafe, 2021, Sentencia 06261-2020).
  • Abusar sexualmente de un can (Corte Superior de Justicia de Lima Norte, Juzgado Penal Unipersonal Transitorio sede Carabayllo, 2023, Sentencia 00045-2023).

 

Qué hacer frente a un acto delictivo:

 

Es importante conocer que el número de denuncias por actos de crueldad contra los animales de compañía ha ido en aumento desde 2016 hasta septiembre de 2023. Según el Sistema de Denuncias Policiales (SIDPOL) de la Policía Nacional del Perú, se han registrado las siguientes cifras:

Año Número de denuncias
2016 105 denuncias
2017           261 denuncias
2018 396 denuncias
2019 626 denuncias
2020 703 denuncias
2021 893 denuncias
2022 955 denuncias
2023 (enero a septiembre) 776 denuncias

 

El aumento de las denuncias se debe, sin duda, a que las personas demuestran un interés creciente en que estos actos sean sancionados y no queden impunes. Por otro lado, tratándose de un delito, tanto la Policía como el Ministerio Público pueden actuar de oficio frente a un hecho de crueldad animal. Un ejemplo de esto es el caso de Rafael, un can que estaba durmiendo en la vía pública cuando un desadaptado le arrojó una piedra. Esperamos que las entidades pertinentes actúen conforme a la ley y que estos delitos también sean perseguidos de oficio.

 


(*) Sobre la autora: Magíster en Derecho Civil. árbitra y conciliadora adscrita a la Cámara de Comercio de Lima, especialista en temas de protección animal. Docente de la Universidad Científica del Sur.


 

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