Escrito por Omar León*
Introducción
En el presente artículo abordaremos un tema referido a una modalidad contractual muy utilizada por el sector privado y, más aún, en etapas complicadas en las que escasean recursos económicos para realizar actividades de inversión o producción. Estamos haciendo referencia del contrato de leasing. A su vez, propondremos esta modalidad contractual como mecanismo eficiente para el suministro de bienes que requiere el Estado, para ser más específico nuestra Fuerza Aérea (que viene realizando tareas de ayuda humanitaria y soporte logístico en la actual crisis de la pandemia).
Nociones Básicas del Contrato Leasing
Al contrato de leasing se le puede definir como un derecho de uso por un determinado plazo pactado en el contrato, teniendo la opción de poderlo adquirir después a un precio menor antes de la suscripción del arrendamiento financiero. No se le debe de confundir con la pérdida del bien o la completa titularidad por parte de la persona que va hacer uso de este, cabe destacar que las personas jurídicas son quienes realizan este tipo de contratos, también conocido como un contrato bancario, al ser la entidad financiera uno de los actores de la relación jurídica.
A manera de ejemplo, para poder explicar de manera más didáctica el contrato de leasing, imaginemos que contamos con enormes porciones de hectáreas de terrenos que abarcan 50 km2 en Ica, que se encuentran habilitados por la fertilidad de su tierra para la agricultura de manera industrial. De hecho, como empresario, mis ingresos anuales son 20 millones de soles por su sembrío y la producción de enlatados. Pero, existe un problema, por temas de la actual coyuntura económica, no contamos con los suficientes ingresos para poder comprar la maquinaria para los envasados. Entonces, como solución para este problema, nos acercamos al banco para que nos financie la adquisición de la maquinaria necesaria, no a manera de préstamo por la cual tendríamos que someternos a una hipoteca; sino, que el verdadero propietario va ser el banco y nos va a entregar el derecho exclusivo de uso de la maquinaria a cambio del pago del monto que el banco ofrezca a manera de arrendamiento.
A groso modo es un arrendamiento. Pero la parte particular y beneficiosa es que vencido el plazo pactado para el arrendamiento, tengo la opción de compra a un precio disminuido por el uso que le he dado. Para denominar este contrato, utilizo la siguiente frase “use ahora, pague después”. Se ha popularizado el uso de este tipo de contrato en razón de la facilidad antes expuesta, pues termina siendo muy factible en relación a bienes muebles de fácil deterioro por el uso como es el caso de los carros o las laptops.
Aunque desde mi punto de vista es factible pero no muy recomendable, también se podría aplicar el leasing para el caso de bienes inmuebles, como podría darse el caso de un estudio de abogados que no tiene un local, el cual decide optar por este tipo de contrato y termina comprando el local dentro de 10 años.
Situación actual de la Fuerza Aérea
La Fuerza Aérea ha tenido días gloriosos como institución, pues se ha caracterizado por ser el instituto mejor armado de la región latinoamericana, solo por detrás de Brasil; además, de tener la fuerza helitransportada más grande de América del Sur.
No obstante, los fines siglo XX e inicios del siglo XXI no ha sido la mejor etapa de la Fuerza Aérea, pasando por momentos difíciles al no tener las suficientes partidas presupuestales para poder mantener a varias de sus aeronaves operativas.
Actualmente, el rol de nuestras fuerzas armadas no solo es la protección de la soberanía nacional frente a países vecinos que tengan pretensiones de obtener nuestros recursos naturales que están en nuestro territorio; o la protección de la población frente a los ataques de las bandas terroristas; sino, algo distinto.
Esto se evidenciaría desde el terremoto de Pisco en el que aeronaves de la aviación naval sufrieron desperfectos y no podrían sobrevolar la zona y, en el caso de la fuerza aérea no contaba con las suficientes unidades para prestar cobertura logística.
El rol de nuestras fuerzas armadas al que está más abocado por las necesidades más recientes, es la de brindar cobertura de apoyo y asistencia frente a los daños que puedan causar los desastres naturales, o crisis mundiales como es el caso de la crisis sanitaria del coronavirus.
Proceso actual de adquisición de aeronaves
Tanto para el periodo presidencial de transición anterior como el actual quinquenio, la FAP ha optado por la adquisición de material usado para el reemplazo de aeronaves de procedencia soviética que habían sido adquiridos en los años 70s y 80s. La razón por lo que las Fuerza Aérea viene buscando en el mercado de segunda mano es por la falta de presupuesto.
El Perú ha tenido malas experiencias comprando en el mercado de segunda mano, como es el caso de las aeronaves mig-29 (recientemente puestas en situación de reserva) y los su-25 a Bielorrusia, lo negativo no recae en la antigüedad del equipo; sino, en lo costoso que sería el mantener operativo material que no estaba en óptimas condiciones al momento de realizar la compra y, la poca durabilidad al ser de segunda mano.
Últimamente, se han adquirido aviones de transporte de segunda mano a España, que ha sido una buena compra, pero el material adquirido tendría poco tiempo de vida. A su vez, las necesidades de la FAP frente a la pandemia consisten en la renovación de su flota de aviones de transporte de manera parcial (debido a que se reemplazó parte de la flota por aviones c27j Spartan) y su flota helitransportada, para la realización de acciones de transporte y evacuación médica.
El uso del contrato Leasing como propuesta
Puede sonar controversial realizar la propuesta de un esquema muy utilizado dentro del derecho privado en cuestiones del derecho público, pero, en mi opinión, sí sería viable en relación al prestigio de la economía peruana. Estoy haciendo referencia a la decisión de adquisición de aeronaves modernas mediante la figura de arrendamiento financiero, en el cual las aeronaves serían de propiedad del banco, pero utilizadas por al FAP por el plazo determinado en el contrato con la opción de adquisición de la aeronave.
Bajo esta modalidad se podría cumplir con las necesidades de la población, mediante la utilización de poco presupuesto, hasta la culminación del arriendo y la compra del bien con un valor menor.
Conclusiones
A manera de conclusión, quisiera destacar lo positivo de la inversión del contrato de leasing en los procesos de adquisición de aeronaves para nuestra Fuerza Aérea, en relación a que le permitiría el uso de aeronaves modernas para la respuesta frente a las numerosas necesidades que tiene que atender de la manera más célere, sin poner en peligro al personal de la FAP.
Es una recomendación, más no es la única forma de poder suplir las necesidades que tiene este instituto armado, ya que se podría destinar más presupuesto para la adquisición de aeronaves modernas, pero, a mi manera de entender, el contrato de leasing es una respuesta rentable a largo plazo en el caso nuestro país aún mantuviese a su economía en estado de crisis.
Bibliografía:
Soria Aguilar, A. El contrato de leasing: Algunos apuntes acerca de su actual regulación en el Perú. Derecho & Sociedad. Revistas.pucp.edu.pe. Recuperado de https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:QlJFeAMIiWcJ:https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/download/17372/17656/0+&cd=14&hl=es&ct=clnk&gl=pe
Ministerio de Defensa. (15 de febrero de 2021). Aviones Hércules KC-130H incrementarán capacidades de la Fuerza Aérea. Gob.pe. Recuperado de https://www.gob.pe/institucion/mindef/noticias/342520-aviones-hercules-kc-130h-incrementaran-capacidades-de-la-fuerza-aerea
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