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El comienzo del fin: Dictan impedimento de salida del país y continúa el trámite de acusación constitucional en contra de Pedro Chavarry

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El día 5 de enero insólitos eventos tuvieron lugar en el Ministerio Público. Sucede que el día anterior el fiscal José Domingo Pérez, como parte de la investigación seguida contra Keiko Fujimori, ordenó lacrar la oficina de Juan Manuel Duarte, ex asesor de Pedro Chávarry, para allanarla y verificar la existencia de medios probatorios o indicios que coadyuven al caso que investiga. Sin embargo, el lacrado fue vulnerado por Rosa Venegas, otra ex asesora del entonces Fiscal de la Nación, quien se introdujo en la oficina y sustrajo documentos, en compañía de 3 miembros de la Policía que conformaban la escolta de Pedro Chavarry.

Cabe mencionar que Pedro Chavarry se encontraba en el mismo piso que la oficina lacrada y también que poco después de la consumación del ilícito se reunió con su ex asesora, así como con los miembros del personal de su escolta; cuestión que haría presumir que conocía del hecho y que fue él quien lo ordenó.

Es así que este flagrante suceso ha terminado de mellar cualquier respaldo que aun tuviera el ex Fiscal de la Nación. De hecho, ya se han iniciado acciones tanto a nivel judicial como parlamentario a favor del levantamiento de su inmunidad, investigación de los hechos y presuntos delitos en los que se ha visto envuelto y destitución de su cargo de fiscal supremo.

¿Qué delitos pueden imputarse a Rosa Venegas, Pedro Chavarry y los miembros de su escolta? ¿Qué medidas se han tomado a nivel judicial y parlamentario para favorecer la investigación de este personaje? ¿Qué queda por hacer? IUS 360° resolverá dichas preguntas en la presente nota.

Posibles delitos imputados

Como es manifiesto, las acciones de Rosa Venegas no solo despiertan suspicacias referentes a las razones por las que vulneró el lacrado, sino que también revisten responsabilidad penal. En efecto, el solo hecho de vulnerar un espacio lacrado por un fiscal puede catalogarse como desobediencia a la autoridad. Dicho delito es tipificado, en el artículo 368° del Código Penal, en los siguientes términos:

 “El que desobedece o resiste la orden legalmente impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus atribuciones, salvo que se trate de la propia detención, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años”.

Asimismo, en la medida que sustrajo documentos de una oficina lacrada por un fiscal, cuyo fin era obtener medios de prueba para la investigación penal, es plausible una imputación por los delitos de “atentado contra documentos que sirven de prueba en el proceso” y/o “encubrimiento real”.

El artículo 372° describe de la siguiente forma al atentado contra documentos que sirven de prueba en el proceso:

El que sustrae, oculta, cambia, destruye o inutiliza objetos, registros o documentos destinados a servir de prueba ante la autoridad competente que sustancia un proceso, confiados a la custodia de un funcionario o de otra persona, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años”.

Por su lado, el artículo 405° establece que incurre en encubrimiento real “el que dificulta la acción de la justicia procurando la desaparición de las huellas o prueba del delito u ocultando los efectos del mismo”.

¿Pueden extenderse las imputaciones a Pedro Chavarry?

Sí, existen claros indicios que obligan a investigar la relación de Pedro Chavarry con la sustracción de los documentos de la oficina lacrada y determinar su culpabilidad respecto de los delitos antemencionados. Estos son, por un lado, que los personajes que llevaron a cabo la sustracción están vinculados con él, pues la oficina es de su ex asesor y los perpetradores son nada menos que otra ex asesora suya, así como miembros de su escolta; y, por otro, que el ex Fiscal de la Nación se encontraba en el mismo piso que la referida oficina y, por si fuera poco, se reunió con los perpetradores de la misma instantes después del suceso.

Del mismo modo, la agente de seguridad privada Mary Yantas Galarza ha declarado que al percatarse de la vulneración del lacrado y preguntarle qué estaba haciendo a Hugo Robles Chiong, uno de los miembros de la escolta de Chavarry que contribuyó al hecho ilícito; este respondió que cumplían órdenes superiores dadas por el mismo Chavarry.[1]

Obstrucción a la justicia y organización criminal

Por otro lado, de acuerdo con Avelino Guillen, no solo se debería investigar por encubrimiento real, sino también por los delitos de obstrucción a la justicia y organización criminal; este último por “la probable existencia de una organización delictiva que ha actuado dentro del Ministerio Público”[2].

Los artículos del Código Penal que tipifican tales delitos son los siguientes:

Artículo 409-A.- Obstrucción de la justicia

El que mediante el uso de fuerza física, amenaza, ofrecimiento o concesión de un beneficio indebido, impide u obstaculiza se preste un testimonio o la aportación de pruebas o induce a que se preste un falso testimonio o pruebas falsas, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años. […]

Artículo 317.- Organización Criminal

El que promueva, organice, constituya, o integre una organización criminal de tres o más personas con carácter estable, permanente o por tiempo indefinido, que de manera organizada, concertada o coordinada, se repartan diversas tareas o funciones, destinada a cometer delitos será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días – multa, e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1), 2), 4) y 8). […]

Impedimento de salida

En este contexto la actual Fiscal de la Nación solicitó al Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, a cargo del juez Hugo Núñez Julca, dictar impedimento de salida del país para Pedro Chavarry; quien, el día de hoy, en atención a los concluyentes medios probatorios, concedió el pedido durante nueve meses.

Juicio Político: ¿Es el comienzo del fin?

En otro frente, la Secretaría Técnica de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales recomendó, en los informes de calificación que remitió a la Subcomisión, declarar procedentes las seis denuncias interpuestas contra Chavarry. Los referidos informes serán discutidos por la subcomisión en la sesión del día lunes 14 en la que se decidirá si se las acumula y si se las aprueba.

De ser aprobadas, de acuerdo al artículo 89° del Reglamento del Congreso, se remitirán a la Comisión Permanente para que fije un plazo, no mayor a 15 días, para la investigación. Una vez realizada la investigación, la Comisión Permanente estará habilitada para acusar al aun fiscal supremo ante el Congreso.

En efecto, de acuerdo al artículo 99° de nuestra Constitución “[c]orresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso: […] a los fiscales supremos […] por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas”.

Finalmente, el artículo 100° establece de forma posterior a la acusación formulada por la Comisión Permanente el pleno del Congreso podrá suspender, inhabilitar o destituir al acusado de su función pública, sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad. Concluye el referido artículo sentenciando que “en caso de resolución acusatoria de contenido penal, el Fiscal de la Nación formula denuncia ante la Corte Suprema en el plazo de cinco días. El Vocal Supremo Penal abre la instrucción correspondiente”.

Por lo tanto, todo parece indicar que este último suceso en la oficina de Juan Manuel Duarte ha traído consigo el inicio del final para, el aun fiscal supremo, Pedro Chavarry, pues en virtud de una orden judicial está impedido de salir del país y el Congreso, bajo presión ciudadana y política, no tiene más remedio que tramitar las fundadas denuncias constitucionales que se interpusieron en su contra; procedimiento que puede terminar en la destitución del funcionario público y en la apertura de un proceso penal en su contra.


*Imagen obtenida de https://goo.gl/r9zPFk

[1] https://larepublica.pe/politica/1391998-cumplimos-ordenes-superiores-fiscal-chavarry

[2] https://elcomercio.pe/politica/pedro-chavarry-delitos-habria-cometido-ex-fiscal-nacion-noticia-596122

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