Escrito por Gustavo Zambrano (*)
En el mundo empresarial actual, la rentabilidad ya no es el único indicador de éxito. Las empresas están siendo evaluadas no solo por sus resultados financieros, sino también por su impacto ambiental, social y de gobernanza (ESG). Este cambio refleja una tendencia global altamente posicionada hacia una mayor responsabilidad corporativa hacia la sostenibilidad. Esta tendencia se ve actualmente claramente alimentada por la creciente conciencia sobre los derechos humanos y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas en el rol empresarial. El ejercicio es comprender la convergencia de esta conversación en la línea de lo que las empresas necesitan.
Por un lado, los estándares ESG proporcionan un marco integral para evaluar y gestionar los riesgos y oportunidades relacionados con el medio ambiente, la sociedad y la gobernanza. Estos estándares ayudan a las empresas a identificar riesgos que pueden afectar negativamente a sus operaciones, aprovechar oportunidades para innovar y diferenciarse en el mercado, y mejorar la transparencia y la rendición de cuentas, construyendo confianza con los stakeholders y una marca sólida desde lo reputacional.
Los derechos humanos, por su parte, son un componente esencial de los estándares ESG. Las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos en todas sus operaciones y cadenas de suministro. Los Principios Rectores de las Naciones Unidas ya vienen estableciendo de qué manera las empresas deben actuar en pos de ese respeto. Esto implica prevenir riesgos en el ejercicio de los derechos de los terceros con los que se relacionan sus cadenas de valor y suministro. Por ejemplo, evitar abusos como el trabajo infantil, la explotación laboral y la discriminación, así como promover condiciones laborales justas y seguras, y fomentar la igualdad y la inclusión en el lugar de trabajo. Muchas empresas quizás ya vienen cumpliendo con respetar los derechos humanos de sus grupos de interés, pero no lo han evidenciado así (aún).
Los ODS establecen un marco global para abordar los desafíos más apremiantes del mundo, desde la pobreza y el hambre hasta la educación y el cambio climático. Las empresas desempeñan un papel crucial en la consecución de estos objetivos. Es indudable el rol empresarial en el desarrollo. Alinearse con los ODS, no solo es una cuestión de responsabilidad corporativa, sino también de estrategia empresarial a largo plazo. Por ejemplo, el ODS 8 promueve empleos dignos y el crecimiento económico inclusivo, el ODS 12 impulsa la adopción de prácticas sostenibles que reduzcan el impacto ambiental, y el ODS 13 insta a implementar medidas para combatir el cambio climático. Reconocer ese impacto que tienen las empresas, considerando e incorporando el valor de los ODS en lo que hacen, complementa esa mirada más completa de desarrollo y acción empresarial.
En los Estados Unidos y la Unión Europea, la presión para que las empresas adopten prácticas sostenibles y responsables está aumentando. Políticas y regulaciones más estrictas están obligando a las empresas a integrar los estándares ESG y los derechos humanos en su modelo de negocio. En la UE, la Directiva de Información No Financiera (NFRD) y su próxima actualización, la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD), requieren que las empresas divulguen información detallada sobre sus impactos ESG. En los EEUU, la Comisión de Bolsa y Valores (SEC) está desarrollando requisitos de divulgación ESG más estrictos, reflejando la demanda de los inversores por mayor transparencia en estos temas.
En este contexto de creciente responsabilidad corporativa, la Unión Europea ha dado un paso significativo con la reciente aprobación de la Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad Corporativa y Derechos Humanos, que entrará en vigor en 2027. Esta directiva exigirá a las empresas de cierto tamaño evaluar y abordar los impactos negativos de sus operaciones y cadenas de suministro en los derechos humanos y el medio ambiente. Las empresas deberán identificar, prevenir, mitigar y dar cuenta de los riesgos y daños, asegurando que sus actividades no contribuyan a violaciones de derechos humanos ni a la degradación ambiental. La implementación de esta directiva representará un cambio profundo en la forma en que las empresas operan en Europa, subrayando la importancia de contar con expertos que puedan guiar a las organizaciones en la adaptación a estos nuevos requisitos y asegurar que cumplan con los estándares más exigentes de sostenibilidad y responsabilidad social.
Para navegar este complejo panorama, las empresas deben contar con una mirada que cruce la ética, la sostenibilidad y los derechos humanos. Se requiere un trabajo cada vez más técnico para alcanzar la integración de los estándares ESG y los derechos humanos en las políticas y prácticas empresariales, así como desarrollar estrategias sostenibles alineadas con los ODS, garantizar el cumplimiento normativo y mitigar riesgos relacionados con la sostenibilidad y la ética.
La integración de los estándares ESG, los derechos humanos y los ODS no es solo una tendencia pasajera, sino una transformación necesaria para el futuro de las empresas. Aquellas que lideren este cambio no solo mejorarán su reputación y rendimiento financiero, sino que también contribuirán significativamente a un mundo más justo y sostenible. Las oficinas de ética, sostenibilidad y recursos humanos deben tomar un rol proactivo en este proceso, asegurándose de que sus empresas no solo sean rentables, sino también responsables. El objetivo es que el lugar de trabajo no retenga talentos, sino que los talentos no se quieran ir.
Es hora de que las empresas actúen. Trabajar en pos de la sostenibilidad y los derechos humanos no es un gasto, sino una inversión en el futuro. La rentabilidad y la responsabilidad no son mutuamente excluyentes; de hecho, están cada vez más interconectadas. Adaptarse a estas tendencias globales y cumplir con las expectativas de los stakeholders es esencial para el éxito sostenible y la longevidad de cualquier empresa en el siglo XXI.
(*) Sobre el autor: Profesor TPA Auxiliar Ordinario de la Pontificia Universidad Católica del Perú PUCP y especialista en derechos humanos y derecho ambiental, en particular en temas de pueblos indígenas vinculados a la gestión territorial, el manejo forestal, el cambio climático, la gestión de reservas para pueblos indígenas en situación de aislamiento, y consulta previa.