Escrito por Piero Alexis Malca Vilchez
El día de ayer se llevó a cabo en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera el debate de diez proyectos de ley en relación a la aprobación administrativa previa de fusiones y adquisiciones (LFC) en el mercado peruano. Múltiples son los argumentos esgrimidos alrededor de este tópico, tanto a favor, como en contra. En ese sentido, la siguiente nota desarrollará las diversas posiciones existentes y si es que alguna de ellas ha sido recogida por nuestros legisladores.
Empecemos por la argumentación favorable.
Ivo Gagliuffi, presidente del Indecopi, en una entrevista para un diario local[1]se manifestó a favor de la promulgación de una LFC, siempre y cuando adopte ciertos matices. En primer lugar, no todas las fusiones y adquisiciones deben estar sujetas a la norma, sino, solo aquellas que superen un alto umbral, es decir, aquellas que puedan adquirir gran participación en el mercado. En esa línea de ideas, afirmó la necesidad de que dicha valla sea establecida vía reglamento por el Ministerio de Economía y Finanzas a través de un cálculo por índice cuantitativo, en otras palabras, por la suma de las ventas totales de las empresas fusionadas. Por el aspecto procedimental, sugiere establecer dos procedimientos: el primero enfocado en los mercados sensibles, y el segundo, en los de bajo impacto. Finalmente, recomendó seccionar las divisiones internas del Indecopi con el fin de especializarlas.
Por otro lado, Alfredo Bullard, Alejando Falla y Nicole Roldán[2]consideran innecesaria una LFC en el Perú. Los principales motivos son detallados a continuación:
- No existe evidencia de que los controles de fusiones y adquisiciones mantengan la competencia en los mercados. En cambio, lo comprobado son los altos costos incurridos por las empresas para afrontar dichos controles.
- El análisis de control es limitado y complejo, debido a que emplea información histórica para predecir variables futuras.
- La presión política en países con institucionalidad débil muy probablementedistorsionaría el análisis.
- En Estados Unidos ni en la Unión Europea existe un consenso sobre la eficacia y eficiencia de la aplicación de este instrumento de control, a pesar de su larga experiencia en el rubro.
Ahora bien, como mencionamos, fueron diez los proyectos de ley discutidos. De ellos el proyecto presentado por Frente Amplio es el más completo, debido a que en la exposición de motivos[3]recopila data relevante para el debate propuesto por Bullard, Falla y Roldán. Asimismo, explica por qué no concuerda con la sugerencia de Gagliuffi sobre la regulación del umbral, en razón al cálculo de 10 000 UIT o más por ventas tipificado en la ley, y no a través de un reglamento. Seguidamente, proponen las multas y sanciones por incumplimiento de la normativa.
En conclusión, de momento no se advierte el fin del debate. En efecto, regular este tipo de situaciones pude resultar un tanto complicado, debido a la necesidad de contar con especialistas económicos y financieros que colaboren en la producción de la norma. Los operadores jurídicos, economistas y financistas se necesitan mutuamente si es que desean ayudar o, en su defecto, no perjudicar al consumidor.
Estos han sido los proyectos de ley consultados
- Proyecto de Ley Nº 2398/2017-CR“Ley antimonopolio y antioligopolio empresarial”, por Luciana León.
- Proyecto de Ley Nº 353/2016-CR “Ley de control previo de fusiones, adquisiciones o concentraciones empresariales para cautelar la libre competencia y el bienestar de los consumidores”, por Yohny Lescano.
- Proyecto de Ley Nº 367/2016-CR ““Ley de promoción de la libre competencia y la eficiencia en los mercados para la protección de los consumidores”, por el Frente Amplio
- Proyecto de Ley Nº 2431/2017-CR“Ley que regula el abuso de posiciones dominantes o monopólicas del mercado”, por Marisol Espinoza Cruz
- Proyecto de Ley Nº 2558/2017-CR “Ley de evaluación previa de los actos de concentración económica”, por Fuerza Popular
- Proyecto de Ley Nº 2567/2017-CR“Ley que establece la autorización previa por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, Indecopi, tratándose de concentraciones de tipo vertical y horizontal que se produzcan en las actividades de salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura”, por Mario Mantilla
- Proyecto de Ley Nº 2604/2017-CR“Ley que regula las fusiones y adquisiciones empresariales para promover la competencia”, por Jorge del Castillo
- Proyecto de Ley Nº 2634/2017-CR “Ley de control de estructuras para las operaciones de concentración económica”, por Úrsula Letona
- Proyecto de Ley Nº 2654/2017-CR “Ley que regula el procedimiento de autorización previa y posterior de actos de concentración económica y garantiza la libre competencia”, por Alianza Para el Progreso.
- Proyecto de Ley Nº 2660/2017-CR“Ley de prevención de concentraciones empresariales para el fortalecimiento de la libre competencia y defensa del interés del consumidor”, por Gilmer Trujillo.
Imagen obtenida de: https://bit.ly/2Ny1276
[1]https://gestion.pe/economia/monopolio-concentracion-control-previo-fusiones-debate-230357
[2]https://lampadia.com/assets/uploads_documentos/c8bc8-control_de_fusiones_214962_alfredo-bullard.pdf
[3]http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/2016_2021/Proyectos_de_Ley_y_de_Resoluciones_Legislativas/PL0036720161011..pdf