Escrito por Paul Villegas Vega (*)
La aportación del derecho administrativo [1] a los sectores de agua y energía resulta vital para comprender los fenómenos que terminan siendo transversales a los mismo y aquellos que resultan propios de cada uno. La intervención del Estado ha permitido que podamos disponer de recursos indispensables para las actividades que diariamente desarrollamos y es dicha implementación de regulación, que el derecho administrativo realiza su principal aporte.
La afirmación previa no es novedad, su análisis, revisión o estudio se ha realizado por diversos autores [2] y se reconoce que el Estado promueve la intervención de particulares para la consecución de objetivos de interés general pero no por ello deja de realizar las actividades propias de un Estado Garante (Regulador).
Una primera mirada nos llevaría a resaltar el marco regulatorio propio de los servicios públicos de saneamiento (atendiendo a la nomenclatura propia del ordenamiento jurídico peruano que abarca tanto a la prestación de agua potable como a la recogida de las aguas residuales) y energía (electricidad y gas natural). Y, aunque, en sí mismos, cada marco regulatorio tiene sus propios retos, colocar la mirada en ellos en conjunto resulta algo más habitual de lo esperado desde las propias industrias vinculadas al agua y energía, como de aquellas actividades que supongan entre otros retos, también conocer y aplicar los anotados marcos regulatorios en el desarrollo de distintos proyectos.
Alguno de los lugares comunes en que uno podría habitualmente encontrar regulación vinculada a ambos es la generación hidroeléctrica (aunque con distintos escenarios, al movilizar una turbina por el paso del agua), la generación termoeléctrica (al aprovechar el agua para reducir la temperatura de la infraestructura en constante uso), la generación eólica en el mar (que no ha sido la primera infraestructura en desarrollar actividades fuera o más allá de la costa), o el aprovechamiento de un motor para impulsar el recorrido del agua a lagunas zonas donde no basta la presión impresa (diseñada) por la infraestructura utilizada.
No obstante, el contexto actual no permite realizar un análisis que solo se base en la técnica propia de cada industria o de su conjunto, pues se espera que la regulación permita cumplir con los retos que imprime la idea de desarrollo sostenible. Perspectiva, esta última, que considera variables sociales, ambientales y económicas, desde la que se espera que retos como la disminución de la contaminación de los recursos hídricos, la incorporación en una economía circular de las industrias de energía, así como el acceso universal de energía y agua para la población puedan materializarse.
Y, a la búsqueda del cumplimiento de aquellos retos (que no serán los únicos), se suman las innovaciones tecnológicas y nuevos escenarios que deben ser resueltos desde la regulación. Aquí encontramos al hidrógeno verde (aunque siempre observado des una primar de regulación energética, no debe pasarse por alto sus requerimientos de agua), la implantación de plantas solares en los embalses o pantanos, la disminución (no coyuntural) sistemática de los recursos hídricos (y su impacto en la generación hidroeléctrica), la producción domiciliaria de electricidad (prosumers), entre otros [3].
La mirada del derecho administrativo no debe ser ajena a estas situaciones, por ello desde el ámbito público, privado y desde la academia se deben brindar aportes para la creación o mejora de los instrumentos regulatorios.
Paul Villegas Vega
Lima, 11 de enero de 2023.
(*) Sobre el autor: Profesor Ordinario de Derecho Administrativo de la Pontificia Universidad Católica del Perú PUCP e Investigador en el Grupo de Investigación en Derecho Administrativo GIDA de la misma casa de estudios. Miembro de la Asociación Peruana de Derecho Administrativo APDA y de la Asociación Iberoamericana de Estudios de Regulación ASIER.
Referencias:
[1] La presente comunicación ha sido realizada en el marco del proyecto de investigación «Aportes de la transición energética en favor del derecho humano al acceso a la energía», financiado por el Vicerrectorado de Investigación de la Pontificia Universidad Católica del Perú PUCP. [2] A manera de ejemplo, véase la literatura desarrollada por Esteve Pardo, Arana García, Danós Ordóñez o Zegarra Valdivia. [3] A manera de ejemplo, véase la literatura de Molina Giménez, Navarro Caballero, Rojas Calderón, del Guayo Castiella, Moreno Castillo.