Escrito por Eva Valverde, comisionada de Ius360º
En principio, “Harry Potter” es una saga juvenil escrita por J.K Rowling, que narra la historia de Harry Potter (el protagonista). Durante los 7 libros y 8 películas, se muestra como él junto con sus amigos, Ron Weasley y Hermione Granger, luchan contra Lord Voldemort (un mago tenebroso). Esta historia se enmarca en el colegio Hogwarts de Magia y Hechicería al cual solo pueden asistir personas mágicas. Como es de esperarse, en el intento de Voldemort por conquistar el poder y volverse el mago más poderoso se cometen una serie de acontecimientos que para nuestro Código Penal constituyen delitos. En este artículo se identificaran, a partir de fragmentos de esta saga, algunos delitos tipificados en el Código Penal peruano como el homicidio, el secuestro, entre otros. Así, con una mirada de muggle (expresión usada para referirse a una persona no mágica) se realizará esta nota.
En primer lugar, en el cuarto libro, Harry Potter y el cáliz de fuego, se configura el delito de parricidio agravado por parte de Bartemius Crouch junior “Barty” (sujeto activo) hacia su padre Bartemius Crouch (sujeto pasivo). Barty era mortífago; es decir, seguidor de Voldemort y, por tanto, acataba sus órdenes. Se configura el art. 107 con la agravante del art.108 inciso 2) “Para facilitar u ocultar otro delito”. Barty Crouch mata a su ascendiente con el propósito de ocultar que aquel le había ayudado a escapar de prisión y para facilitar el intento de matar a Harry. Así, asesinó conscientemente a su padre con el fin de impedir que este último confesara ante Albus Dumbledore (director de Hogwarts y el mago más poderoso capaz de hacerle frente a Voldemort) que había ayudado a escapar a su hijo Barty de Askaban (la prisión de los brujos). Ello porque esta información perjudicaba los planes de Voldemort de recuperar su poder y así matar a Harry Potter.
En segundo lugar, durante la saga se menciona que Voldemort (sujeto activo) mata a los padres de Harry Potter, Lily Evans y James Potter (sujetos pasivos). Ello con el propósito de, luego, matar a Harry, lo cual se ve frustrado por cuestiones mágicas. En consecuencia, respecto de los padres de Harry, de acuerdo a nuestro Código Penal, se cometió homicidio calificado. El art. 108 inciso 2 señala que “el que mata a otro 2. Para facilitar u ocultar otro delito”. En este caso, fue para facilitar el intento de homicidio hacia Harry cuando este era un bebé.
En tercer lugar, en el libro séptimo, Harry Potter y las Reliquias de la Muerte, se configura el delito de homicidio calificado por la condición de la víctima por parte de Voldemort (aunque no se señala que lo realizó directamente, se entiende que fue por sus órdenes) hacia el Ministro de Magia, Rufus Scrimgeour (sujeto pasivo). Este delito está descrito en el art. 108-A Código Penal y expresa que “el que mata a uno de los altos funcionarios (…), en el ejercicio de sus funciones o como consecuencia de ellas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 25 años ni mayor de 35 años”. En este caso, Scrimgeour es asesinado por el cargo que ocupaba, ya que así Voldemort pudo obtener el control del Ministerio al colocar a Pius Thicknesse como sucesor en el cargo y controlar a este sujeto por medio de la maldición Imperius.
En cuarto lugar, en el cuarto libro, Harry Potter y el cáliz de fuego, se configura el delito de secuestro agravado por parte de Barty Crouch (sujeto activo) hacia Alastor Moody “Ojoloco” (sujeto pasivo). De acuerdo al art. 152, “el que, sin derecho, motivo ni facultad justificada, priva a otro de su libertad personal, cualquiera sea el móvil, el propósito, la modalidad o circunstancia o tiempo que el agraviado sufra la privación o restricción de su libertad. La pena no será menor de treinta años cuando: 9) Se comete para obtener tejidos somáticos del agraviado”. En este caso, Barty priva de su libertad a Moody con el fin de obtener constantemente su cabello para la poción Multijugos. Esta poción le permitía transformarse físicamente en Moody. De esa manera, pudo filtrarse en Hogwarts, ya que Moody dictaba clases allí, sin que nadie sospechara sobre su verdadera identidad. Así, desde adentro del colegio podía ejecutar los planes de Voldemort.
En quinto lugar, en el libro séptimo, Harry Potter y las Reliquias de la Muerte, ocurre otro delito de secuestro agravado por parte de los mortífagos, la familia Malfoy y Bellatrix Lestrange (sujetos activos) hacia Luna Lovegood (sujeto pasivo). Este caso encaja dentro del art. 152 inciso 6 “El agraviado es pariente, dentro del tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad con las personas referidas en los incisos 3, 4 y 5 precedentes”. De esta manera, la referencia sería el inciso 5 “el agraviado es secuestrado por sus actividades en el sector privado”, ya que el padre de Luna, Xenophilius Lovegood, era editor del periódico “El Quibbler”. Este periódico era de los pocos que no se encontraba bajo el control de Voldemort y, por tanto, publicaba noticias que no le favorecían. En consecuencia, la única forma de silenciarlo fue secuestrando a su hija.
Por último, en el quinto libro, Harry Potter y la Orden del Fénix, se genera el delito de organización criminal por parte de los mortífagos y su líder Lord Voldemort. Según el art. 317 del Código Penal, “el que promueva, organice, constituya o integre una organización criminal de tres o más personas con carácter estable, permanente o por tiempo indefinido, que de manera organizada, concertada o coordinada, se repartan diversas tareas o funciones, destinada a cometer delitos será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años”. En este caso, los mortífagos encajan en este primer párrafo, ya que integran lo que para nosotros sería la organización criminal de Voldemort. Aquella es permanente y coordinada, ya que Voldemort encomendaba tareas específicas a cada uno de sus miembros, y desde que Harry era bebé hasta que se vuelve adolescente esta organización sigue bajo sus instrucciones. En el caso de Voldemort, por ser el líder, su conducta encaja dentro del siguiente párrafo “La pena será no menor de quince ni mayor de veinte años (…) Cuando el agente tuviese la condición de líder, jefe, financista o dirigente de la organización criminal”.
En esta nota solo nos enfocamos en 6 fragmentos de la saga que configuran delitos. No obstante, si se sigue analizando la saga, hay muchos otros sucesos que encajan dentro de lo tipificado en el Código Penal.