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De acuerdo con información brindada por el Ministerio de Educación, el Currículo Nacional tiene siete enfoques, diversos todos ellos. Dentro de estos, encontramos al Enfoque de Igualdad de Género, el cual reconoce la diversidad biológica entre los varones y las mujeres, y su igualdad en derechos, deberes y oportunidades. Desde su proposición hasta su implementación (e incluso después), dicho enfoque ha recibido  tanto elogios, como críticas. De hecho, durante más de un año se han manifestado muchos detractores que critican duramente al enfoque de género, esto porque la gran mayoría tiene una idea equivocada de lo que este implica.

A propósito de la actual posición de Tamar Arimborgo como la nueva presidenta de la Comisión de Educación del Congreso y sus muy cuestionables declaraciones respecto al currículo nacional, en el presente escrito, nos encargaremos de explicar someramente en qué consiste dicho enfoque, así como también mencionaremos las dos sentencias más trascendentes en torno al tema. 

El género: una construcción socio-cultural

Como presupuesto debemos tener muy claro lo que implica el género a diferencia del sexo. A pesar de que por mucho tiempo se les trato como semejantes, hoy en día sabemos que el sexo es la parte biológica del individuo, mientras que el género es la construcción socio-cultural del mismo que puede o no tener que ver con su sexo biológico. En la actualidad, es común que la palabra género se utilice para hacer referencia a las mujeres o cuestiones y situaciones a ellas referidas. No obstante, la palabra también es utilizada constantemente para hacer alusión al edificio social construido entorno a un individuo determinado. 

Durante muchos años, la distinción de género entre varones y mujeres trajo diversas implicancias en la realidad, puesto que al varón se le otorgaban todas las esferas sociales externas o públicas, mientras que a la mujer le eran atribuidas la internas o privadas. Esto conllevaba a que la mujer quedara relegada a ámbitos como el hogar y la familia, sin que pudiera acceder a otro tipo de oportunidades, a las que los varones sí podían. Ese sentido, se generaba una suerte de diferenciación de roles sociales que traía consigo patrones discriminatorios y de exclusión para las mujeres. Evidentemente, los tiempos han cambiado, al igual que la situación de las mujeres en los países al rededor del mundo (en su mayoría). El empoderamiento femenino, y las políticas de igualdad y no discriminación para muchos grupos minoritarios e históricamente discriminados (dentro de los que figuran las mujeres) han venido cambiando la realidad actual. Es en este contexto que surge la propuesta de un enfoque de género los diversos ámbitos sociales (dentro de ellos, el educativo).


El Enfoque de Igualdad de Género peruano 

El Enfoque de Género en el Currículo Nacional, por un lado y a grandes rasgos, es una herramienta educativa otorgada a los docentes para formar personas con valores, tolerantes e inclusivos, para que de esta manera se pueda erradicar cualquier tipo de discriminación por motivos relacionados al género del individuo. En tal sentido, no sólo busca promover la igualdad entre varones y mujeres, sino que también pone énfasis en el respeto a la diversidad y en no reforzar estereotipos sociales entre varones y mujeres. 

Adicionalmente, el enfoque en cuestión promueve, alternamente, una sociedad en la que las mujeres no sean maltratadas ni subordinadas, sino que más bien sean respetadas y tratadas adecuadamente (sin distinciones arbitrarias). En tal sentido, busca otorgar a las mujeres una herramienta con la que poder alcanzar su desarrollo personal óptimo en igualdad de oportunidades y condiciones.

Por otro lado, respecto al tema más sensible y controvertido para la mayoría de peruanos: la Educación Sexual Integral, el currículo incorpora esta herramienta educativa para que los estudiantes tomen conciencia y conocimiento acerca de su sexualidad y el autocuidado de la misma. Todo esto se justifica en un contexto como el actual que se caracteriza por una propensión a enfermedades de transmisión sexual, violaciones, embarazos prematuros o no deseados, etc. En tal sentido, el currículo estaría incluyendo tal herramienta en aras de salvaguardar la integridad de los estudiantes, sobre todo porque se encuentran en un etapa muy joven de sus vidas. 

 

Tamar Arimborgo y sus declaraciones sobre el Enfoque de Igualdad de Género

El martes 13 de agosto del presente año, Fuerza Popular eligió a Tamar Arimborgo como la nueva presidenta de la Comisión de Educación del Congreso. Dicha elección ha traído consigo muchos comentarios por parte de los usuarios en las redes sociales y de los medios de comunicación masiva. 

En reiteradas ocasiones, la congresista Arimborgo ha realizado declaraciones en relación al enfoque de género en el Currículo Nacional, la mayoría de estas han sido muy criticadas. Algunas de estas son las siguientes: i) “pretendo retirar la palabra ‘género’ de nuestros colegios”; ii) “se han ido por la tangente, han intentado desvirtuar el proyecto”; iii) “no creo que un niño tan pequeño tenga inclinación sexual”; iv) “soy maestra de carrera y he tenido la experiencia de compartir con adolescentes que tienen esta confusión, y he tratado de tolerarlos y aconsejarlos”. No obstante, la declaración que despertó más a la opinión pública fue en la que afirmó que el enfoque de género produce “sida y cáncer”.  

Respecto a lo anterior, cabe reflexionar acerca del tipo de declaraciones que ha emitido dicha congresista y la manera en que estas afectan a la imagen y concepción del enfoque de género en el currículo, ya que si bien ha sido duramente criticado previamente, en la actualidad ha logrado ser mucho más aceptado por los peruanos (82% del total aproximadamente) . En tal sentido, es necesario tomar conciencia respecto del cargo que acaba de asumir Arimborgo y qué implicancias puede tener que una persona que se ha encargado de criticar la implementación del enfoque de género (casi siempre sin fundamentos lógicos y concisos) haya tomado la presidencia de una comisión tan relevante como lo es la de educación. Todo lo anterior cobra suma importancia al tomar en consideración que los congresistas y sus partidos correspondientes tienen llegada al público, lo cual podría desatar confusión y podría formar una mala concepción de lo que en realidad implica el Enfoque de Igualdad de Género. 

Las dos importantes sentencias que respaldan el Enfoque de Igualdad de Género

Si bien existen diversas sentencias en las que el Tribunal Constitucional o la Corte Suprema de Justicia han respaldado la igualdad y no discriminación a favor de las mujeres, hay dos recientes sentencias que han marcado un hito importante en torno al tema: i) la sentencia que desarrolla la obligación de las entidades públicas y privadas de aplicar la «perspectiva de igualdad de género» (Exp. N° 01479-2018-PA/TC); y ii)la sentencia de la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema que rechazó en todos sus extremos la demanda del colectivo «Padres en Acción» (Exp. N° 23822-2017-Lima). 

En ambas resoluciones, tanto el Tribunal Constitucional como la Corte Suprema han respaldado la implementación del Enfoque de Igualdad de Género, en aras de promover el respeto, inclusión, tolerancia y tratamiento igualitario de varones y mujeres, así como también el respeto a la diversidad. 

Los magistrados de ambas instituciones, se encargaron de emitir en ambas sentencias los fundamentos por los que consideraban que era necesario implementar una perspectiva de género, dentro de los que se encuentran principalmente las desigualdades culturalmente concebidas que contribuyen a la creación de problemas estructurales, como la violencia contra la mujer.

 


Imagen obtenida de: https://bit.ly/302y16P

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