1. ¿Quién elige a los consejeros?
En esta propuesta se crea una comisión especial conformada por siete integrantes: cinco del Estado y dos de la sociedad civil. Esos cinco del Estado son el presidente del Poder Judicial, el Fiscal de la Nación, el presidente del Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo y el Contralor General de la República. En el formato anterior no había una comisión especial previa y en su lugar se tenían procesos de elección de diversos grupos de la sociedad que culminaban de frente con los integrantes del CNM.
En la nueva fórmula la comisión especial que va a elegir a los consejeros está -integrada por funcionarios públicos en ejercicio, es decir, el presidente del Poder Judicial en ejercicio, el Fiscal de la Nación en ejercicio, el presidente del Tribunal Constitucional, el contralor y el defensor del pueblo. Ahí está el gran problema porque esta comisión tiene que garantizarle la independencia formal y real al CNM de grupos e instituciones. Sin embargo, se está haciendo que funcionarios en ejercicio elijan a los consejeros. Eso para nosotros es el rompimiento de las garantías de la independencia de esta comisión electora. Si va haber una comisión especial de elección, los integrantes no podrían ser funcionarios en ejercicio. Más aún si de cinco de esos funcionarios dos son un juez supremo y un fiscal supremo porque en concreto ellos estarían eligiendo a quien en un futuro sería su evaluador o su investigador. Se rompe doblemente la garantía de independencia.
Otro aspecto es que los otros tres integrantes del Estado de los cinco son elegidos por el Congreso de la República: el magistrado el Tribunal Constitucional, el contralor y el defensor del Pueblo. Esto significa que el Congreso va a dominar la elección en el momento en el que se vaya a elegir a los integrantes de esta comisión especial. Eso es una incertidumbre porque no solo estamos teniendo formalmente la participación del poder político de una forma más directa a través de los electores de los consejeros, sino que abre espacios de riesgos de corrupción y de redes de poder que justamente es lo que hemos estado tratando de prevenir y denunciar. Esta composición en la comisión especial por parte del Estado va en contra de las garantías formales de independencia interna de la misma comisión.
Además, los otros dos integrantes de la comisión, que serían representantes de la sociedad civil, son los rectores: uno de universidades privadas y otro de universidades públicas. Eso es un sinsentido porque la idea de que las universidades formen parte de la comisión era que haya el aporte académico, es decir, de decanos de facultades de derecho o profesores investigadores de materia jurídica o del sistema de justicia. Esto no se va a lograr si es que se tiene en general a la propuesta de rectores de universidades. Se estaría desnaturalizando la idea de que la academia participe. No solo debe participar porque sea academia sino porque se supone que de las facultades de derecho depende la educación legal de los actores del sistema.
Ese es justamente uno de los problemas de todas las elecciones pasadas donde el espíritu de cuerpo de los rectores hacia que quien tenía la presidencia de su colectividad sea el que sea elegido para el CNM. Aquí nuevamente se retrocede y se cae en lo mismo. Entonces, si bien en la comisión especial hay el mismo número de integrantes que hoy se tiene, en la nueva fórmula se ha creado formalmente, ya no solo en los hechos, espacios de riesgo para la independencia de esta elección, lo que es sumamente grave.
2. ¿Quiénes serán los consejeros elegidos?
Ahora va a haber un concurso de méritos objetivos a diferencia de lo que actualmente se hace con votaciones directas de diferentes grupos de la sociedad. Además, sus integrantes solo van a ser abogados, ya no habrá espacio para médicos, ingenieros, filósofos, psicólogos o politólogos, etc. Esa es una gran pérdida del factor diversidad que teníamos. Si bien es cierto que muchos grupos han tenido problemas con sus representantes porque han caído en casos de corrupción, redes de interés o conflictos de intereses, lo cierto es que el problema no fue el modelo sino la falta de control en la selección. Además, en un CNM si todos los integrantes pertenecen a un mismo círculo profesional es mucho más fácil que puedan convenir por debajo de la mesa. Eso es difícil, teóricamente hablando al menos, si hay más de un grupo en esa composición. Eso fue lo que sucedió en parte con la última experiencia del CNM con el Dr. Cárdenas o el Dr. Gonzalo García, etc.
El cuestionamiento está en que solo con abogados se pierde la diversidad que se había logrado en el sistema actual, se pierde de foco y se evidencia que no se ha entendido el problema del sistema de justicia que ha mostrado los CNM audios. Aquí no se trata de un cambio de instituciones, aquí es un cambio de la ausencia de control de las redes de poder que sobrepasan las instituciones y eso no se ha entendido.
Otro de los cambios tiene que ver con el perfil del consejero del CNM. Actualmente no existe un perfil del consejero y según la ley solo se indicaba que iba a tener las mismas responsabilidades y exigencias de un juez supremo. Ahora se está aumentando requisitos formales y uno, creo yo, es el más interesante, a pesar que pudo haberse hecho mucho más. Los requisitos son edad, ejercicio en el cargo de abogado, no estar incompatible en el ejercicio de la ciudadanía, es decir, no estar condenado penalmente y el último es tener una historia reconocida y solvencia moral y ética. ¿Por qué digo que este requisito es interesante? La propuesta original, teniendo en cuenta que los problemas eran los antecedentes de los postulantes a consejeros, únicamente estaba conformada por tres requisitos: garantía de independencia e imparcialidad para el cargo, la trayectoria, pero no reconocida, sino la trayectoria éticamente irreprochable, y que el consejero no esté inmerso en situaciones que decaigan en presuntos conflictos de interés, que es el caso concretamente de Guido Águila, quien desde que postuló se sabía que su actuación iba a ser muy compleja porque él era representante de una escuela académica que cobraba por sus servicios y que no necesariamente se iba a saber que magistrado pasaba por ahí o iban a postular luego a otros cargos. Supuestamente en esos casos el consejero se debía inhibir, pero eso nunca pasó, nunca llegamos a saber bien el alcance de esa relación y nunca tuvo una rendición de cuentas. Entonces esos eran los únicos tres requisitos: trayectoria irreprochable, garantía de independencia e imparcialidad y prevención de conflictos de intereses. De esos tres, Águila solo pasó uno y a medias.
3. Ausencia de justicia con enfoque de género
A pesar de las diversas exigencias de una justicia con perspectiva de género y con presencia de las mujeres, esto segundo de acuerdo a obligaciones internacionales e informes donde se indica que para una justicia no discriminadora es importante que en los altos cargos de justicia estén mujeres. A pesar de eso, a pesar de la marcha de Ni una menos y de tener un poco más de compromiso y empatía con las discriminaciones contra la mujer, no se ha logrado que se concrete la fórmula que exigía paridad o una representación razonable de las mujeres en el CNM.
4. Ausencia de participación ciudadana
Se ha limitado las posibilidades de participación ciudadana en los procesos de elección. En el proceso es muy importante que se tengan principios constitucionalizados como transparencia, publicidad, objetividad, motivación, plazos razonables, etc. Sin embargo, el principio de participación ciudadana no ha sido adoptado. ¿Por qué no es suficiente que ya estén transparencia y publicidad? La transparencia sirve para conocer lo que pasa, las fechas, los plazos, los candidatos, etc. Pero el principio de participación ciudadana implica que con esos datos tú actúas, presentas tachas, sigues audiencias, solicitas informes, solicitas exponer informes, solicitas apelar si es que no hacen caso a esos informes, que es lo que normalmente estaba sucediendo, pero no se ha constitucionalizado. Incluso su desarrollo normativo podría significar espacios paralelos en el CNM en los que la ciudadanía pueda evaluar cómo está avanzando esta institución.
5. No existe una verdadera solución contra la corrupción
Es cuestionable que como balance se tenga esta propuesta. A pesar de haber tenido mucho del contenido de lo propuesto por Vizcarra, no se ha logrado identificar cuál es el problema central, que es la prevención de conflictos de intereses y de redes de intereses. Más aun, teniendo en cuenta lo visto en los CNM audios, se evidencia que esos son problemas de las propias instituciones de justicia. No obstante, la propuesta del dictamen de la comisión de Constitución considera, en mayor proporción, a los mismos integrantes del sistema de justicia para la elección de los consejeros.
En resumen, el dictamen es un franco retroceso. Lo ideal hubiera sido que haya, por ejemplo, una representación cincuenta y cincuenta del Estado y la sociedad civil, que los representantes del Estado no sean funcionarios en ejercicio, que si en todo caso alguien del Estado va a proponer que no sea a través del poder político y si a través de diversas instituciones para hacer menos directa la intervención del Congreso.
Y en la elección de los integrantes de la sociedad civil, así como en el Poder Judicial y el Ministerio Público, lo que se necesita es una muy seria reglamentación del procedimiento y de los supuestos en los que se saca de carrera algún candidato. Esa es la clave y de acuerdo a la crisis de los CNM audios nos indica que ese es el problema, pero a pesar de ello se ha ido por otro lado.
No se ha entendido el problema con claridad y eso hace peligrar los intentos de promover una limpieza del sistema de justicia de todas estas redes de corrupción.
Si bien es cierto que el presidente Vizcarra, junto con el premier Villanueva y el ministro de justicia Zevallos indicaron que esta propuesta era, eso, una propuesta que iba a poder debatirse, complementarse o cambiarse no ha sido así. Entonces, si vamos a tener una reforma, es importante que no tengamos una en la que parezca que no ha habido ningún tipo de aprendizaje.
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