En la actualidad, nuestro país atraviesa un proceso de crecimiento económico sostenido. Durante los últimos años, todos nuestros índices macroeconómicos han mejorado y hemos pasado por un proceso de institucionalización a nivel estatal y económico que nos permite captar una cantidad creciente de inversiones.
Sin embargo, este boom de crecimiento no se trata solo de los beneficios económicos. También se trata de mantenernos alerta a los cambios que conllevan el crecimiento y adaptarnos para el manejo de una economía cada vez más dinámica y cambiante. A esta adaptación no puede mantenerse ajena el Derecho. Y con mayor razón aún el Derecho Mercantil, el cual, en términos amplios, es la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio por los distintos operadores económicos en el mercado.
Así, a la par de nuestro desarrollo económico, el Derecho Mercantil ha tenido que dar respuesta a las nuevas necesidades del comercio y del mercado. Por ejemplo, la necesidad de nuevas fuentes de financiamiento han generado un crecimiento y fortalecimiento del Mercado de Valores como opción de financiamiento a la que cada vez más sociedades acuden. Tal crecimiento del financiamiento a través del Mercado de Valores ha exigido una regulación facilitadora y la reforma de los órganos de control estatales.
Por otro lado, el crecimiento de las empresas y de sus actividades ha traído la necesidad de regular sus operaciones. Tales regulaciones no siempre han sido las más adecuadas y algunas han tenido que irse modificándose. Asimismo, algunas propuestas normativas han sido materia de intenso debate, como por ejemplo, el control de fusiones y concentraciones empresariales. Pero además, la regulación de las sociedades no ha surgido solo de la legislación, sino de sus propios accionistas, escuchándose cada vez más conceptos como el de Buen Gobierno Corporativo, que antes eran desconocidos en el debate nacional.
Es en atención al dinamismo económico y sus consecuencias antes descritas, en esta editorial les presentamos brevemente tres artículos y una mesa redonda que serán especialmente esclarecedoras respecto a varios temas de actualidad del Derecho Mercantil.
Respecto al Mercado de Valores, les recomendamos el artículo de Richard Epstein,Los peligros de la “protección al inversionista” en los mercados de valores, el cual podrán hallar en la edición número 39 de la revista; además del artículo de Juan Luis Hernández y Alfredo Filomeno, Las adquisiciones involuntarias y las ofertas públicas de adquisición, el cual podrán encontrar en nuestra edición número 25.
El artículo de Epstein hace referencia a las controversias relativas al impacto de la regulación en los mercados de valores. De esta forma, Epstein analiza los errores conceptuales más comunes respecto a la regulación, para luego analizar porque el impacto cumulativo de las reformas que pretenden proteger al inversionista ha contribuido a reducir el atractivo de los mercados de valores de Estados Unidos en la escena mundial. Finalmente, Epstein termina con una reflexión: “Debemos tratar la protección del inversionista como un arma de doble filo, y tratar de evitar su mayor crecimiento. De una vez por todas debemos acabar con el mito de que más regulación significa más protección. La gran mayoría de las veces, menos es más.”[1]
Por otro lado, el artículo de Hernández y Filomeno versa sobre las adquisiciones en el Mercado de Valores. En concreto, los autores analizan la regulación de las ofertas públicas de adquisición (OPAs). Para ellos, su regulación presenta una “innecesaria complejidad y una sistemática deficiente que fácilmente pueden conducir a una interpretación incorrecta de los principios y normas que organizan el sistema de OPAs en el Perú”[2]. Los autores analizan el caso especifico de las llamadas adquisiciones involuntarias y señala las principales vacíos e imperfecciones de las normas que las regulan. Concluyen haciendo énfasis, sin perjuicio de otros cambios de fondo que deben efectuarse en el sistema que regula el mercado de control societario en el Perú, en la necesidad imperiosa de modificar la regulación relativa a las OPAs.
Respecto al control de fusiones y concentraciones, les recomendamos la Mesa Redonda de Control de fusiones y concentraciones empresariales en el Perú, la cual pueden hallar en nuestra edición número 44. En ella, IUS ET VERITAS reunió a los 4 mejores especialistas sobre la materia, para, desde el Derecho y la ciencia económica, traer las diversas posturas a debate: Luis Diez Canseco Nuñez, Alejandro Falla Jara, Eduardo Quintana Sánchez y José Távara Martin. De este modo, se debatió sobre los efectos positivos y negativos que genera una operación de concentración empresarial en un mercado competitivo y sobre la necesidad de control estatal. Además, se discute sobre, ante la eventualidad de la aparición de una regulación de control de fusiones y concentraciones empresariales, cuál sería el procedimiento más eficiente de control. Finalmente, se hace referencia a un posible final del debate, pues en palabras de Diez Canseco: “creo que (el debate) ya se acabó. Lo he dicho y lo afirmo. El tratado de libre comercio con la Unión Europea, el tratado de libre comercio con Japón y el tratado de libre comercio con Corea obliga al Perú a tener control de fusiones y concentraciones”[3].
Nuestra última recomendación es el artículo de Klaus Hopt, Gobierno Corporativo: un debate nacional e internacional, en la última edición de nuestra revista, la número 45. En este trabajo, Hopt efectúa un profundo análisis sobre el tema del Gobierno Corporativo, esto es, del modo en que las sociedades mercantiles deben ser gestionadas. Asimismo, se enfoca en esclarecer, desde su perspectiva, los principales puntos controvertidos que se presentan en el debate internacional sobre el asunto. Finalmente, advierte sobre el peligro de una regulación poco reflexionada sobre las sociedades, pues “esto produciría una sobrerregulación y afectaría el desempeño de los mercados”[4].
Terminando esta editorial, solo nos resta invitarlos a adquirir las ediciones en las que podrán encontrar estos artículos, la IUS ET VERITAS 25, 39, 44 y 45, en la que podrán revisar estos y otros temas igualmente interesantes. Asimismo, los invitamos a nuestro “Curso de Capacitación en Derecho Financiero y Mercado de Valores”a realizarse los sábados 15 y 22 de junio, y 06 de julio, donde notables ponentes expondrán sobre los temas más recientes en este campo del derecho. Para mayor información, pueden acceder al siguiente link:
https://www.facebook.com/events/270405856438807/?fref=ts
[1] EPSTEIN, Richard. Los peligros de la “protección al inversionista” en los mercados de valores. En: IUS ET VERITAS. No 39. Lima: IUS ET VERITAS, diciembre 2009; p.223.
[2] HERNÁNDEZ GAZZO, Juan Luis y Alfredo FILOMENO RAMÍREZ. Las adquisiciones involuntarias y las ofertas públicas de adquisición. En: IUSET VERITAS. No. 25. Lima: IUS ET VERITAS, noviembre 2002; p.182.
[3] DIEZ CANSECO NUÑEZ, Luis; FALLA JARA, Alejandro; QUINTANA SÁNCHEZ, Eduardo y TÁVARA MARTIN, José. Mesa redonda. Control de fusiones y concentraciones empresariales en el Perú. En: IUS ET VERITAS. No. 44. Lima: IUS ET VERITAS, agosto 2012, p.437.
[4] HOPT, Klaus J. Gobierno Corporativo: un debate nacional e internacional. En: IUS ET VERITAS. No. 45. Lima: IUS ET VERITAS, diciembre 2012, p.119.
