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El denominado «Pacto de Leticia por la Amazonia»: breves apuntes

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El pasado 6 de setiembre del 2019, reunidos en la localidad de Leticia, ubicada en la frontera de Colombia con Brasil y Perú, los representantes de siete Estados adoptaron un texto que decidieron titular «Pacto de Leticia por la Amazonía» (véase texto integral reproducido al final de esta misma nota). La noticia fue ampliamente divulgada por la prensa internacional. Mucho menos, el contenido preciso del texto adoptado, que intentaremos analizar brevemente en las líneas que siguen.

El contexto de la reunión de Leticia

A la cita concurrieron los Jefes de Estado de cuatro Estados, a saber Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú. Brasil fue representado por su Ministro de Relaciones Exteriores, mientras que asitieron por parte de Surinam su Vice Presidente, y por parte de Guyana, su Ministro de Ambiente.

Es probable que el repudio internacional generalizado a la acción errática de Brasil para contener los incendios y al discurso (incendiario) de su Presidente no sean ajenos a la idea de convocar esta reunión inter-estatal, la cual fue celebrada en el interior de una construcción indígena en Leticia, con presencia de integrantes de comunidades indígenas (que asistieron a la reunión ubicados detrás de las delegaciones oficiales).

Con relación al Estado anfitrión, cabe recordar que la región amazónica representa el 41 % del territorio colombiano, en la que diversas regulaciones nacionales protegen sus recursos naturales.

Esta reunión en Leticia se dio dos semanas después de un profunda crisis diplomática originada en la reacción tardía de Brasil en contener los fuegos en la Amazonía pese al llamado hecho por varios miembros de la comunidad internacional (véase al respecto nuetra breve nota titulada «Crisis diplomática a raíz de los incendios en la Amazonía brasileña: breves apuntes sobre discursos incendiarios«).

Es de notar que a diferencia de otros Estados, los Estados de América Latina se han mantenido extremadamente reservados con relación a valorar la forma en que Brasil ha permitido un avance tan decisivo de las llamas desde finales del mes de julio. Por alguna razón, ni Francia (Estado que colinda en la selva amazónica con Brasil al igual que Suriname y Guyana, a través de su departamento de ultra mar – «La Guyane«), ni Venezuela participaron a esta reunión.

Nótese que Venezuela solicitó formalmente en agosto del 2019 una reunión extraordinaria de los Cancilleres de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA): véase carta oficial reproducida en esta nota de prensa. Esta iniciativa no prosperó por razones que sería interesante dar a conocer, al tratarse de la única organización internacional de cooperación con la que cuentan los Estados amazónicos: posiblemente el hecho que, salvo Bolivia, Guyana y Surinam, los demás Estados amazónicos hayan optado por reconocer al opositor Juan Guaidó como único representante legítimo de Venezuela, guarde alguna relación con el poco éxito de esta iniciativa venezolana.

El denominado «Pacto» de Leticia

El texto adoptado en Leticia enumera varias obligaciones ya existentes para estos Estados en materia de cooperación, que derivan del mismo Tratado de Cooperación Amazónica suscrito en 1978, y de otros instrumentos adoptados en materia ambiental en el marco de Naciones Unidas.

Con relación a los incendios forestales como tal, leemos que los Estados suscriptores decidieron: «3. Crear la Red Amazónica de Cooperación ante desastres naturales entre los Centros de Operaciones de Emergencias para coordinar y articular los sistemas nacionales de prevención y atención de desastres con el objeto de atender de manera efectiva las emergencias de impacto regional, como incendios forestales de gran escala.

4. Intercambiar e implementar experiencias en el manejo integral del fuego, fomentando el desarrollo de políticas, instrumentos y acciones técnicas, basadas en la prevención de incendios forestales, la promoción de alternativas al uso del fuego en el medio rural y el fortalecimiento de capacidades técnicas, científicas e institucionales».

Tratándose de una situación de emergencia como la vivida por los Estados afectados por estos incendios y la falta de capacidad (confirmada) de varios de ellos para erradicar las llamas, estas dos iniciativas propuestas pueden considerarse como un primer (y muy tímido) paso, que deberá consolidarse mucho más en el futuro para lograr consensuar un mecanismo regional efectivo en materia de lucha contra incendios.

Con relación a las poblaciones indígenas, se lee que los Estados declaran «12. Fortalecer las capacidades y la participación de los pueblos indígenas y tribales y de las comunidades locales en el desarrollo sostenible de la Amazonía reconociendo su papel fundamental en la conservación de la región«.

No se tiene claro si este reconocimiento hecho al «papel fundamental en la conservación» de estas comunidades (u otra parte del texto) ha inclinado al Palacio del Itamaraty (Brasil) a no difundir desde su sitio oficial los resultados de la cita en Leticia, como sí lo hicieron los aparatos diplomáticos de Colombia, de Ecuador y de Perú en sus respectivos sitios oficiales.

Un denominado «Pacto» sin pactos

Más allá de lo que puede llevar a un Estado a no difundir oficialmente algunas cosas a las que participan sus máximas autoridades, se recomienda la lectura completa del texto de manera a hacerse una idea sobre su alcance real.

Es de recalcar uno de los considerandos del texto, en el que se afirma que los problemas de la deforestación se deben principalmente al cambio climático. Se lee en efecto que los siete Estados,

«expresando su preocupación frente a la deforestación y degradación forestal que se presenta por diferentes causas en cada uno de los países, teniendo en cuenta sus respectivos marcos regulatorios, incluyendo las causas de deforestación que, según la evidencia necesaria, pudiesen estar asociadas al cambio climático y sus factores estructurales«(sic.);

Se trata de una interesante aseveración que seguramente sorprenda a muchos e interese a científicos y especialistas en materia de deforestación, al evitar (convenientemente) mencionar los principales factores (humanos), responsables directos de la deforestación: la inversión de la relación causa/efecto constituye una maniobra semántica bastante hábil y merece (como mínimo) una mención, aún modesta.

En realidad, más que asumir obligaciones y compromisos, tal como lo supone la misma palabra «Pacto«, el texto se limita a un recordatorio de obligaciones internacionales ya adquiridas en el pasado por estos mismos Estados en materia de cooperación (y pocamente implementadas en el caso de varias de ellas).

Lejos de constituirse en una herramienta eficaz de estos Estados amazónicos ante la crisis actual provocada por incendios desde finales de julio del 2019, pareciera que este «Pacto» intenta ante todo responder a la presión internacional originada por la actitud (algo peculiar) del Jefe de Estado brasileño: a propósito de este último Estado, nótese en los considerandos y en la parte final del denominado «Pacto«, la reiterada referencia al respeto a la soberanía de los Estados amazónicos sobre sus recursos naturales.

También vale la pena señalar, con relación a las poblaciones indígenas, que los siete Estados suscriptores del texto en Leticia han ratificado el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales,más conocido como Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), el cual reza, en su artículo 4 que:

«Artículo 4 1. Deberán adoptarse las medidas especiales que se precisen para salvaguardar las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, las culturas y el medio ambiente de los pueblos interesados. 2. Tales medidas especiales no deberán ser contrarias a los deseos expresados libremente por los pueblos interesados.» (véase texto en español del Convenio 169)

Por alguna razón, ni en los considerandos, ni en la parte dispositiva del «Pacto» de Leticia se encuentra referencia alguna a este instrumento de carácter vinculante adoptado en 1989.

Cabe mencionar que tres días antes de la cita en Leticia, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) expresaron su honda preocupación por la situación de las poblaciones indígenas amazónicas, en particular en el territorio brasileño: véase el comunicado oficial de la CIDH emitido el 3 de setiembre (muy pocamente difundido en medios de prensa internacionales) cuya lectura integral se recomienda.

Ayuda internacional y soberanía, obligaciones internacionales y responsabilidad

Como bien se sabe, el Jefe de Estado brasileño se ha mostrado particularmente sensible sobre el tema de la soberanía de Brasil en la Amazonia, dejando convenientemente por fuera en su discurso las obligaciones internacionales que Brasil ha asumido en materia de protección y de preservación ante la comunidad internacional. Por ejemplo, al revisar cuidadosamente la lista de sitios de Brasil inscritos por la UNESCO, a solicitud de Brasil (véase listado oficial), se puede verificar que más de 6 millones de hectáreas de la Amazonia brasileña aparecen desde el año 2000 bajo la denominación del «Complejo de conservación de la Amazonia Central» (véase ficha técnica), superficie que fue aumentada en el 2003: las declaraciones de sitios como «Patrimonio Común de la Humanidad» y de reservas como «Patrimonio Natural Mundial» conllevan para el Estado solicitante una serie de obligaciones internacionales.

Cabe precisar que, pese a la posición un tanto airada del Presidente de Brasil, la ayuda internacional para combatir el avance de los fuegos no afecta la soberanía de ningún Estado. Bolivia, por ejemplo, ha tenido algunas limitaciones para frenar el avance de los incendios, pese a contratar los servicios de un «supertanker» para este fín (véase nota de la BBC del 23/08/2019): a diferencia de Brasil, Bolivia aceptó por parte de Francia el envío de un destacamente de bomberos galos que llegaron a Santa Cruz pocas horas después de la reunión celebrada en Leticia (véase nota de prensa de RFI). Bélgica de igual manera ha anunciado el envío de material a Bolivia (véase comunicado de prensa oficial del 9/9/2019). Chile, Estado que cuenta con la mayor experiencia en la lucha contra incendios forestales en el hemisferio americano (conjuntamente con Canadá y Estados Unidos) ha puesto a disposición 4 aviones AT802 para ayudar a los Estados afectados (véase nota de prensa de Tele13 del 28/08/2019).

El referirse a cuestiones de soberanía en medio de una emergencia regional debido al fuego no facilita la contención de las llamas. La voracidad de estas últimas (que siguen implacablemente avanzando en varias parte de la Amazonia desde finales de julio del 2019) debió de llevar a estos Estados a encontrar y afinar mecanismos regionales eficientes para canalizar, optimizar y coordinar los (pocos) recursos puestos a su disposición por parte de la comunidad internacional. El hecho que dos Estados amazónicos (Francia y Venezuela) no fueran invitados a participar a esta reunión constituye en sí una primera limitante de este esfuerzo conjunto (y que tal vez se pueda superar en el futuro).

A modo de conclusión

Como se puede observar, la finalidad de esta reunión no pareceria ser la lucha eficiente contra los incendios de la Amazonia, sino responder a la presión internacional mediante una maniobra mediática y diplomática.

De cara a los efectos del cambio climático que ya se hacen sentir (y se harán sentir con mayor fuerza), era necesario buscar la forma de dotar a los Estados en los territorios de los cuales se ubica la Amazonia de un mecanismo regional de respuesta a incendios de manera permanente. La reunión en Leticia debió de ser el primer paso en esta dirección precisa.

La tragedia que se vive en la Amazonia debería a su vez inspirar a otros Estados en otras latitudes en aras de dotarse de mecanismos conjuntos eficaces de lucha contra los incendios forestales, en particular cuando compartan extensos bosques o parques nacionales en sus zonas fronterizas.

 


Imagen obtenida de: https://bit.ly/2kLbADt

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