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Entrevista a Juan Aguayo Lópezrealizada por Piero Malca


¿Cuál ha sido el impacto del COVID-19 y del Estado de Emergencia en las empresas del mercado peruano? ¿A todas les afecta por igual? ¿Cómo han respondido?

Desde el punto de vista económico, el impacto del Estado de Emergencia y del aislamiento social obligatorio, como consecuencia de la pandemia del COVID-19, es muy grave. Si bien se trata de medidas que —justificadamente— han puesto la vida de las personas por encima del comercio y el mercado, no es menos cierto que han significado un frenazo a la economía en general, más allá de que existan empresas o giros de negocio que se hayan visto menos afectados que otros.

Sólo para hacernos una idea, el Instituto Peruano de Economía (IPE) prevé una reducción del Producto Bruto Interno (PBI) peruano de 2020 en 7%, en tanto que el Fondo Monetario Internacional (FMI) ha señalado que la contracción sería del 4.5%. Sin embargo, no debe olvidarse que se trata de valoraciones hechas al inicio de la crisis (es más, entiendo que son de inicios de abril), con lo cual, las estimaciones podrían agravarse en los próximos meses, más aún si consideramos que la reactivación económica será por etapas, según lo ha dispuesto el gobierno.

Desde el momento en que se dictaron las medidas, hubo un grupo de negocios que se han mantenido en funcionamiento, como los bancos, farmacias, mercados y supermercados, empresas de servicios básicos y no mucho más. El presidente Vizcarra dijo hace pocos días que esos negocios representaban poco menos del 50% de la economía. Yo creo que en realidad representan poco menos del 30%.

Los sectores más golpeados son claramente (aunque no exclusivamente) el turismo, transporte de pasajeros internacional e interprovincial (sea terrestre o aéreo), actividades que congregan volumen de público (cine, discotecas, tiendas por departamento), restaurantes, peluquerías, etc.

Aunque resulta claro que algunos podrían reactivarse más rápidamente con modificaciones (el restaurante no recibirá comensales, pero podría hacer delivery, la tienda por departamentos no abrirá sus puertas pero podría vender online), otros parece que tomarán más tiempo (cine, discotecas, transporte de pasajeros internacional e interprovincial).

Partiendo de las grandes dificultades existentes, las empresas han notado —si no lo habían hecho antes— que las tecnologías pueden ayudar muchísimo en este especial contexto. Así, todas las empresas de servicios, que han podido, han seguido operando mediante el trabajo por internet desde la casa. Mención aparte merecen las entidades educativas, que han pasado con gran velocidad a la educación a distancia a través de plataformas digitales. Los negocios habilitados para la venta al público han impulsado el e-comerce, y realizan la entrega a domicilio, etc.

Una de las mejores armas para las empresas en esta crisis ha sido el uso de la tecnología.

  1. Respecto a la implementación de tecnologías, ¿ha promovido el Estado alguna política para facilitar su relación con los ciudadanos empleándolas?

La crisis no hubiera sido tan dramática o podría haber sido mejor manejada, si contáramos con un Estado que le hubiera dado prioridad a promover la tecnología.

Y no me refiero, únicamente, a facilitar que el sector privado incorpore las tecnologías en sus procesos productivos o de negocio, regulando su uso adecuadamente (y con los incentivos suficientes) a fin que la mayoría de contrataciones y pagos se realicen de manera remota; sino, impulsando que el Perú sea un auténtico Estado digital.

En relación al COVID-19, Estados como Corea del Sur han logrado muy buenos resultados incorporando en su estrategia el monitoreo de sujetos infectados mediante el uso de la tecnología GPS (sin necesidad del aislamiento social obligatorio), pero ello supone que el Estado debió asegurar previamente que el Internet llegue a todo el territorio, lo que sólo es posible si se le considera como una política pública.

Es importante que entendamos, tanto el sector privado como el público, que estamos en plena cuarta revolución industrial, y tenemos que subirnos en la ola. Estonia es un ejemplo a seguir. En pocos años paso de ser un Estado empobrecido a ser un punto de atracción de empresas digitales, y eso fue por el impulso del Gobierno, quien trazó claramente el objetivo, invirtió en educar a la población e implementó la infraestructura necesaria. Luego, a fin mostrar a sus ciudadanos la importancia de la tecnología, empezó convirtiendo todos los trámites presenciales que pudo, a tramites virtuales, lo que permitió a la población notar y valorar el ahorro de tiempo y dinero que la tecnología les representaba.

Se necesita un Estado con reglas claras, predecibles, que genere confianza en el sector privado y que, por tanto, invite a invertir, sea digitalizando alguna parte del negocio (típicamente, la contratación y el pago) o sea mediante un emprendimiento, una startup.

Es urgente, considerando la situación actual, que el gobierno enfoque sus mayores esfuerzos —de manera coordinada y veloz— en convertir al Perú en un Estado digital, que promueva un entorno amigable para las empresas y negocios digitales.

  1. En el ámbito tributario ¿Cuáles han sido las principales normas emitidas por el gobierno? Desde su punto de vista, ¿estas han funcionado de manera adecuada?

De las normas emitidas específicamente para el periodo del Estado de Emergencia y las consecuencias que de este se derivan, han resaltado dos aspectos: la dispersión normativa y el establecimiento de facilidades solo para ciertas empresas, no para todas.

En cuanto a la dispersión normativa, la SUNAT ha emitido más de diez resoluciones regulando diversos aspectos, tales como prórrogas de vencimientos, nuevas fechas de presentación de declaraciones, entre otros.

Es cierto que varias de ellas se debieron a las renovaciones del Estado de Emergencia, pero otras tantas, parecían revelar las idas y venidas de la propia institución. Así, por ejemplo, al inicio sólo se previeron prórrogas para aquellas empresas que hubieran obtenido, en 2019, ingresos netos máximos por —poco menos— de S/ 10’000,000; sin embargo, al poco tiempo comenzaron a otorgar medidas similares a empresas que hubieran obtenido, en 2019, ingresos netos máximos de S/ 21’000,000.

Estas constantes modificaciones han generado dudas entre los contribuyentes, quienes han estado en permanente estado de preocupación (muchas veces, el mismo día de vencimiento de alguna obligación o deber formal, la SUNAT publicaba una resolución prorrogando la fecha de vencimiento).

Es una situación compleja porque, salvo determinados negocios, la gran mayoría se vio en la obligación de tener a sus trabajadores inmovilizados en sus domicilios, pero la información necesaria para cumplir con las exigencias de la Administración Tributaria estaba en los servidores de la empresa, y al tratarse de información sensible, no necesariamente se había previsto que los contadores o la gerencia de finanzas pudiera acceder a ella de manera remota.

Pero lo más grave es que, sabiendo de la imposibilidad de muchas empresas (por más grandes o pequeñas que fueran) de contar con la información necesaria para determinar el impuesto a la renta de 2019, la SUNAT sólo prorrogó el plazo a ciertas empresas, no obstante que la dificultad (entiéndase, la inamovilidad de los trabajadores) afectó a todas por igual. La medida debió ser dictada para todas las empresas.

Por si fuera poco, existen varios aspectos importantes, no regulados hasta ahora, que indudablemente generarán problemas en el futuro. Por ejemplo, durante el Estado de Emergencia, los plazos para impugnar actos de la Administración Tributaria, o para procedimientos de fiscalización en trámite, se suspendieron, es decir, al concluir dicho estado deberían reanudarse como se dejaron. Sin embargo, conforme al Código Tributario, los intereses se calculan desde la fecha de presentación de la declaración respectiva, hasta la fecha de pago de la deuda tributaria. Entonces, ¿mientras dure el estado de Emergencia también se computarán intereses? Parece un sinsentido, porque ningún contribuyente pudo impugnar en dicho plazo, y la Administración tampoco pudo continuar con la fiscalización, pero no se ha dictado norma alguna señalando que —para todo efecto— se condonarán los intereses que se hubieran generado durante el Estado de Emergencia.

  1. ¿Qué es SODITAL? ¿Cómo esta nueva asociación contribuirá con el desarrollo del país?

 

SODITAL es la Sociedad de Derecho y Empresas Digitales, asociación civil sin fines de lucro —de reciente fundación— que tiene entre sus objetivos principales la promoción de los negocios digitales y sus beneficios para todos los ciudadanos.

Buscamos generar un ecosistema adecuado para el desarrollo de las empresas digitales, evitando regulaciones excesivas, contradictorias o carentes de racionalidad, que pudieran afectar el desarrollo de los negocios digitales, particularmente en estos tiempos de crisis sanitaria.

Con dicho propósito, en SODITAL convergen distintos actores: las empresas y los emprendedores que desarrollan sus modelos de negocio en ámbitos digitales, y los profesionales técnicos y jurídicos que contribuyen con su implementación y sostenimiento. A través de un enfoque multidisciplinario, nuestra asociación aborda los retos que afrontan los negocios digitales, proponiendo soluciones viables que promuevan el trabajo y la actividad económica.

Así, en mayor o menor medida, al día de hoy prácticamente todas las empresas deben moverse en nuevos términos: ofrecen bienes y servicios por medios digitales, permiten la contratación a distancia y el pago mediante plataformas virtuales; o, al menos tienen presencia (publicidad) en redes sociales o cuentan con una página Web.

El mundo ha cambiado, los negocios han cambiado, los vínculos económicos y jurídicos han cambiado: ¿Por qué nuestro Derecho no está adaptado para facilitar la nueva realidad?

SODITAL persigue ser ese foro en el que, desde un punto de vista interdisciplinario, con el apoyo de diversos especialistas, y, por supuesto, de las propias empresas digitales, se pueda hacer un análisis 360 grados del fenómeno, a fin de que contribuyamos con la mejor forma de regularlo (solo cuando sea necesario), considerando no sólo los aspectos tecnológicos, sino su implicancia en las necesidades de las personas y las diversas ramas del Derecho. Funcionará como una Cámara de Comercio Digital.

Creemos firmemente que la diversidad de ópticas jurídicas, en el análisis de las empresas o negocios digitales, resulta imprescindible para tener una imagen completa. En ese sentido, no solo se requieren abogados que sepan de tecnología (pues ellos no pueden ser especialistas en todas las ramas del Derecho). Se requieren también, y necesariamente, abogados especializados en las diversas ramas, que entiendan la incidencia de la tecnología en sus respectivas disciplinas jurídicas.

En el primer año, y como consecuencia de sus labores de investigación, SODITAL tiene planeada la publicación de un manual digital multidisciplinario que se encuentre adaptado a la realidad peruana, la realización de algunos webinars y la interacción constante con la sociedad. Todas las novedades se difundirán en nuestra cuenta en Linkedin y en nuestra Web.


* Juan M. Aguayo López es Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Ganador de la beca Aristóteles, otorgada en reconocimiento a la excelencia académica por la maestría en Derecho Tributario que cursó en la misma casa de estudios. Vicepresidente de SODITAL. Adjunto de docencia en el Curso Derecho Tributario General de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Asociado del Área Tributaria en Salas Rizo Patrón & Margary abogados.

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