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Escrito por Paul Villegas Vega (*)

La tarea de garantizar que los recursos forestales continúen prestando servicios o colaborando al equilibrio de los ecosistemas de los que forman parte corresponde a los Estados, que se preocupan por los efectos positivos en beneficio de su actual población y las generaciones futuras. Aquí el aspecto por el que se inicia esta discusión es el sujeto activo que haga efectiva –materialice– tal garantía, pues bien podrían ser privados (asociaciones de vecinos, empresas, etc.) o, por el contrario, la administración pública (gobierno nacional, gobierno regional —comunidad autónoma, con las diferencias que ello supone— o gobierno local).

La perspectiva de protección que evita –o así lo intenta– el aprovechamiento, deja espacios en el territorio donde el particular deja de participar y, por tanto, no logra intervenir para el cuidado o protección sostenible de los referidos recursos. Si este fuese el caso, se requeriría una —y no menor— actuación de parte de la administración pública para proteger dichos espacios. Esto sitúa la discusión en un segundo punto: con qué financiamiento y de qué manera se realizaría la referida actuación. A continuación, se desarrollan ambas ideas.

En caso se evitara la intervención por explotación sostenible, no se podría exigir a ningún particular algún deber de cuidado en tanto no estarían involucrados en dichos territorios, por lo que las tareas se concentrarían —habitualmente— en las administraciones territoriales que la normativa nacional disponga. Sin olvidar que el llamado a colaborar por parte del gobierno nacional suele estar referido, pero se encuentra delimitado por la decisión de quien obtenga dicha facultad, por lo que su presencia podría variar —y mucho— dependiendo de la perspectiva política que se otorgue a este punto en la agenda de gobierno.

Es el punto segundo en el que se hace alusión al financiamiento. Se presentan dos aspectos sobre los cuales —aquí— se presta especial atención. La disponibilidad de presupuesto para gasto vinculado a la gestión de los recursos forestales, que podría vincularse a una poda adecuada, al desarrollo de plantaciones con fines paisajísticos, a la reducción de riesgos por incendios, entre otros, en no pocas ocasiones se encuentra limitada a determinadas actividades. Así, la dificultad se presenta cuando, aunque exista disponibilidad de presupuesto, este se encuentra vinculado a fines específicos que permiten —habitualmente— intervenir frente a afectaciones donde la actuación de la administración pública suele ser reactiva o mediante actuaciones preventivas con efectos menores o de corto aliento.

En estas circunstancias, el aprovechamiento del presupuesto disponible en no pocas ocasiones limita las decisiones que podría adoptar una administración pública territorial, incorporando medidas apropiadas al territorio específico de su responsabilidad. Se tienen así situaciones de inacción basadas en la incapacidad —y no técnica— de intervenir de la administración pública.

La mejor opción para cumplir con el aporte de mayor impacto al bienestar en favor de la población debería priorizarse cuando se habla de gasto público. Esto resulta coherente con la premisa de que la administración pública actúa conforme al principio de legalidad, pero utilizando el margen de discrecionalidad que se le ha otorgado —competencia— para el cumplimiento de los objetivos de interés general que mantiene bajo su responsabilidad.

En este escenario, la visión de la regulación vinculada a los recursos forestales presenta a la sostenibilidad como elemento esencial, siendo así su aproximación teleológica la explotación de los referidos recursos observando los impactos (positivos y negativos) en la actual población y en las generaciones futuras. Es necesaria la intervención de la administración pública no desde una perspectiva mecánica, sino desarrollando actuaciones basadas en juicios de valor coherentes con la regulación forestal.

Paul Villegas Vega
Barcelona, 15 de abril de 2025.


(*) Sobre el autor: Profesor Ordinario Asociado de Derecho Administrativo de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) e Investigador en el Grupo de Investigación en Derecho Administrativo (GIDA) de la misma casa de estudios. Enlace: https://www.pucp.edu.pe/profesor/paul-villegas-vega

Referencias:

[1] La presente comunicación ha sido realizada en el marco de los proyectos de investigación: La aplicación de técnicas de intervención administrativa para el aseguramiento de la sostenibilidad de los recursos forestales en Perú, financiado por el Vicerrectorado de Investigación de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP); y La regulación de riesgos derivados del cambio climático y las nuevas fórmulas para su justa distribución social, financiado por la Agencia Estatal de Investigación adscrita al Ministerio de Ciencia e Innovación de España.

[2] Sobre las administraciones públicas locales y sus retos actuales se puede revisar Esteve, J. (2021). Inclusividad y resiliencia como objetivos locales de la Agenda 2030 en el horizonte de la recuperación. En La Agenda 2030. Implicaciones y retos para las administraciones locales.

[3] Se puede considerar que esta actuación se encuentre en el marco de decisiones que se puedan adoptar a nivel de gobierno nacional, pero no puede evitarse incorporar en la discusión que en determinados escenarios los apoyos se presentan —o no— dependiendo de la afinidad política que se presentara entre niveles de gobierno.

[4] La argumentación sobre el aprovechamiento eficiente del gasto público se realiza en el siguiente documento: Villegas, P. (2024). El Principio del Valor por Dinero en la regulación de los Contratos de Obra Pública. En El Régimen de Contrataciones con el Estado. Una mirada hacia el futuro de su regulación.

Escrito por

Paul Villegas Vega

Profesor Ordinario Asociado de Derecho Administrativo de la Pontificia Universidad Católica del Perú PUCP e Investigador en el Grupo de Investigación en Derecho Administrativo GIDA de la misma casa de estudios. Enlace: https://www.pucp.edu.pe/profesor/paul-villegas-vega

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