El portal jurídico de
IUS ET VERITAS

El Project Finance de proyectos mineros

Compartir

Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin
Share on whatsapp

Aquella herramienta financiera y legal creada para permitir el financiamiento y posterior desarrollo de un proyecto determinado aislando el riesgo de retorno del financiamiento al flujo de caja que producirá un proyecto determinado, que se conoce como project finance o financiación de proyectos, reviste especiales características cuando el proyecto a ser financiado es un proyecto del sector minero.

La primera, y probablemente la más importante de estas particularidades, reside en que, a diferencia de un financiamiento tradicional que se sustenta en la predictibilidad y perdurabilidad de un flujo de caja continuo en el tiempo, el flujo de caja de un proyecto minero no es ilimitado y está circunscrito a la vida útil del derecho minero o de la concesión minera que conforma el proyecto a ser financiado. Así, es habitual que los plazos de vencimiento para el repago del financiamiento a ser otorgado sean más cortos que los establecidos para aquellos financiamientos otorgados en otros sectores económicos.

Otra característica particular de esta herramienta financiera, cuando se utiliza en el sector minero, es que los off takers del proyecto; es decir los adquirentes del mineral a ser extraído del yacimiento minero correspondiente, se configuran normalmente como los principales financistas del proyecto minero a ser desarrollado. En ese sentido, resulta común que los montos aportados en una financiación de proyectos en el sector minero por los off takers, sobrepasen al financiamiento bancario, al obtenido a través de valores mobiliarios emitidos en el mercado de valores o al financiamiento de la banca de fomento o de desarrollo. En esa línea, es habitual que el promotor de un proyecto minero que sea titular de una concesión o derecho minero con reservas previamente acreditadas, que requiera de financiamiento para completar el capex de su proyecto y así poder, por ejemplo, terminar de construir la planta de procesamiento del mineral extraído, y que no quisiese emitir deuda o acciones, perdiendo, como lógica consecuencia, el control total accionario de su proyecto; no tiene mayor problema en suscribir un contrato de suministro de mineral, conocido también como off take agremeent en la jerga legal anglosajona, en virtud del cual el off taker adelanta el monto a pagar por el mineral a una tasa de descuento – lo que equivaldría al interés a ser cobrado por un financista tradicional- asegurándose de esa manera el financiamiento del proyecto minero respecto del cual se tiene interés como adquirente del mineral a ser extraído, y asegurando un precio de descuento del mineral que comercializará o adquirirá en el futuro una vez que la mina hubiese concluido su construcción e ingrese a etapa de producción.

Adicionalmente, es importante notar que los riesgos implícitos en la financiación de un proyecto minero, cuyo impacto es crucial en cualquier financiación de proyectos, pueden dividirse en dos grandes grupos, siempre partiendo de la base de considerar que la concesión, o derecho minero a ser explotado, cuenta con reservas minerales probadas y certificadas técnicamente lo que posibilita la explotación económica del mismo. A saber estos riesgos son los de desarrollo o construcción de la mina, y los riesgos propios de la explotación del yacimiento en su etapa operativa.

Dentro del primer universo de riesgo tenemos aquellos vinculados a la obtención de permisos y licencia de todo tipo y clase frente a las autoridades administrativas y gubernamentales competentes; y sin lugar a dudas el de la obtención de la denominada “licencia social” y de los permisos superficiales para la explotación del recurso minero; aquellos vinculados con la construcción propiamente dicha de los diversos componentes de la mina, lo que involucra sub riesgos como aquellos vinculados a los riesgos de los subcontratistas y de la supervisión del proceso constructivo; y aquellos riesgos técnicos que podrían implicar riesgos de retraso en el proceso constructivo o el incremento del costo de la construcción previamente determinado (costs overruns).

En el segundo grupo están aquellos riesgos operativos como, por ejemplo, aquellos vinculados con las reservas; con el opex del proyecto. Los vinculados con los ingresos predeterminados del proyecto que tienen que ver con los riesgos de fluctuación del precio del mineral en el mercado y de los volúmenes de explotación que de éste se haga, entre otros.

De esta forma, al momento de analizar la financiación de un proyecto minero no sólo se deberá tener especial cuidado en los riesgos presentes en cualquier financiación de proyectos como aquellos vinculados al riesgo político, financiero, de tasas de cambio, legales y regulatorios en general; sino que se deberá tener extrema cautela en alocar conveniente aquellos riesgos particulares del sector minero a efectos de lograr un financiamiento que distribuya los riesgos eficientemente en los diversos contratos que configuran una financiación de proyectos en la industria minera, así como entre los distintos agentes que intervienen en dicha financiación.

 

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.