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Todo lo que debes saber sobre la prisión preventiva para Cristina Fernández de Kirchner

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1. El dictamen sobre Prisión preventiva

Argentina. El 7 de diciembre el juez del Juzgado Federal 11 de Buenos Aires, Claudio Bonadio, dictó prisión preventiva y solicitó el desafuero de la expresidente de la República Argentina y actual senadora, Cristina Fernández de Kirchner, junto a otros ex-funcionarios de su gobierno, por el delito de traición a la patria. Este delito se le imputa por presuntamente haber pactado con el gobierno de Irán para encubrir el atentado terrorista en la Mutual Judía AMIA a cambio de reestablecer relaciones comerciales[1].

2. ¿En qué consistió el atentado?

El 18 de julio de 1994, alrededor de 300 kilos de explosivos explotaron frente al edificio de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), ubicada en Buenos Aires, dejando un total de 85 personas fallecidas y cerca de tres centenares de heridos. Este hecho fue calificado como el atentado terrorista más terrible de la historia argentina. Los principales sospechosos investigados fueron empleados de la embajada de Irán.

3. ¿Cuál es la relación de Cristina Fernández de Kirchner con el Caso AMIA?

Si bien el atentado acaeció en 1994 y las investigaciones empezaron de inmediato, debido a una serie de irregularidades en la causa, la justicia argentina declaró la nulidad de la misma.  A pesar de ello, la investigación sobre la relación de los empleados de la embajada iraní con el gobierno continuó.

En el marco de esta investigación, en enero de 2013, Fernández de Kirchner y el presidente de Irán firmaron un “Memorando de Entendimiento” que creaba una Comisión de la Verdad. Sin embargo, las víctimas argumentaban que este acuerdo favorecía la impunidad de los autores intelectuales. En ese sentido, el fiscal Alberto Nisman acusó a la expresidente de alcanzar el acuerdo para proteger a los responsables. Misteriosamente, el Fiscal falleció cuatro días después de la acusación. Los fiscales que posteriormente asumieron el caso fueron Gerardo Pollicita y Eduardo Taiano, quienes solicitaron la prisión preventiva[2].

4. Ante la apelación de la decisión del juez Bonadio, ¿cómo se pronunciaron los magistrados de la Cámara Federal, Mario Irurzun y Eduardo Farah?

Los jueces confirmaron la prisión preventiva sosteniendo que existen riesgos procesales por la gravedad de los cargos consumados por una expresidente y su ministro para ayudar a prófugos de un delito de lesa humanidad. Añadieron que “se usó cualquier medio para evitar dejar rastros del delito” y señalaron como sospechoso un incendio en la Casa Rosada que hizo perder un registro de 130 000 visitas. Así también, la muerte del fiscal Nisman después de su denuncia es otro elemento que fue valorado para confirmar la decisión del juez Bonadio.

Por otro lado, descartaron la traición a la patria como delito incurrido por la expresidente, pero quedaron los delitos de abuso de autoridad y encubrimiento agravado. Explicaron que no se aplica el delito de traición a la patria, ya que este se configura únicamente en situación de guerra. Agregaron que aún si se entendiera comprendido el atentado a la AMIA dentro del concepto de “agresión” la respuesta de los poderes políticos argentinos “no fue bélica”. Sin perjuicio de ello, señalaron que la calificación es provisoria durante la instrucción y podrá ser revisada en el juicio oral.[3]

5. ¿Cómo es que está siendo procesada Fernández de Kirchner si es senadora del Parlamento?

Llama la atención que se procese a la señora Kirchner, puesto que es senadora del Parlamento y en función al cargo goza de inmunidad parlamentaria, de conformidad con el artículo 69 y 70 de la Constitución de la Nación Argentina; la misma que también está contenida en el artículo 93 de la Constitución Política del Perú y que impide procesar y detener a un congresista sin la autorización del Congreso o de la Comisión Permanente[4].

En primer lugar, debe señalarse que el proceso inició antes que  la señora Kirchner asuma el cargo el 10 de diciembre. En segundo lugar, según la Ley argentina 25.320, la inmunidad solo se refiere a ser detenido, mas no a ser procesado, pues el juez puede llevar a cabo todo el proceso judicial, aunque sin poder disponer el arresto ni allanar domicilio u oficinas ni interceptar la correspondencia o comunicaciones telefónicas, sin la autorización de la respectiva Cámara. En otras palabras, solo se tiene que solicitar permiso a la Cámara para la detención, allanamiento e intercepción de correspondencia o comunicaciones telefónicas[5].

Es, entonces, por esta particular forma de entender la inmunidad del Derecho argentino que el juez Claudio Bonadio, en el marco de un proceso penal contra Fernández de Kirchner, solo solicitó el desafuero para la ejecución de la prisión preventiva que dictó.

6. Finalmente, ¿cómo es el procedimiento de desafuero en Argentina?

Según la Ley 25.320, la solicitud del juez será girada inmediatamente a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara que corresponda; en este caso, la de senadores. Esta comisión deberá emitir dictamen bajo mayoría simple en un plazo de 60 días. Es importante recalcar que la Cámara deberá tratar la causa dentro de los 180 días de ingresada, aún cuando no exista dictamen de la comisión y; también, que para conseguir el desafuero se requerirán los votos favorables de dos tercios de los legisladores[6].


[1] El País: https://goo.gl/4tt55N

[2] BBC: https://goo.gl/b2c6X9

[3] El Nacional: https://goo.gl/CmrV9r

[4] Constitución Nacional Argentina: https://goo.gl/rrhZDy

[5] El Litoral: https://goo.gl/JhNuoM

[6] Ley 25.320: https://goo.gl/JSRAZX

Imagen obtenida de: https://prod.media.larepublica.pe

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